Sentencia nº 05001-23-31-000-2000-04218-02(25689) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 31 de Marzo de 2005 - Jurisprudencia - VLEX 52528888

Sentencia nº 05001-23-31-000-2000-04218-02(25689) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 31 de Marzo de 2005

Fecha31 Marzo 2005
Número de expediente05001-23-31-000-2000-04218-02(25689)
EmisorSECCIÓN TERCERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

Consejero ponente: RAMIRO SAAVEDRA BECERRA

Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005)

Radicación número: 05001-23-31-000-2000-04218-02(25689)

Actor: EMPRESA DE TRANSPORTE MASIVO DEL VALLE DE ABURRA LTDA.

Demandado: COMPAÑIAS ASEGURADORAS

Referencia: APELACION AUTO MANDAMIENTO DE PAGO Procede la Sala a resolver los recursos de apelación interpuestos por las partes en contra del auto proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia el 23 de octubre de 2001 mediante el cual libró Mandamiento de Pago en contra de las demandadas, en los siguientes términos: “1º LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO en favor de la EMPRESA DE TRANSPORTE MASIVO DEL VALLE DE ABURRÁ LTDA. y en contra de las compañías aseguradoras que más adelante se especifican, por la suma de ONCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SESENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($11.346.060.799), como capital, más los intereses de mora desde el 23 de agosto de 1997 hasta la fecha en que se verifique el pago total de la obligación a la tasa del 38.07% efectivo anual. Se advierte, a las partes que al momento de liquidar el crédito, el interés, en caso de ser necesario, se adecuará de tal manera que no rebase la tasa de usura. El valor anterior se pagará por cada una de las ejecutadas en la siguiente proporción:

COMPAÑÍA PÓLIZA (%) CAPITAL

La Interamericana CU-5-0609 86.9% $9.859’726.834

Seguros Caribe S.A. (hoy

Mapfre Seguros Generales) CU-5-0609 2.0% $226’921.216

Compañía Mundial de

Seguros S.A. CU-5-0609 1.5% $170’190.912

Aseguradora Colseguros S.A. CU-5-0609 1.1% $124’806.669

Compañía de Seguros

Colmena S.A. CU-5-0609 1.5% $170’190.912

Seguros Fénix S.A. (hoy

Royal y Sun Alliance S.A.) CU-5-0609 2.0% $226'921.216

Compañía Aseguradora de

Fianzas S.A. CU-5-0609 3.0% $340.381.824

Seguros Alfa S.A. CU-5-0609 2.0% $226’921.216

  1. - LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO en favor de la EMPRESA DE TRANSPORTE MASIVO DEL VALLE DE ABURRÁ LTDA. y en contra de las compañías Aseguradoras que se relacionan a continuación:

COMPAÑÍA PÓLIZA CAPITAL

Seguros Caribe S.A.-hoy Mapfre

Seguros Generales de Colombia S.A. 25228 $41’370.682,oo

TOTAL ASEGURADO: CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS ($41’370.682,oo)

Compañía Mundial de Seguros S.A. 20201 $1.161’169.831,15

TOTAL ASEGURADO: UN MIL CIENTO SESENTA Y UN MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN PESOS CON QUINCE CENTAVOS ($1.161’169.831,15)

La Continental Compañía de Seguros

S.A. hoy CIGNA COMPAÑÍA DE

SEGUROS 43-05019 $1.299’450.744,89

TOTAL ASEGURADO: UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1.299’450.744,89).

Compañía Mundial de Seguros S.A. 19210 $799’746.813,80

TOTAL ASEGURADO: SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TRECE PESOS CON OCHENTA CENTAVOS ($799’746.813,80)

Más los intereses de mora desde el 23 de agosto de 1997 hasta la fecha en que se verifique el pago total de la obligación a la tasa del 38.07% efectivo anual. Se advierte, a las partes que al momento de liquidar el crédito, el interés, en caso de ser necesario, se adecuará de tal manera que no rebase la tasa de usura. (...)”

ANTECEDENTES
  1. El 1° de noviembre de 2000, la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá Ltda. presentó demanda ejecutiva en contra de las siguientes empresas, aseguradoras del Contrato No. 049 de 1984, suscrito entre la Empresa demandante y el Consorcio Hispano-Alemán: A.I.G. COLOMBIA SEGUROS GENERALES S.A. (antes LA INTERAMERICANA COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES S.A.), MAPFRE SEGUROS GENERALES DE COLOMBIA S.A., COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A., ASEGURADORA COLSEGUROS S.A., LIBERTY SEGUROS S.A. (antes COMPAÑÍA DE SEGUROS COLMENA S.A.), ROYAL & SUNALLIANCE SEGUROS COLOMBIA S.A. (antes SEGUROS FÉNIX S.A.), COMPAÑÍA ASEGURADORA DE FIANZAS - CONFIANZA S.A., SEGUROS ALFA S.A. y ACE SEGUROS S.A. (antes SIGNA SEGUROS DE COLOMBIA S.A.), demanda en la cual solicitó librar mandamiento de pago en contra de las demandadas por el capital que se detalla a continuación, “por los intereses moratorios a la tasa vigente al momento de pago conforme al inciso segundo del artículo 1080 del Código de Comercio, modificado por el artículo 83 de la Ley 45/90, desde la fecha en que la obligación se hizo exigible, es decir, 24 de agosto de 1997”, y en costas:

    “La Interamericana Compañía de Seguros Generales S.A. (Compañía líder), por un valor de $ 9.757.612.287.

    Compañía Aseguradora La Continental (hoy Cigna Seguros de Colombia S.A.) por un valor de $ 1.401.565.291,89.

    Seguros C.S.A., (hoy Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A.) por un valor de $ 268.291.898.

    Compañía Mundial de Seguros S.A. -‘Mundial de Seguros’ por un valor de $2.131.107.556,95.

    Aseguradora Colseguros S.A., por un valor de $ 124.806.669.

    Compañía de Seguros Colmena S.A., por un valor de $ 170.190.912.

    Seguros F.S.A. (hoy Royal y Sun Alliance Seguros (Colombia) S.A.) por un valor de $ 226.921.916

    Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. -‘Confianza’ por un valor de $340.318.824.

    Seguros Alfa S.A. por un valor de $ 226.921.216” 2. En los hechos de la demanda, la actora expuso:

    2.1. El día 19 de julio de 1984, previa licitación pública, se suscribió el contrato No. 049 entre la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá Ltda.., y el Consorcio Hispano-Alemán -constituido por seis empresas extranjeras-, cuyo objeto fue “el diseño detallado, construcción, suministro, transporte, nacionalización, entrega en funcionamiento, capacitación del personal del Metro para el Valle de Aburrá incluyendo las obras complementarias y accesorias”.

    2.2. El Consorcio para garantizar el cumplimiento del contrato, tuvo que prestar entre otras, la “garantía de cumplimiento”, que constituyó con varias compañías aseguradoras, mediante la póliza No. CU-5-0609, cuyo valor asegurado asciende a la suma de $15.599’103.980.oo, de los cuales la suma de $11.346’060.799 corresponde al monto máximo asegurado por la cláusula penal y la suma de $ 3.971’121.279,55, corresponde al monto máximo asegurado por la cláusula de multas. “Por tanto el valor que se afecta es de la “cláusula penal”.

    2.3. El asegurador está compuesto por las siguientes compañías de seguros, en los porcentajes que se indican y teniendo a una de ellas como líder de las demás: |COMPAÑÍA |% ASEG. |VALOR ASEGURADO. |

    |La Interamericana Compañía de Seguros Generales S.A. (Compañía |86% |9.757´612.287 |

    |Líder) | | |

    |Compañía Aseguradora La Continental (hoy Cigna Seguros de Colombia |0.9% |102´114.547 |

    |S.A) | | |

    |Seguros Caribe S.A. (Hoy Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A.) |2.0% |226´921.216 |

    |Compañía Mundial de Seguros S.A. |1.5% |170´190.912 |

    |Aseguradora Colseguros S.A. |1.1% |124´806.669 |

    |Compañía de Seguros Colmena S.A. |1.5% |170´190.912 |

    |Seguros Fénix S.A. (Hoy Royal y Sun Alliance Seguros -Colombia- |2.0% |226´921.216 |

    |S.A.) | | |

    |Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. “Confianza”. |3.0% |340´318.824 |

    |Seguros Alfa S.A. |2.0% |226´921.216 |

    | |TOTAL 100% |11.346´060.799 |

    2.4. No obstante, la póliza No. CU-5-0609 fue adicionada en plazo en varias ocasiones siendo el último de ellos el 30 de diciembre de 1996 (Anexo CU-M-151) y mediante Anexos Nos. 619 y 0119, su valor se aumentó primero a $11.554’891.837 y luego a $ 15.599’103.980.

    2.5. De otro lado, se hizo necesario “ampliar el valor” de la “garantía de cumplimiento” del Contrato No. 049 de 1984, “lo cual se hizo por parte de las siguientes compañías aseguradoras, es decir que la ampliación no se hizo dentro de la misma póliza No. CU-5- 0609, sino que se constituyeron pólizas independientes, pero sobre el mismo riesgo del mismo contrato No. 049 de 1984”, así:

    - Póliza No. 25228 del 2 de diciembre de 1986 de Seguros Caribe S.A. (hoy Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A.).

    Tomador: ATIENZA (Perteneciente al Consorcio Hispano-alemán).

    Asegurado: Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá Ltda. ETMVA

    Monto Asegurado: $ 41’370.682.

    Vigencia: Hasta el 30 de junio de 1997, según Anexo 004

    - Póliza No. 20201 del 2 de diciembre de 1986, de Compañía Mundial de Seguros S.A.

    Tomador: Siemens A.G. (Perteneciente al Consorcio Hispano-alemán).

    Asegurado: ETMVA

    Monto asegurado: $ 1.161’169.831,15

    Vigencia: Hasta el 30 de diciembre de 1996, según Anexo 60125883

    - Póliza No. 43-05019 del 2 de diciembre de 1986 de La Continental Compañía de Seguros S.A. (hoy Cigna Compañía de Seguros).

    Tomador: Grupo Obras Civiles (Compuesto por las firmas E. y Tavora, Fomento de Construcciones y Contratas y Diwidag, perteneciente al Consorcio Hispano-alemán)

    Asegurado: Grupo Obras Civiles

    Monto asegurado: $1.299’450.744,89.

    Vigencia: Hasta el 30 de junio de 1997, según Anexo 10323

    - Póliza No. 19210 del 2 de diciembre de 1986, de la Compañía Mundial de Seguros S.A.

    Tomador: MAN A.G. (Perteneciente al Consorcio Hispano-alemán)

    Asegurado: Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá Ltda..

    Monto Asegurado: $ 799’746.813,80

    Vigencia: Hasta el 30 de junio de 1997, según Anexo 60127995.

    2.6. La Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá Ltda.. declaró el incumplimiento del contrato por parte del Consorcio Hispano-alemán mediante Resolución No. 1938 del 20 de marzo de 1997, estableciendo que el monto de la sanción sería el equivalente al 10% del valor del contrato ejecutado hasta dicha fecha, es decir que ascendía a $81.365’075.860 y se hizo responsables también a las compañías aseguradoras del contratista por el pago de esta suma pero hasta el monto del riesgo asegurado, ya que el monto de la cláusula penal declarada, resultó ser superior al valor asegurado. Como se olvidó ordenar la notificación a 5 aseguradoras, se impartió esta orden mediante la Resolución No. 1945 de 1997.

    2.7. Notificados el...

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