Sentencia nº 11001-03-24-000-2001-0323-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 9 de Diciembre de 2004 - Jurisprudencia - VLEX 52548503

Sentencia nº 11001-03-24-000-2001-0323-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 9 de Diciembre de 2004

Número de expediente11001-03-24-000-2001-0323-01
Fecha09 Diciembre 2004
EmisorSECCIÓN PRIMERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Consejero ponente: RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETA

Bogotá, D.C., nueve (09) de diciembre del dos mil cuatro (2004)

Radicación número: 11001-03-24-000-2001-0323-01

Actor: SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO

Demandado: DISEÑOS Y CONFECCIONES H.T. S.A. Y BANCOLOMBIA S.A.

Referencia: ACCION DE NULIDAD

La Sala decide, en única instancia, la demanda que en ejercicio de la acción instituida en el artículo 85 del C.C.A. interpuso la Superintendencia de Notariado y Registro, para que se declare la nulidad de dos anotaciones en sendos folios de matrícula inmobiliaria.

I. LA DEMANDA

  1. Las pretensiones

    La entidad demandante, mediante apoderado, pide que se declare la nulidad de los actos administrativos de registro representados por la anotación número 4 de 12 de noviembre de 1999, surtida con radicación número 1999-66745 en el folio de matrícula inmobiliaria número 50N-20028347 y por la anotación número 4 de 12 de noviembre de 1999, “surtida con el numero de radicación en el folio de matrícula inmobiliaria identificado con el número 50N-20028348; todos referidos a la escritura pública número 3188 de 10 de noviembre de 1999, de la notaría 49 del Circuito de Bogotá D.C., hipoteca abierta sin límite de cuantía constituida por “Diseños y Confecciones H.T.S.A. a favor de Bancolombia S.A.

  2. Los hechos

    La actora presenta como hechos de la demanda los antecedentes jurídicos de las anotaciones acusadas, así:

    El 26 de octubre de 1989 fueron abiertos los referidos folios, correspondientes, en su orden, a los locales 1-13 y 1-14 del edificio CEDRITOS CENTRO COMERCIAL, ubicado en la diagonal 150 No. 31-56 de Bogotá D.C., los cuales fueron adquiridos por “DISEÑOS Y CONFECCIONES H.T.Ltda.”, mediante la escritura pública 1822 de 12 de julio de 1999, inscrita bajo las anotaciones 3 del 9 de agosto de 1999.

    Esa empresa constituyó hipoteca abierta con límite de cuantía sobre tales locales, por escritura pública 3188 de 10 de noviembre de 1999, la cual fue registrada en los folios mencionados bajo radicación 1999-66745 de 12 de noviembre siguiente, correspondiéndoles la anotación 4 de la misma fecha en cada folio.

    Con providencia 000019 de 3 de marzo de 2000 la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, inició actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los bienes identificados con las matrículas inmobiliarias aludidas, 50N-20028347 y 50N-20028348, teniendo en cuenta que una denuncia penal y un informe de la División Operativa de la Oficina de Registro daban cuenta de que con el turno de radicación 1999-66745, antes citado, se había surtido el registro de una escritura pública identificada con el número 3664, fechada 7 de octubre de 1999 y otorgada por la Notaría 37 del Círculo de Bogotá, en el folio 50N-200117877.

    Al concluir la actuación administrativa la referida oficina decidió “Excluir la anotación 04” de los folios de matrícula inmobiliaria 50N-20028347 y 50N-20028348, mediante Resolución Núm. 000630 de 17 de octubre de 2000, la cual fue impugnada por DISEÑOS Y CONFECCIONES H.T.S.A. mediante recurso de reposición, el que fue desatado por...

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