Sentencia nº AG-410012331000200100948-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 6 de Octubre de 2005 - Jurisprudencia - VLEX 52533597

Sentencia nº AG-410012331000200100948-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 6 de Octubre de 2005

Fecha06 Octubre 2005
Número de expedienteAG-410012331000200100948-01
EmisorSECCIÓN TERCERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

Consejera Ponente: R.S. CORREA PALACIO

Bogotá D.C., seis (6) de octubre de dos mil cinco (2005)

Radicación número: AG-410012331000200100948-01

Actor: NATIVIDAD OYOLA Y OTROS

Demandado: NACIÓN-MINISTERIO DE DEFENSA

Referencia: Acción de grupoPrevia derrota del proyecto absolutorio presentado por el señor C.R.S.B., procede la Sala a decidir el recurso de apelación interpuesto por ambas partes, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Administrativo del H., el 10 de octubre de 2003, en la cual se decidió la acción de grupo formulada por la señora Natividad Oyola y Otros, en contra de la Nación-Ministerio de Defensa, sentencia que será modificada. En dicha sentencia se decidió: “1.- Declarar oficiosamente la excepción de FALTA DE LEGITIMACIÓN POR PASIVA respecto de la entidad demandada FUERZA AEREA COLOMBIANA “FAC”.

  1. - Declarar administrativa y patrimonialmente responsable a la NACIÓN – POLICIA NACIONAL por los perjuicios sufridos por los señores NATIVIDAD OYOLA, I.T.O., L.C.S., M.G.P., CONCEPCIÓN GONZALEZ DE R., M.E.Y.D.G., E.H.D.S., A.C.D.V., B.M.S.R., M.L.O., M.M.D.F., A.L.L.D.O., L.C.R., M.L.G.M., J.T., D.C.M., B.R.T., M.Z.G., L.M.D.G., E.S.E., L.C.L.G., A.L.Y., S.M.P.C., A.S., D.B.C.Y.B.R. como consecuencia de la destrucción o avería de sus casas y enseres, ubicados en el Municipio de Algeciras como consecuencia de la Toma guerrillera realizada el 26 de junio de 2000 y de conformidad con la parte motiva de esta sentencia.

  2. - Condenar a la NACIÓN – POLICIA NACIONAL al pago de una suma a favor de los accionantes en monto de SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS PESOS ($736.348.522) a titulo de indemnización colectiva por los perjuicios sufridos como consecuencia de la incursión guerrillera realizada por las FARC-EP al municipio de Algeciras, H. el 26 de junio de 2000, suma que se cancelará a cada uno de los demandantes en la siguiente forma:| |Nombre |Dirección |Clase Daños |Valor actual con|

    | | | | |IPC |

    | |BERTILDA RAMIREZ TOLE |Calle 4v #3-28 |Total casa y muebles |$30’493.243 |

    | |M.Z.G. |Carrera 5 #3-67 |Parcial casa y muebles |$9’397.000 |

    | |L.M. DE GONZALEZ |Carrera 4 # 3-23 |Total Apartamento, parcial |$47’820.000 |

    | | | |casa y muebles | |

    | |E.S.E. |Calle 3 #4-06 |Total casa y muebles |$12’987.631 |

    | |CONCEPCIÓN GONZALEZ DE ROMERO |Carrera 3 #3-89 |Total casa y muebles |$34’255.982 |

    | |1.bien | | | |

    | |L.C.L.G. |Carrera 3 #4-54 |Total casa y muebles |$30’743.847 |

    | |A.L.Y. |Calle 3 #3-66 |Parcial casa y muebles |$10’162.212 |

    | |S.M.P.C. |Carrera 4 #3-98 |Total casa y muebles |$26’326.697 |

    | |A.S. |Calle 4 #-3-46,48 |Total casa y muebles |$29’577.948 |

    | |D.B.C. |Carrera 4 #3-71-73 |Total casa y muebles |$45’219.932 |

    | |B.M.S.R. – |Carrera 4#3-104 |Total casa y muebles |$9’134.341 |

    | |Otros 1.bien | | | |

    | |B.M.S.R. – |Calle 4 #4-16 |Total y muebles |$10’067.933 |

    | |Otros 1.bien | | | |

    | |M.L.O. |Carrera 3 #3-74 |Parcial casa y muebles |$11’722.372 |

    | |M.M. DE FANDIÑO |Calle 4 #3-13,21 |Parcial casa y muebles |$8’302.378 |

    | |A.L.L. DE OYOLA |Calle 4#3-16 |Total casa y muebles |$30’490.183 |

    | |L.C.R. POLANIA |Calle 3 #3-43 Lote 1|Total casa y muebles |$92’458.896 |

    | |Y OTRA | | | |

    | |J.T.B.. |Calle 4 #3-38 |Total casa y muebles |$44’332.783 |

    | |D.C. |Calle 4 #3-36 |Total casa y muebles |$30’374.792 |

    | |MORENO | | | |

    | |NATIVIDAD OYOLA |Carrera 5 #3-29 |Total casa y muebles |$27’675.287 |

    | |1. bien | | | |

    | |I.T.O. |Calle 4 #3-60 |Total casa y muebles |$65’471.425 |

    | |L.C.S. |Carrera 3 #4-40 |Total casa y muebles |$21’830.008 |

    | |M.G.P. |Carrera 3 |Total casa y muebles |$20’795.775 |

    | | |#3-72,76,86 y | | |

    | | |carrera 4 #2-65 | | |

    | |C.G.D.R. |Carrera 3 #3-88,92 |Total casa y muebles |$26’681.801 |

    | |2.bien | | | |

    | |R.T.R. y BERTILDA |Calle 3 #4-03,09,11 |Parcial casa y bienes |$5’665.279 |

    | |RIVERA TRUJILLO (sucesión) | | | |

    | |M.E.Y.D.G. |Carrera 4 |Parcial casa y muebles |$4’013.344 |

    | | |#4-37,39,41 | | |

    | |E.H.D.S. |Carrera 3 #4-26 |Total casa y muebles |$22’062.258 |

    | |AMIRA CUENCA DE VANEGAS |Carrera 4 #3-64,68 |Parcial casa y muebles |$13’582.328 |

    | |NATIVIDAD OYOLA |Calle 3 #4-27 |Parcial casa y muebles |$7’115.555 |

    | |2.bien | | | |

    | |NATIVIDAD OYOLA |Calle 3 #4-35 |Parcial casa y muebles |$7’586.662 |

    | |3. bien | | | |

    | Gran total |

    |$736’348.522 | 4.- Ordenar a la entidad accionada NACIÓN – POLICIA NACIONAL que en el termino de diez 10) días siguientes a la ejecutoria de esta providencia entregue el monto de la indemnización al Fondo para la defensa de los derechos e intereses colectivos, que será administrada por el defensor del pueblo con el fin de pagar las indemnizaciones individuales a quienes hicieron parte del proceso como integrantes del grupo.

  3. - Niéguense las demás pretensiones de la demanda.

  4. - Fijar la suma de UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS ($1.200.000) como costas del proceso a cargo de la NACIÓN – POLICÍA NACIONAL.

  5. - Publíquese un extracto de la sentencia en un diario de amplia circulación nacional a costa del accionado y dentro del mes siguiente a la ejecutoria de la misma. (numeral 4 Art. 65 Ley 472 de 1998)

  6. - Envíese copia de la demanda, del auto admisorio de la misma y del presente fallo a la Defensoría del Pueblo como lo establece el artículo 80 de la Ley 472 de 1998.”I. ANTECEDENTES

  7. La demanda

    El 22 de agosto de 2001, a través de apoderado judicial, los señores NATIVIDAD OYOLA y otras 27 personas, formularon demanda en ejercicio de la acción de grupo en contra de la Nación-Ministerio de Defensa- Policía Nacional y Fuerza Aérea de Colombia, con el fin de que se profieran las siguientes declaraciones y condenas:

    “Primero. Que la NACIÓN COLOMBIANA-MINISTERIO DE DEFENSA-POLICÍA NACIONAL- FUERZA AÉREA COLOMBIANA FAC, es administrativamente responsable de totalidad de los daños y perjuicios de índole material, tanto en su manifestación de daño emergente como de lucro cesante y morales, tanto objetivos como subjetivados, ocasionados a los demandantes, con la avería o destrucción de sus casas de habitación, ubicadas en las direcciones indicadas en el hecho primero de la demanda y de los muebles y enseres que en ellas se encontraban, en el combate entre la guerrilla de las FARC y la Policía, en hechos ocurridos el día 26 de junio de 2000.

Segundo

Como consecuencia de la anterior declaración, se condene a la NACIÓN COLOMBIANA-MINISTERIO DE DEFENSA-POLICÍA NACIONAL- FUERZA AÉREA COLOMBIANA FAC, a reconocer y pagar a los aquí demandantes, las siguientes cantidades por concepto de los daños y perjuicios que en tales hechos se les ocasionaron, determinados así:

  1. Perjuicios morales.

    Los estimo en el equivalente en pesos a la cantidad de un mil (1.000) gramos de oro fino, para cada una de las siguientes personas: NATIVIDAD OYOLA, I.T.O., L.C.S., M.G.P., CONCEPCIÓN GONZALEZ DE R., M.E.Y.D.G., E.H.D.S., A.C.D.V., B.M.S.R., M.A.S.R., J.A.S.R., M.L.O., M.M.D.F., A.L.L.D.O., L.C.R., M.L.G.M., J.T., D.C.M., B.R.T., M.Z.G., L.M.D.G., E.S.E., L.C.L.G., A.L.Y., S.M.P.C., A.S., D.B.C.Y.B.R..

    Perjuicios materiales:

    Se estiman en suma superior a SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($673.605.561), MONEDA CORRIENTE, discriminados así:

    ...

    Actualizadas a la fecha, equivalen a: |Para la señora NATIVIDAD OYOLA....................................................$37.929.115 |

    |Para el señor I.T.O...................................................$58.292.975 |

    |Para el señor L.C.S.................................................$18.062.460 |

    |Para la señora M.G.P..................................$18.898.685 |

    |Para la señora CONCEPCIÓN GONZÁLEZ DE ROMERO..........$30.767.685 |

    |Para la señora MARÍA EVA YUNDA DE GUTIÉRREZ...................$ 4.100.200 |

    |Para la señora E.H. DE SUAZA............................$20.015.450 |

    |Para la señora AMIRA CUENCA DE VANEGAS...............................$12.537.980 |

    |Para los señores B.M.S.R., |

    |M.A.S.R. y |

    |J.A.S.R..................................................$52.480.617 |

    |Para la señora MARÍA LILI ORTIZ........................................................$10.897.900 |

    |Para la señora MELANIA MORA DE FANDIÑO..............................$ 7.882.202 |

    |Para la señora A.L.L. DE OYOLA |

    |Para los señores L.C.R. y |

    |M.L.G.M........................................$82.651.400 |

    |Para el señor J.T...................................................................$39.653.250 |

    |Para el señor D.C.M.................................$27.345.312 |

    |Para la señora BERTILDA RAMÍREZ TOLE......................................$27.449.760 |

    |Para la señora M.Z.G....................................$ 8.847.800 |

    |Para la señora L.M. DE GONZÁLEZ............................$42.728.400 |

    |Para el señor E.S. ESPINOSA....................................$12.013.586 |

    |Para el señor L.C.L.G...............................$27.670.739 |

    |Para el señor A.L.Y..................................................$ 9.522.175 |

    |Para la señora S.M.P. CHAUX....................$23.775.765 |

    |Para la señora ALICIA SILVA...................................................................$26.642.668 |

    |Para la señora D. B.C........................................$40.435.525 |

    |Para la señora BERTILDA RIVERA.......................................................$ 5.556.850 |

  2. Los hechos

    Los hechos narrados en la demanda son los siguientes: “El día 26 de junio de 2000, aproximadamente a las 4:30 de la tarde, un frente de las FARC, entró al municipio de Algeciras, H., y lanzó un feroz ataque contra el cuartel de Policía, que está ubicado en la carrera 4 #3-23, en las cercanías de las viviendas antes descritas, ante lo cual debió reaccionar la Policía, desarrollándose un violento combate entre los subversivos y las fuerzas del orden. En apoyo de la Policía...

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