Sentencia nº 16394 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 23 de Febrero de 2000 - Jurisprudencia - VLEX 52584684

Sentencia nº 16394 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 23 de Febrero de 2000

Fecha23 Febrero 2000
Número de expediente16394
EmisorSECCIÓN TERCERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

Consejero Ponente: GERMAN RODRIGUEZ VILLAMIZAR

Santa Fe de Bogotá, D.C.V. (23) de febrero del dos mil (2000)

Radicación número: 16394

Actor: CONSORCIO HISPANO-ALEMAN

Demandado: EMPRESA DE TRANSPORTE MASIVO DEL VALLE

DE ABURRA - LTDA “ETMVA”

Referencia: LAUDO ARBITRAL

Conoce la Sala del recurso de anulación interpuesto por la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá (ETMVA), contra el laudo arbitral proferido el 19 de febrero de 1999, (cdnos. 15.1 y 15.2), mediante el cual se hicieron las siguientes:

  1. DECLARACIONES Y CONDENAS

    “…1° Se declaran no probadas las excepciones propuestas por la parte provocada en el arbitraje denominadas inexistencia de la obligación, contrato no cumplido, compensación, restablecimiento del equilibrio económico y financiero, culpa exclusiva del contratista y pago anticipado.

    “2° Por lo expuesto en la parte motiva, no hay lugar a pronunciamiento en relación con la excepción propuesta por la parte provocada en el arbitraje denominada improcedencia en la actualización de intereses.

    “3° Se declara que prospera parcialmente, conforme a los términos de la motivación de este laudo, la excepción propuesta por la parte provocada en el arbitraje, denominada imputación de pagos a capital.

    “4° Se declara que no prospera la objeción por error grave planteada por la ETMVA al dictamen pericial inicialmente practicado en el proceso y a la adición al mismo.

    “5° Se declara que la ETMVA incumplió la obligación de pagar oportunamente las obligaciones monetarias que estaban a su cargo, nacidas del contrato No. 49, vinculadas a las 1882 facturas objeto de la demanda.

    “6° Se condena a la parte provocada, por consiguiente, con fundamento en dicho incumplimiento, a indemnizar a la provocante los perjuicios causados por la mora en el pago de dichas obligaciones monetarias, mediante el pago de las sumas que por concepto de intereses moratorios fueron probados en el proceso y en las cifras y de la manera que aparecen discriminadas y explicadas en la parte motiva, en los montos que a continuación se detallan frente a cada una de las demandantes:

    | |MAN |INTERESES |

    |1 |MARCOS- glosa |1773 |

    |2 |PESOS - glosa |62.615.376 |

    |2.1 |NACIONALIZACION |1.446.754.782 |

    |3 |PESETAS |83.797.601 |

    | |SIEMENS |INTERESES |

    |4.1 |MARCOS. ARLA |1.897 |

    |4.2 |MARCOS. ARLA |0 |

    |5.1 |PESOS. ARLA |203.784.800 |

    |5.2 |PESOS. ARLA |7.408.617 |

    |6.1 |PESETAS. ARLA |88.391.420 |

    |6.2 |PESETAS. ARLA. 6 Fras (sic) |0 |

    |7 |DOLARES |3.432 |

    | |ATEINSA |INTERESES |

    |8 |PESOS |504.190.974 |

    |8.1 |NACIONALIZACION ($) |141.848.156 |

    |9 |PESETAS |661.253.638 |

    |9.1 |US 20 mil. (En pesos) |1.638.885.937 |

    | |OBRAS CIVILES |INTERESES |

    | |FACTURAS EN MARCOS | |

    |11.1 |KFW I- MARCOS |4.747 |

    |11.2 |KFW II- MARCOS |257.135 |

    |11.2.1 |dyckenhoff. KFW II |0 |

    |11.3 |KFW III - MARCOS |3.720 |

    |11.3.1 |dickenhoff. KFW II |0 |

    |11.3.2 |dickenhoff. KFW II |4.808 |

    |11.4 |DOLARES |7.456 |

    TOTAL MARCOS 277.766

    | |PAGADAS EN PESOS |INTERESES |

    |12.1 |Facturadas en M. |908.840.600 |

    |12.2 |Facturadas en Pesetas |3.029.736.828 |

    |12.3 |Facturadas en Pesos |1.234.236.955 |

    |12.4 |Facturada en Dolares (sic) |3.038.196.898 |

    |12.5.1 |Nacionalización |591.673 |

    |12.5.2 |Nacionalización |1.822.079.799 |

    TOTAL PESOS 10.033.682.753

    | |PAGADAS EN PESETAS |INTERESES |

    |13.1 |PESETAS. BEE |27.445.550 |

    |13.2 |PESETAS. BEE |18.112.251 |

    |13.3 |PESETAS. ICO |678.546 |

    |13.4 |Facturada en Dolares (sic) |21.208.702 |

    TOTAL PESETA (sic) 67.445.319

    |14 |DOLARES |INTERESES |

    |14.1 |DOLARES. BEU |2.024 |

    |14.2 |DOLARES. C. comprador |664 |

    |14.3 |ICO - FAD US |339 |

    |14.4 |Otros pagos en Dolares (sic) |28.682 |

    TOTAL DOLARES 31.709

    “7° Condénase a la parte provocada al pago de las costas del proceso en la cuantía liquidada en la parte motiva del presente laudo.

    “8° De conformidad con lo ordenado por el artículo 168 del Decreto 1818 de 1998 y por el artículo 44 del Decreto 2279 de 1989, la Presidenta del Tribunal hará la liquidación final de los gastos; entregará a los árbitros y al secretario la segunda mitad de sus honorarios, cubrirá los gastos pendientes, y previa cuenta razonada, devolverá el saldo a las partes, si lo hubiere.

    “9° Comuniquese (sic) el presente laudo al señor Gerente de la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá Ltda. y al señor P.M. de Medellín, de conformidad con los artículos 173 y 177 del Código Contencioso Administrativo y para los fines allí previstos.

    “10° Ordénase protocolizar el expediente del proceso arbitral en alguna de las notarías de Medellín. Por la Presidenta, procédase de conformidad,” (fls. 363 a 366 cdno. No. 15.2).

  2. COMPLEMENTACION, ACLARACION Y

    CORRECCION DEL LAUDO

    Mediante proveído de 5 de marzo de 1.999 (cdno. No. 16), el Tribunal de Arbitramento resolvió la objeción a la liquidación de costas hecha por la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá Ltda y las solicitudes de complementación, corrección y aclaración del laudo, presentadas por el consorcio demandante.

    En relación con tales aspectos, dispuso:

    “1) No se acoge la objeción a las costas presentada por la parte provocada.

    “2) N. la complementación del laudo y su aclaración formulada por la parte provocante.

    “3) C. el error aritmético que existe en la parte resolutiva del laudo y referido a la fecha hasta la cual se hicieron los cálculos de los intereses adeudados por la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá a las sociedades que integran el Consorcio Hispano Alemán, para que en su lugar se tenga como tal el día diecinueve (19) de febrero de mil novecientos noventa y nueve (1999) y, consiguientemente, las cifras definitivas son las que aparecen en el cuadro que hace parte de esta providencia.

    "4) Corrígense, asimismo, los cálculos de los intereses por errores en los cálculos practicados, exclusivamente respecto de las sociedades provocantes mencionadas en esta decisión (Grupos de Obras Civiles, Siemens), por los conceptos identificados en la petición de las interesadas (gastos de nacionalización, ARLA, fecha relativa al supuesto de la representación legal) y en los casos determinados en las tablas 11.3.1, 11.3.2, 11.2.1; 4.1 y 4.2; 5.1 y 5.2; 6.1 y 6.2; y 7, que se sustituyen por las que a continuación aparecen y de la siguiente manera: las tablas o cuadros números 11.3.1, 11.3.2, 11.2.1, cambian por el número 11.5; las tablas o cuadros números 4.1 y 4.2, cambian por le número 4.3; las tablas o cuadros números 6.1 y 6.2 , cambian por el número 6.3; y el cuadro número 7, por le número 7.3. Igualmente, la condena por intereses, cuyo resumen se incorporó en el numeral sexto de la parte resolutiva del laudo dictado en diecinueve (19) de febrero de mil novecientos noventa y nueve (1999), es en definitiva la que se consigna en el resumen siguiente que reemplaza aquél: “Liquidación intereses

    MAN

    “1 Cifras dadas en Marcos

    “Calculo (sic) dias (sic) de mora: desde el cumplimiento de la glosa hasta la fecha del desembolso.

    “Calculo (sic) factor diario de interés: sobre la base 365 dias (sic).

    “Imputación de pago: intereses - capital

    “Intereses al capital no cubierto: desde la fecha del desembolso hasta el 19 de Feb. 99 (sic)

    “Valor intereses adeudados por al ETMVA 1.777 Marcos

    “2 Cifras dadas en Pesos

    “Calculo (sic) dias (sic) de mora: desde el cumplimiento de la glosa hasta la fecha del desembolso

    “Calculo (sic) factor diario de interés: sobre base 365 días (sic)

    “Imputación de pago: Intereses - capital

    “Calculo (sic) intereses al capital no cubierto: desde la fecha del desembolso hasta el 19 de Feb. 99 (sic)

    “Valor intereses adeudados por la ETMVA $62.858.977 (Pesos).

    “2,1 Intereses sobre Gastos de Nacionalización

    “Cifras dadas en pesos.

    “Calculo (sic) dias (sic) de mora: Desde la fecha de vencimiento de la factura, hasta la fecha de desembolso

    “Calculo (sic) factor diario de interés: sobre base 365 dias (sic)

    “Imputación de pago: Capital - Intereses

    “Actualización hasta el 31 de enero de 1999

    “Valores (sic) intereses adeudados por la ETMVA $1.446.754.782 (pesos)

    “3 Cifras dadas en Pesetas

    “Calculo (sic) dias (sic) de mora. Desde la fecha del vencimiento de la factura, hasta la fecha del desembolso

    “Calculo (sic) factor diario de interés: sobre base 365 dias (sic)

    “Imputación de pago: Intereses - Capital

    “Intereses al capital no cubierto: desde la fecha de desembolso hasta el 19 de Feb. 99 (sic)

    “Valor intereses adeudados por la ETMVA Ptas. (sic) 83.901.041 “Liquidación intereses

    SIEMENS

    “Reemplaza el 4.1 y 4.2

    “4.3. Cifras dadas en Marcos

    “Calculo factor diario del interés: sobre base 365 dias (sic)

    “Imputación de pago: Intereses - capital

    “Dias (sic) mora: desde fecha de vencimiento hasta 18 julio de 1994

    “desde (sic) 17 abril 1995 hasta fecha de desembolso

    “desde (sic) la fecha del desembolso hasta 19 de febrero de 1999

    “Valores intereses adeudados por la ETMVA. Marcos 361.385

    “Reemplaza el 5.1 y 5.2

    “ 5.3 Cifras dadas en pesos

    “Calculo (sic) factor diario de interés: sobre base 365 dias (sic)

    “Dias (sic) mora: desde fecha de vencimiento hasta 18 julio de 1994

    “desde (sic) 17 de abril de 1995 hasta fecha de desembolso

    “desde (sic) fecha de desembolso

    “desde (sic) la fecha del desembolso hasta 19 de febrero de 1999

    “Valores intereses adeudados por la ETMVA. $532.199.891 (pesos)

    “Reemplaza 6.1. Y 6.2 (sic)

    “ 6.3 Cifras dadas en Pesetas

    “Calculo (sic) dias (sic) de mora: desde la fecha de vencimiento de la factura, hasta la fecha de desembolso.

    “Calculo (sic) factor diario de interés: sobre base 365 dias (sic)

    “Imputación de pago. Intereses - capital

    “Intereses al capital no cubierto: desde la fecha de desembolso hasta el 19 de Feb. 99 (sic)

    “Valores intereses adeudados por la ETMVA. Pestas (sic) 269.809.664

    “Reemplaza el 7

    “ 7.3 Cifras dadas en Dolares (sic)

    “Calculo (sic)factor diario de intereses: sobre base 365 días (sic)

    “Imputación de pago: Intereses - capital

    “Dias (sic) mora: desde fecha vencimiento hasta...

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