Sentencia nº 20001-23-31-000-2000-1543-01(2770) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 25 de Enero de 2002 - Jurisprudencia - VLEX 52561825

Sentencia nº 20001-23-31-000-2000-1543-01(2770) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 25 de Enero de 2002

Número de expediente20001-23-31-000-2000-1543-01(2770)
Fecha25 Enero 2002
EmisorSECCIÓN QUINTA
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

Consejero ponente: REINALDO CHAVARRO BURITICÁ

Bogotá, D.C., veinticinco (25) de enero de dos mil dos (2002)

Radicación número: 20001-23-31-000-2000-1543-01(2770)

Actor: J.M.A.C.

Demandado: ALCALDE DEL MUNICIPIO DEL EL PASO

Procede la Sala a resolver el recurso de apelación interpuesto por el demandante contra la sentencia del 16 de agosto de 2001, dictada por el Tribunal Administrativo del Cesar que denegó las pretensiones de la demanda.ANTECEDENTES

Demanda

El señor J.M.A.C., actuando por medio de apoderado debidamente reconocido, formuló demanda en ejercicio de la Acción Electoral, ante el Tribunal Administrativo del Cesar a fin de que se declare la nulidad del acto administrativo de noviembre 12 de 2000 expedido por los Delegados del Consejo Nacional Electoral que declaró elegido al señor C.A.M.P. como alcalde municipal de El Paso (Cesar), para el periodo 2001-2003, contenido en el Acta Parcial de Escrutinio General E-26 AG y que, como consecuencia de la nulidad que se decrete, se realice un nuevo escrutinio y se excluya del cómputo general los votos consignados en las mesas números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del corregimiento de La Loma de Calentura, Jurisdicción del municipio de El Paso (Cesar), en razón a que en las listas y registros de votantes existe falsedad.

Hechos

Manifiesta que el día 29 de octubre se llevaron a cabo elecciones populares para elegir entre otros, a los alcaldes populares, y que en el municipio de El Paso participaron cinco candidatos de los cuales resultó elegido el señor C.A.M.P..

Que el acta que declaró la elección del citado como alcalde municipal de El Paso (Cesar) está viciada de nulidad en razón a que en el corregimiento de La Loma de Calentura en las mesas de votación números 1,2,3,4,5,6,7,8,9 y 10 se cometieron varias irregularidades que mutaron la verdad como son:

  1. J. que llenaron los registros sin la comparecencia de los ciudadanos (formulario E-11) con nombres y apellidos ficticios (suplantación de los verdaderos titulares de las cédulas o votantes).

  2. Los jurados incluyeron y autorizaron en el formulario E-11 a personas que no se encontraban en el censo electoral para que pudiesen votar, como efectivamente lo hicieron sin tener facultad, por cuanto esto solo lo puede hacer el Registrador Nacional del Estado Civil, conforme a lo preceptuado en el artículo 85 del Decreto 2211 de 1986.

  3. El haber sufragado los jurados de mesas de votación, estando por fuera del censo electoral, (formulario E-10) y lista o registro de votantes (formulario E-11), sin la autorización respectiva para hacerlo contrariando claras disposiciones emanadas del Consejo Nacional Electoral.

  4. Los jurados de votación alteraron el resultado o los guarismos electorales registrados en los formularios E-14, inflándolos, en contravía de los votos realmente depositados en las urnas y que tienen como soporte el formulario E-11, es decir, cuando el total de votos de las respectivas mesas registrados en el formulario E-14 es mayor a los ciudadanos votantes registrados en el formulario E-11, ello dio lugar a que hubiese votos depositados fraudulentamente que fueron computados en los escrutinios practicados por los jurados de votación que actuaron en dichas mesas y computados posteriormente en los escrutinios municipales y departamentales, configurándose así la causal de nulidad contemplada en el numeral 2 del artículo 223 del C.C.A.

En las mesas citadas sufragaron ciudadanos cuyas cédulas no se encontraban inscritas en el censo electoral de ese corregimiento ni del municipio de El Paso y otros sufragaron con cédulas que no están inscritas en el censo electoral del departamento del Cesar. Que la situación anteriormente descrita viola flagrantemente el artículo 316 de la C.N. toda vez que en él se establece que en las votaciones para autoridades locales solo podrán participar los ciudadanos residentes en el respectivo municipio y que, en consecuencia, al haberse depositado en estas mesas votos de manera fraudulenta que fueron computados en los escrutinios practicados por los jurados de votación y luego registrados en el escrutinio general, se configura la causal de nulidad contemplada en el numeral 2º del artículo 223 del C.C.A.

Concretó los hechos anteriores, mesa por mesa, de la siguiente manera:

Mesa No. 1:

Los jurados de votación llenaron los registros de votantes sin la comparecencia de los ciudadanos con nombres y apellidos ficticios (suplantación de los verdaderos titulares de las cédulas), alterando los elementos que sirvieron para la formación de los registros electorales y por ende se mutó la verdad, alterando los resultados electorales registrados en las actas de escrutinio de los jurados de votación (formularios E-14), lo cual puede comprobarse haciendo un cotejo entre los nombres y apellidos registrados en el formulario E-11 con los que certifique como titulares de dichas cédulas, la Gerencia de Informática de la Registraduría Nacional.

Señala el siguiente caso:

|Cédula |Verdadero Titular |Aparece Votando |

|5.013.332 |D.M.M.A. |B.C.H.J.. |

Además, los señores N.E.C., C.C. 49.736.288, V.M.M.S. C.C. 5.015.556 y L.J.B.C. C.C. 12.624.863, oficiaron como jurados de votación en el corregimiento de La Loma de Calentura y votaron sin estar aptos para ello, porque sus cédulas se encontraban inscritas en otros lugares, según consta en la certificación expedida por los Registradores Especiales de Valledupar.

Mesa No. 2

Los jurados de votación llenaron los registros de votantes con nombres y apellidos ficticios alterando los elementos que sirvieron para la formación de los registros y por ende se mutó la verdad electoral alterando los resultados registrados en las actas de escrutinio de los jurados de votación.

Los casos en los cuales se presentó la suplantación son los siguientes:

|Cédula |Verdadero Titular |Aparece Votando |

|12.395.935 |R.A. |MeriñoB.W. |

|12.395.953 |M.B.W. |O.P.E. |

El formulario E-11 fue falseado por los jurados de votación por el hecho de haber sufragado el jurado de votación C.M.C. con C.C. 17.593.170 sin haber sido designado para cumplir dichas funciones y estando por fuera del censo electoral.

El señor H.C.M. también aparece firmando como jurado de votación en la mesa No. 2 sin haber sido designado como tal, y aparece firmando frente a la columna correspondiente a C.C.M. con C.C. 17.593.170, por lo que se incurre también en una falsedad respecto a los nombres.

S.B.A. con C.C. 26.736.722 y B.S.N. con C.C. 36.548.803 oficiaron como jurados de votación sin haber sido designados para cumplir dichas funciones.

Mesa No. 3.

Los jurados de votación llenaron los registros de votantes con nombres y apellidos ficticios en los siguientes casos:

|Cédula |Verdadero Titular |aparece votando |

|49.759.205 |A.D. |YomairaM. |

|12.5565.706 |M.S.M. |MartínezC.A. |

|12.641.444 |C.A.E. |CeraC.M. |

|18.937.583 |G.O.R. |GómezO. |

|18.973.160 |B.C.E. |BlancoC. |

El formulario E-11 fue falseado por el hecho de haber sufragado como jurados de votación L.E.O.D., C.C. 49.741.152, I.P.M. C.C. 36.561.555 y Y.M.B. C.C. 49.759.205, sin estar autorizados para ello y sin figurar en el censo electoral.

Mesa No. 4

Los jurados de votación llenaron los registros de votantes con nombres y apellidos ficticios en los siguientes casos:

|Cédula |Verdadero Titular |Aparece votando |

|26.735.665 |M.M.A. |Ariza de Lemus Araminta |

|26.736.608 |P.C.R.A. |PabónC. |

|36.390.089 |C.A.E.E. |Mieles Manjares Temilda |

El formulario E-110 y E-11 fueron falseados por los jurados de votación por haber registrado en la lista de sufragantes a los señores N.F.M., C.C. 40.919.675, C.A.R. C.C. 26.877.914, Y.S.U., C.C. 22.746.123 y M.M.B. C.C. 49.757.114, quienes sufragaron como jurados de votación sin estar autorizados para ello, ni aparecer en el censo electoral del citado corregimiento.

Mesa No. 5

Los jurados de votación llenaron los registros de votantes con nombres y apellidos ficticios, así:

|Cédula |Verdadero Titular |Aparece votando |

|36.390.334 |O. de M.M.J. |Benavides de P. Carmen |

|36.390.591 |C.N.A.E. |HernándezN.A. |

Por otro lado, en la lista y registro de votantes votaron realmente 290 ciudadanos y entre el total de ciudadanos registrados con el total de votos que fue 298, aparece una diferencia de 8 votos, por lo que dicha acta es falsa o apócrifa, al igual que los resultados que tuvieron como fundamento esos votos, por lo que también son nulos.

El formulario E-11 fue falseado por los jurados de votación, por el hecho de haber sufragado los jurados de votación, S.M.R.B., C.C. 49.755.155 y Y.M.C. C.C. 77.101.935, estando por fuera del censo electoral del corregimiento de La Loma y sin estar autorizados para ello.

Mesa No. 6

Los jurados de votación llenaron los registros de votantes con nombres y apellidos ficticios, en los siguientes casos:

|Cédula |Verdadero Titular |Aparece Votando |

|49.551.995 |C.A. |InfanteA.I. |

|49.685.808 |A.R.M. |ArizaR. |

|49.687.179 |R. de M.R. |MesaJ.C. |

|49.730.820 |V.P.N. |SilvaL.M. |

|49.746.159 |Montes F.M. |MaestreM.M. |

|49.757.016 |O.J.O.M. |RuizD.D.M. |

|49.757.061 |R.D.D.M. |OspinoJ.O.M. |

El formulario E-11 fue falseado por los jurados de votación por el hecho de haber sufragado los jurados de votación L.G.H., C.C. 26.948.278 y, C.M.G.C.C. 49.775.576, estando por fuera del censo electoral y sin autorización para hacerlo.

En la lista y registro de votantes formulario E-11, votaron realmente 286 ciudadanos y entre el total de ciudadanos registrados, con el de votos, que fue de 289, existe una diferencia de 3 votos, por lo que dicha acta es falsa o apócrifa.

Mesa No. 7

Los jurados de votación llenaron los registros de votantes con nombres y apellidos ficticios alterando los elementos que sirvieron para su formación en los siguientes casos:

|Cédula |Verdadero Titular |Aparece votando |

|49.757.383 |C.P.I. |OrtízP.E.M.. |

|49.757.389 |O.P.E.M. |CórdobaP.I. |

El...

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