Sentencia nº 05001-23-31-000-1999-2953-01(18254) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 22 de Febrero de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 52570790

Sentencia nº 05001-23-31-000-1999-2953-01(18254) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 22 de Febrero de 2001

Fecha22 Febrero 2001
Número de expediente05001-23-31-000-1999-2953-01(18254)
EmisorSECCIÓN TERCERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Consejera ponente: MARIA ELENA GIRALDO GÓMEZ

Bogotá, D.C., veintidós (22) de febrero de dos mil uno (2001)

Radicación número: 05001-23-31-000-1999-2953-01(18254)

Actor: INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA

Referencia: APELACIÓN AUTO EJECUTIVO

  1. Se apeló el auto proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia, el 1 de diciembre de 1999 mediante el cual resolvió denegar el mandamiento de pago solicitado.

II ANTECEDENTES PROCESALES:

A El día 2 de septiembre de 1999, ante el Tribunal Administrativo de Antioquia, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA, presentó demanda ejecutiva en contra de la Cooperativa Lechera del Suroeste Antioqueño “COLESA” del Municipio de Hispania, para que se le libre orden de pago en su favor, por los siguientes valores:

“1.) ( ) del pagaré número 901001-4142, con fecha de emisión 05-03-1996, fecha de vencimiento 05-03-2001, deuda vencida por valor de $480’556.288 con sus respectivos ajustes por intereses corrientes del (D.T.F. + 2)% trimestre anticipado convertido y pagadero a mes vencido e intereses de mora además del interés ya estipulado, un interés adicional del 12% trimestre anticipado, convertido a la modalidad de pago vencida de acuerdo al número de días en mora, sin exceder el límite legal permitido y liquidado sobre la parte de capital incluido en la cuota en mora, desde el 02 de agosto de 1999.

Se condene en costas y gastos del proceso al demandado” (fol. 33 c.1).

B. El ejecutante fundamentó sus pretensiones en los siguientes hechos:

  1. El día 26 de julio de 1993, suscribió con la Cooperativa Lechera del Suroeste Antioqueño “COLESA” contrato de empréstito N° 006488 el cual que tenía por objeto la concesión de un crédito de fomento a dicha Cooperativa hasta por la suma de ciento cincuenta millones de pesos.

  2. Como respaldo del préstamo anterior se constituyeron los pagarés números 691 del 27 de Julio, 851 del 23 de septiembre y 1224 del 19 de Noviembre de 1993 a favor de IDEA por valor de 50 millones de pesos cada uno, hipoteca abierta de primer grado sobre terreno y edificios de acuerdo a escritura pública número 604 del 15 de Julio de 1993 y prenda sin tenencia sobre maquinaria de acuerdo a contrato de prenda sin número del 28 de Agosto de 1993.

  3. La deuda fue refinanciada los días 27 de agosto de 1994 y 3 de mayo de 1995 con motivo del incumplimiento de la Cooperativa, fechas

    en las cuales fueron suscritos los pagarés números 2167 y 3266 por valores de $184’655.156 y $222’629.796,oo respectivamente.

  4. Debido a un nuevo incumplimiento, la deuda fue refinanciada recogiéndose en el pagaré número 4142 expedido por valor de $291’610.945.

  5. La Cooperativa Lechera se obligó con el Instituto, en la última refinanciación, a extinguir la obligación mediante el pago de 60 cuotas semivariables discriminadas así: Una cuota fija mensual destinada a amortización de capital y otra cuota variable como pago de los intereses adeudados.

  6. Se estipularon para el contrato como intereses corrientes y de mora de acuerdo al último pagaré suscrito los siguientes:

    Pagaré No Interés corriente Interés por mora

    |901001-4142 |(D.T.F. + 2)% trimestre anticipado convertido |Adicional al interés corriente el 12% |

    | |y pagadero a mes vencido. |trimestre anticipado, convertido a la |

    | | |modalidad de pago vencida de acuerdo con el |

    | | |número de días en mora. |

  7. Se acordó como plazo en dicho pagaré el de seis (6) años, con un periodo de gracia de un año para amortización a capital.

  8. La Cooperativa Lechera del Suroeste Antioqueño incumplió con el pago de la obligación derivada del pagaré 901001-4142, cuya deuda total al 2 de Agosto de 1999 asciende a la suma de $480.556.288, la cual contiene los siguientes conceptos:

    Capital vencido: $184.686.916. Intereses por mora: $120.463.002. Intereses vencidos: $175.406.370.

  9. Se ha requerido en varias oportunidades al demandado, quien no ha cancelado suma alguna por conceptos de capital o intereses. (fls. 33 a 35 c.1)

    C. Con la demanda se adjuntaron, entre otros, lo siguientes documentos:

    1) Contrato de empréstito N° 006488 suscrito el 26 de julio de 1993 (Documento público en original; fols. 9 a 11).

    2) Pagaré No. 901001 del 3 de mayo de 1996 por valor de $291.610.945, contentivo de la refinanciación de la deuda total a cargo de COLESA. (Documento privado en original, fol 9 c.1)

    3) Pagarés Nos. 2167, 1224, 851, 691 del 27 de agosto de 1994, 19 de noviembre de 1993, 23 de septiembre de 1993 y 27 de julio de 1993, constituidos por valores de $184.655.156, $50.000.000, $50.000.000, $50.000.000, respectivamente, constituidos a favor del Instituto para el desarrollo de Antioquia (Documentos privados en fotocopia simple; fls. 10 a 13 c.1)

    4) Oficios Nos. 712859 del 30 de agosto de 1994, 717045 del 8 de mayo de 1995 y 717695 mediante los cuales el Instituto para el Desarrollo de Antioquia comunica al...

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