Sentencia nº 11001-03-28-000-2014-00064-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 3 de Julio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 520761542

Sentencia nº 11001-03-28-000-2014-00064-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 3 de Julio de 2014

Fecha03 Julio 2014
EmisorSECCIÓN QUINTA
MateriaDerecho Constitucional
Tipo de documentoSentencia

PROCESO ELECTORAL - Demanda / DEMANDA ELECTORAL - Requisitos / CORRECCION DE LA DEMANDA - Determinación de los cargos / PROCESO ELECTORAL - Inadmisión de la demanda

Estudiada la demanda se advierte, con apoyo en lo dispuesto en el artículo el artículo 276 del CPACA, en consonancia con el artículo 139, que el escrito presenta la necesidad de corregir los siguientes defectos, así: 1. El demandante solicita que se decrete la nulidad del acto que declaró la elección de los Representantes a la Cámara por Bogotá en lo que atañe a la elección del señor J.C.L.. Así se interpreta cuando pide la declaratoria de nulidad “en especial de la elección del candidato No. 102 del Partido Liberal, señor J.C.L.”. También solicita que se anulen otros actos por medio de los cuales la autoridad administrativa electoral se pronunció respecto de solicitudes que presentó con el propósito de agotar el requisito de procedibilidad: en concreto, que se anulen igualmente las Resoluciones Nos. 015 del 31 de marzo de 2014 y 001, 003 y el auto 006, todos del primero de abril de 2014. En el evento que tengan conexidad con el objeto de la demanda, omitió incluir como actos, respecto de los cuales en el mismo sentido debe solicitar que se invaliden, las “Resoluciones 1 a 13 del 31 de marzo de 2014”, por las cuales la Comisión Distrital resolvió las apelaciones interpuestas ante las Comisiones Escrutadoras Auxiliares. A estos actos administrativos se refiere en la demanda en el hecho décimo tercero y, por lo tanto, constituyen soporte fáctico de la solicitud de nulidad de la elección del demandado, que por presentar directa conexidad con los reproches y ser decisiones administrativas en torno a las irregularidades del escrutinio, deben igualmente hacer parte de la pretensión anulatoria, identificándolas con número, fecha de expedición y autoridad que las expidió, con precisión sobre cuales solicitudes en concreto resuelven y en qué instancia fueron expedidas. 2. La inclusión de otros actos demandados conjuntamente con el declaratorio de la elección (que es el principal) implica la necesidad de ampliar el concepto de la violación con la correspondiente explicación de las razones por las cuales esos actos deben invalidarse. 3. En la demanda, el actor hace referencia a que los días 20, 22 y 27 de marzo de 2014 presentó “una serie de reclamaciones por diferencias injustificadas entre los formularios E-14 y E-24”. Empero, en el expediente no obra prueba de dichos documentos. Por ende, deberá aportar tales escritos, pues a juicio del Despacho, son necesarios a fin de comprobar i) ante qué Comisión se presentó la petición y ii) que en cada caso haya precisado la zona, el puesto y la mesa donde tuvo lugar la presunta...

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