Sentencia nº 11001-00-00-000-2002-1861-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 27 de Febrero de 2003
Número de expediente | 11001-00-00-000-2002-1861-01 |
Fecha | 27 Febrero 2003 |
Emisor | SECCIÓN QUINTA |
Materia | Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
Tipo de documento | Sentencia |
CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTAConsejero ponente: DARÍO QUIÑONES PINILLA
Bogotá D.C., veintisiete (27) de febrero de dos mil tres (2003)
Radicación número: 11001-00-00-000-2002-1861-01Actor: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Demandado: CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICÍA NACIONAL
Procede la Sala a decidir sobre las excepciones propuestas por la apoderada de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional contra el mandamiento de pago proferido el 22 de marzo de 2002 por la Dirección Administrativa, Subdirección Jurídica, Grupo de Cobro Coactivo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
El 9 de noviembre de 2001, la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional giró a favor de la Contraloría General de la República el cheque número 426882 del Banco de Occidente, por un valor de $116.889.860.oo. No obstante, en el reverso del título figura la nota “páguese a nombre del Banco de la República”. Ese título valor fue devuelto por la causal 26A, correspondiente a “certificar abono de cheque fiscal en cuenta de la entidad pública beneficiaria” (folios 2 y 6).
El 14 de noviembre de 2001 la entidad ejecutada consignó a favor del Tesoro Nacional ese mismo valor, pero primero se imputó lo correspondiente a los intereses adeudados. Por esta razón, la oficina del Tesoro Nacional liquidó la sanción comercial a que hace referencia el artículo 731 del Código de Comercio y, por auto del 22 de marzo de 2002, la Coordinadora del Grupo de Cobro Coactivo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público libró orden de pago por la vía ejecutiva contra la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, “por la suma de veintitrés millones trescientos setenta y siete mil novecientos setenta y dos pesos ($23.377.972) correspondientes a la sanción comercial del 20% (art. 731 C.Co.), representado en el cheque No. 426882 fechado el 11 de septiembre (sic) de 2001, por la suma de ciento dieciséis millones ochocientos ochenta y nueve mil ochocientos sesenta pesos con oo/100 M/te ($116.889.860.00” (folios 44 y 45).
El mandamiento de pago fue notificado en forma personal a la apoderada de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional el 11 de junio de 2002 (folios 49 y 50), quien interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación contra el mandamiento de pago (folios 55 a 60). Así, por auto del 10 de julio de 2002, la Coordinadora del Grupo de Cobro Coactivo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público confirmó el mandamiento ejecutivo dictado el 22 de marzo de 2002 y aclaró que debe entenderse que “en la parte en la cual hace relación a la fecha del título ejecutivo es nueve de noviembre de dos mil uno (09-11-2001) y no once de septiembre de dos mil uno (11-09-2001)”. Por su parte, mediante auto del 26 de julio de 2002, la entidad ejecutante declaró desierto el recurso de apelación, en tanto que la ejecutada no cubrió las expensas, a que hace referencia el artículo...
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