Sentencia nº 54001-23-31-000-2004-00660-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 22 de Marzo de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 52496345

Sentencia nº 54001-23-31-000-2004-00660-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 22 de Marzo de 2007

Fecha22 Marzo 2007
Número de expediente54001-23-31-000-2004-00660-01
EmisorSECCIÓN PRIMERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

Consejero ponente: RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETA

Bogotá, D.C., veintidós (22) de marzo de dos mil siete (2007)

Radicación número: 54001-23-31-000-2004-00660-01

Actor: TRANSPORTES ESPECIALES ARG S.A.

Demandado: DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Referencia: APELACION AUTO INTERLOCUTORIO

Se decide el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la sociedad demandante contra el auto proferido el 28 de febrero de 2005 por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, en cuanto denegó la suspensión provisional de los efectos jurídicos de las Resoluciones números 2068 del 25 de septiembre de 2003 y 0013 del 5 de enero de 2004 y, proferidas, respectivamente, por la División de Liquidación y la División Jurídica de la Administración Local de Aduanas de Cúcuta, mediante las cuales se decomisó una mercancía a favor de la Nación, y se resolvió el recurso de reconsideración interpuesto contra esa decisión, en el sentido de confirmarla, actos administrativos éstos demandados en acción de nulidad y restablecimiento del derecho.I.- La solicitud de suspensión provisional

En escritos separados de la demanda[1] el apoderado de la sociedad demandante solicitó la suspensión provisional de las resoluciones acusadas, petición que sustentó conforme al siguiente cuadro:

|NORMA SUPERIOR |DECISIÓN ADMINISTRATIVA |

|Artículo 29 de la Constitución Nacional: El debido proceso se |No se practicó requerimiento especial a la Sociedad |

|aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y |Transportes Especiales A.R.G. S.A. |

|administrativas. |Según el contenido del requerimiento Especial aduanero, este |

|Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al |le fue expedido a la Sociedad Extranjera Transportes |

|acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con |Especiales A.R.G. de Venezuela C.A. |

|observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.|El requerimiento practicado a la Sociedad extranjera fue |

| |formulado fuera de la oportunidad estatuida por el artículo |

|Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del |509 del decreto 2685 de 1999. |

|debido proceso. | |

|Artículo 507 del Código Aduanero: Requerimiento Especial | |

|Aduanero. La autoridad aduanera podrá formular requerimiento | |

|especial aduanero para proponer la imposición de sanción por la | |

|comisión de infracción administrativa aduanera, o para definir | |

|la situación jurídica de la mercancía cuando se configure causal| |

|de aprehensión, o para formular liquidación oficial de | |

|corrección y de revisión de valor. | |

|Surtida la diligencia de reconocimiento y avalúo, durante el | |

|termino señalado para responder el requerimiento especial | |

|aduanero, el interesado podrá constituir garantía en reemplazo | |

|de aprehensión de conformidad con lo previsto en el Art. 233 del| |

|presente Decreto. | |

|Artículo 509 del Código Aduanero: Termino para la formulación | |

|del requerimiento especial aduanero y contenido del mismo. | |

| | |

|Establecida la presunta comisión de una infracción | |

|administrativa aduanera, o surtidos los trámites de aprehensión,| |

|reconocimiento y avalúo de una mercancía, o identificadas las | |

|causales que dan lugar a la expedición de liquidaciones | |

|oficiales; la autoridad aduanera dispondrá de treinta (30) días | |

|para formular requerimiento especial aduanero, el cual deberá | |

|contener como mínimo: la identificación del destinatario del | |

|requerimiento; relación detallada de los hechos u omisiones | |

|constitutivos de la infracción aduanera o propuesta de | |

|liquidación oficial; causal de aprehensión y avalúo de la | |

|mercancía; las pruebas practicadas, las normas presuntamente | |

|infringidas, termino para dar respuesta al requerimiento y | |

|sanción que se propone, si procede. | |

|Artículo 13 de la Constitución Nacional: “Todas las personas |Se dispone en los actos administrativos la aprehensión y |

|nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma |decomiso de las 17 unidades de carga, por las siguientes |

|protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos |razones: |

|derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación |

  1. Se encontraron sin placas en territorio nacional. |

    |por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, |b) Se encontraron identificadas con el documento denominado |

    |religión, opinión política o filosófica”. |pestañas en la Republica Bolivariana de Venezuela, documento |

    |Artículo 41 de la Ley 769 de 2002: “Los vehículos registrados |que en este país sirve como medio de identificación de los |

    |legalmente en otros países, que se encuentren en el territorio |vehículos mientras se les expide la placa. |

    |nacional, podrán transitar durante el tiempo autorizado por el |c) Con abuso y desviación de poder, por extralimitación en el |

    |Ministerio de Relaciones Exteriores y por la Dirección de |ejercicio de las funciones públicas, se sostiene lo cual es |

    |Impuestos y Aduanas Nacionales” |falso como está demostrado en los hechos de la demanda, que |

    |P. b, Artículo 4° de la Ley 191 de 1995, Ley de Fronteras|las unidades de carga no habían sido matriculadas en la |

    |“Unidades especiales de desarrollo fronterizo. Aquellos |Republica Bolivariana de Venezuela. |

    |municipios, corregimientos especiales y áreas metropolitanas | |

    |pertenecientes a las Zonas de Frontera, en los que se hace | |

    |indispensable crear condiciones especiales para el desarrollo | |

    |económico y social mediante la facilitación de la integración | |

    |con las comunidades fronterizas de los países vecinos, el | |

    |establecimiento de las actividades productivas, el intercambio | |

    |de bienes y servicios, y la libre circulación de personas y | |

    |vehículos” | |

    |Artículo 90 del Decreto 1344 de 1970: “Las autoridades de | |

    |tránsito expedirán permiso especial hasta por sesenta (60) días,| |

    |mientras se hace la inscripción y expide la licencia, en los | |

    |siguientes casos: | |

    |3. Para transitar, mientras se le registra y se obtiene la | |

    |licencia de tránsito” | |

    |Artículo 29 de la Decisión 399 del Acuerdo de Cartagena: “La | |

    |identificación utilizada por un País Miembro para los vehículos | |

    |matriculados en ese país(placas u otras identificaciones | |

    |específicas), y que se use en los vehículos habilitados y en las| |

    |unidades de carga, será reconocida como válida en los demás | |

    |Países Miembros por los cuales estos vehículos o unidades | |

    |transiten” | |

    |Parte primera del inciso 1° del Artículo 58 de la constitución:|La sociedad Transportes Especiales A.R.G. S.A. incorporó a su |

    |“Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos |flota las 17 unidades de carga decomisadas por la |

    |adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no |Administración Local de Aduanas Nacionales Cúcuta, la |

    |pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores...”|incorporación la hizo mediante contratos de vinculación por |

    |Artículo 1° de la decisión 399: “Vehículo Vinculado, el camión |administración convenido con la sociedad extranjera Transportes|

    |o tracto camión y el remolque o semi-remolque de propiedad de |Especiales A.R.G. de Venezuela C.A. |

    |un tercero que el transportista autorizado incorpora a su |No se expresa en los actos administrativos ningún |

    |flota, para ser utilizados en el transporte internacional de |pronunciamiento que desconozca la legitimidad y personería que |

    |mercancías por carretera” |los contratos de vinculación le confieren a la sociedad |

    |Artículo 57 de la misma Decisión: “El transporte internacional |Transportes Especiales A.R.G. S.A. para circular en el |

    |se efectuará en vehículos habilitados (camión o tracto-camión) |territorio de la Republica de Colombia con las 17 unidades de |

    |y en unidades de carga (remolque o semi-remolque), los que |carga identificadas con las pestañas expedidas por el |

    |deberán registrarse ante los organismos nacionales de |Ministerio de Infraestructura de la Republica Bolivariana de |

    |transporte y aduana de los Países Miembros por cuyo territorio |Venezuela. |

    |vayan a prestar el servicio” |El argumento aducido por la Administración Local de Aduanas |

    |Artículo 62 de la misma Decisión: “La habilitación y registro |Nacionales de Cúcuta, es que, los contratos de vinculación no |

    |de los camiones o tracto-camiones, así como el registro de las |constan por escrito. |

    |unidades de carga, será pedido junto con la solicitud de | |

    |otorgamiento del Certificado de Idoneidad. | |

    |Además, el transportista autorizado en cualquier momento podrá | |

    |solicitar la habilitación y registro de nuevos vehículos y el | |

    |registro de nuevas unidades de carga, así como la modificación | |

    |de las características señaladas en el literal b) del artículo | |

    |63” | |

    |Parte final del artículo 983 del Código de Comercio: “ Las | |

    |empresas de servicio público someterán sus reglamentos a la | |

    |aprobación oficial y, sino prestan el servicio en vehículos de | |

    |su propiedad celebrarán con los de estos el respectivo | |

    |contrato de vinculación, conforme a las normas reglamentarias | |

    |del transporte” | |

    |Artículo 6 de la Ley 336 de 1996: “Por actividad transportadora| |

    |se entiende un conjunto organizado de operaciones tendientes a | |

    |ejecutar el traslado de personas o cosas, separada o | |

    |conjuntamente, de un lugar a otro, utilizando uno o varios | |

    |Modos, de conformidad con las autorizaciones expedidas por las | |

    |autoridades competentes basadas en los Reglamentos del Gobierno| |

    |Nacional” | |

    |Artículo 824 del Código de Comercio: “Los comerciantes podrán | |

    |expresar su voluntad de contratar u obligarse verbalmente, por | |

    |escrito o por cualquier modo inequívoco. Cuando una norma legal| |

    |exija determinada solemnidad como requisito esencial del | |

    |negocio jurídico, este no se formará mientras no se llene tal | |

    |solemnidad | |

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR