Sentencia nº 11001-03-25-000-2000-0232-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 17 de Septiembre de 2004 - Jurisprudencia - VLEX 52546919

Sentencia nº 11001-03-25-000-2000-0232-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 17 de Septiembre de 2004

Número de expediente11001-03-25-000-2000-0232-01
Fecha17 Septiembre 2004
EmisorSECCIÓN PRIMERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

Consejero ponente: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO

Bogotá, D.C., diecisiete (17) de septiembre de dos mil cuatro (2004)

Radicación número: 11001-03-25-000-2000-0232-01

Actor: MARCO FIDEL QUINTERO NIETO Y OTROS

Demandado: LA NACIÓN – MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

Referencia: ACCION DE NULIDAD

Los ciudadanos MARCO FIDEL QUINTERO NIETO, L.E.M.R. y EDUARDO IZQUIERDO LORZA, por medio de apoderado y en ejercicio de la acción pública de nulidad consagrada en el artículo 84 del C.C.A., presentaron demanda ante esta Corporación, tendiente a obtener la declaratoria de nulidad de la Resolución núm. 000633 DTEGS de 27 de septiembre de 1999, por la cual se inscribió una Junta Directiva, expedida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social del Valle del Cauca de la División de Trabajo, y, en subsidio, la nulidad de las Resoluciones núms. 001006 DTEGS de 24 de noviembre de 1999 “POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UNA REVOCATORIA DIRECTA”, emanada de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social del Valle del Cauca de la División de Trabajo, 00206 de 11 de febrero de 2000 “POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UN RECURSO DE APELACIÓN” expedida por la Jefatura de la División de Trabajo de la Dirección Regional de Trabajo y Seguridad Social del Valle del Cauca y D.T. 000490 de 18 de abril de 2000 “POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UNA REVOCATORIA DIRECTA” expedida por la Dirección Territorial de Trabajo y Seguridad Social del Valle del Cauca.

I-. FUNDAMENTOS DE DERECHO

En apoyo de sus pretensiones los actores adujeron, en síntesis, los siguientes cargos de violación:

  1. : Afirman que los actos demandados se expidieron con base en resoluciones que fueron contrarias a la Constitución, al ordenamiento legal y a los Estatutos que rigen el Sindicato de Trabajadores Oficiales del Municipio de Santiago de Cali, tal y como se evidencia en las diversas sanciones impuestas a dicha organización por el Ministerio de Protección Social.

  2. : Indican que se vulneraron los artículos 13 y 40 de la Constitución Política, porque al S.M.F.Q. se le dio un trato desigual con relación a los demás afiliados a la organización sindical, al no permitirle el uso del derecho al voto, lo que de contera le niega el derecho a elegir y ser elegido o formar parte en las elecciones de delegados.

  3. : Estima que se vulneró el artículo 7° del Decreto 1194 de 1994, ya que en más de una oportunidad la Junta Directiva de la Organización Sindical actuó y expidió actos sin estar ejecutoriadas las Resoluciones en las que se basaba debidamente ejecutoriadas, tal y como sucedió con la Resolución núm. JD-STO-01-99, por medio de la cual los señores R.D.C., J.Q.A. y F.R. en la supuesta calidad de miembros de la Junta Directiva del Sindicato citaron a los afiliados de la organización sindical para la elección de sus delegados, sin tomar en cuenta que el acto que los nombró no estaba en firme.

  4. Consideran que se violaron los artículos 17, 19 y 25 de los Estatutos de la Organización Sindical, por cuanto la...

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