Sentencia nº 17097 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 3 de Agosto de 2000 - Jurisprudencia - VLEX 52588273

Sentencia nº 17097 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 3 de Agosto de 2000

Número de expediente17097
Fecha03 Agosto 2000
EmisorSECCIÓN TERCERA
MateriaDerecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

Consejero ponente: GERMAN RODRIGUEZ VILLAMIZAR

Santafé de Bogotá, D.C., tres (3) de agosto del dos mil (2000)

Radicación número: 17097

Actor: CENTRAL HIDROELECTRICA DE C.S.A. E.S.P.

Demandado: MUNICIPIO DE SALAMINA Conoce la Sala de la apelación interpuesta por el actor en contra del auto del 9 de abril de 1999, por medio del cual el Tribunal Administrativo de Caldas dispuso:

“NIEGASE LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO en contra del MUNICIPIO DE SALAMINA y en favor de la CENTRAL HIDROELECTRICA DE CALDAS -CHEC- por la suma de MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS M/CTE. ($1.247.630.232,oo), correspondiente a servicio de energía eléctrica suministrada hasta el 13 de noviembre de 1998.

“DEVUELVANSE los anexos sin necesidad de desgloce (sic) una vez ejecutoriada esta providencia” (fl. 27). I. ANTECEDENTES

  1. - A través de apoderado judicial, mediante escrito presentado el 4 de febrero de 1999 (fls. 18 a 21), la empresa Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. (CHEC S.A. E.S.P.), formuló demanda ejecutiva singular ante el Tribunal Administrativo de Caldas, con el fin de que se libre mandamiento en contra del municipio de Salamina (Caldas), por valor de las facturas que se relacionan a continuación, relativas a la prestación del servicio de alumbrado público, más intereses moratorios causados respecto de cada una de ellas:

    NUMERO VALOR PERIODO DE MESES SECTOR

    FACTURACION DE DEUDA

    2698892 $1.053.192.031 jul/29 - ago/28 - 98 110 Salamina

    2696753 $ 194.438.201 jul/29 - ago/28 - 98 99 San Félix

    (corregimiento)

    Para el efecto, la actora allegó como título de recaudo los siguientes documentos:

    1. Las dos facturas de cobro de prestación del servicio antes descritas (fol. 2).

    2. Copia autenticada ante Notaría del acuerdo número 009 del 3 de diciembre de 1990 expedido por el Concejo Municipal de Salamina, mediante el cual se establece la estructura tarifaria para la prestación del servicio público

  2. - Mediante auto del 9 de abril del año en curso, el a quo negó el mandamiento de pago solicitado por la actora (fls. 24 a 27), por considerar que en tratándose del cobro coactivo de obligaciones causadas por la prestación del servicio público de energía eléctrica, el título ejecutivo reviste las características de complejo, el cual no se encuentra acreditado en debida forma en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR