Sentencia nº 05001-23-31-000-1999-01195-01(14820) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 13 de Octubre de 2005 - Jurisprudencia - VLEX 52533735

Sentencia nº 05001-23-31-000-1999-01195-01(14820) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 13 de Octubre de 2005

Fecha13 Octubre 2005
Número de expediente05001-23-31-000-1999-01195-01(14820)
EmisorSECCIÓN CUARTA
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION CUARTA

Consejera ponente: LIGIA LOPEZ DIAZ

Bogotá, D.C., trece (13) de octubre de dos mil cinco (2005)

Radicación número: 05001-23-31-000-1999-01195-01(14820)

Actor: DISTRIBUCIONES SAVASCO S.A.

Demandado: DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Referencia: IMPUESTO RENTA.FALLODecide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia de diciembre 15 de 2003, proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Segunda de Decisión, mediante la cual se negaron las suplicas de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos expedidos por la DIAN que liquidaron el impuesto de renta a la Sociedad Distribuciones Savasco por el año gravable 1990.

ANTECEDENTES

El 30 de abril de 1993, la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Medellín, expidió el Auto de inspección tributaria No.1-063-8-062 por medio del cual se ordenó practicar la investigación sobre el impuesto de renta a la sociedad actora por concepto del año gravable de 1990.

La División de Control y Penalización Tributaria expidió el Requerimiento Especial N° 1-063-7010105 de agosto 30 de 1993, el cual fue contestado por el demandante a través de escrito radicado bajo el N° 09901 de noviembre 30 de 1993.

La Administración local de Impuestos Nacionales de Medellín, profirió la Liquidación de Revisión No. 0113 de mayo 23 de 1994, mediante la cual se determinó el impuesto de renta correspondiente al año gravable de 1990 y se impuso sanción por inexactitud.

El 22 de julio de 1994 la actora presentó recurso de reconsideración contra la Liquidación Oficial mencionada, la cual fue confirmada por la Resolución No. 0164 de junio 16 de 1995, notificada por edicto desfijado el 21 de julio de 1995.

El 25 de junio de 1997, la sociedad actora elevó derecho de petición para que se declarara el silencio administrativo positivo respecto del recurso de reconsideración interpuesto, la Administración negó la petición a través de la Resolución No. 0008 de enero 26 de 1998, confirmando la actuación que resolvió el recurso de reconsideración.

La accionante interpuso recurso de reconsideración contra la decisión anterior bajo radicado No. 04299, resuelto por medio de la Resolución No. 0281 de noviembre 6 de 1998 notificada por edicto desfijado el 9 de diciembre de 1998, confirmando la actuación.

DEMANDA

La sociedad DISTRIBUCIONES SAVASCO S.A. solicitó ante el Tribunal Administrativo de Antioquia, la nulidad de la Resolución No. 0281 de noviembre 6 de 1998 y como restablecimiento del derecho declarar que operó el silencio administrativo positivo respecto del recurso de reconsideración presentado el 22 de julio de 1994 contra la Liquidación Oficial de Revisión No. 0113 de mayo de 1994.

Indicó como normas violadas los artículos 565, 566, 732, 734 del Estatuto Tributario y 84 del Código Contencioso Administrativo por no haberse dado cumplimiento a los preceptos en ellas establecidos para garantizar el debido proceso.

Manifestó que presentó recurso de reconsideración contra la Liquidación de Revisión No. 0113, el 22 de julio de 1994. Conforme al articulo 732 del Estatuto Tributario, la Administración debía resolverlo y notificarlo dentro del año siguiente, so pena del silencio administrativo positivo, sin embargo dicha diligencia no se efectuó dentro del termino previsto.

La Administración envió la notificación a una dirección que...

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