Sentencia nº 12358 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 14 de Noviembre de 1996
Número de expediente | 12358 |
Fecha | 14 Noviembre 1996 |
Emisor | SECCIÓN SEGUNDA |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo |
Tipo de documento | Sentencia |
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
Consejero ponente: CARLOS ARTURO ORJUELA GÓNGORA
Santafé de Bogotá, D.C., catorce (14) de Noviembre de mil novecientos noventa y seis (1996)
Radicación número: 12358
Actor: C.H.G.M.
Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA – POLICIA NACIONAL
Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, el 30 de mayo de 1995, mediante la cual negó las pretensiones del libelo demandatorio.
LA DEMANDA
En ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada mediante apoderado por el señor C.H.G.M., solicitó al Tribunal a quo declarar la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución No. 13717 de diciembre 17 de 1993, por medio de la cual se retiró del servicio administrativo de la Policía Nacional al actor.
Como consecuencia de la anterior declaración, la Nación —Policía Nacional—, deberá reintegrar al demandante al cargo que venía desempeñando a otro de igual o superior categoría, junto con el pago de los salarios y prestaciones sociales dejados de devengar por razón del acto acusado más los aumentos y beneficios que se decreten hasta el día en que se ordene su reintegro y el valor de los gastos por servicios médicos y hospitalarios en que hubiera incurrido.
Como hechos que sustentan las anteriores pretensiones se narran los siguientes;
El señor C.H.G.M. fue notificado y así mismo firmó, que había sido retirado del servicio administrativo de la Policía Nacional el 23 de diciembre de 1993, y se mencionó en dicha notificación la Resolución “13717 del 17 -12 -93” sin habérsela entregado, como tampoco hasta la fecha se ha hecho a pesar de su petición.
En su hoja de vida aparecen numerosos conceptos favorables, al igual que los diferentes cursos en los cuales se preparó. A folio final de la hoja de vida en la Primera Estación de la Policía Metropolitana se dice que se cierra “por destitución como agente de la Policía”. Se le retiró sin conocer las circunstancias.
Durante el desempeño del señor G. recibió menciones honorafícas por sus virtudes policivas y ejemplar comportamiento en los períodos 1984 - 1987; 1987 - 1990; ya en el año de 1992 había recibido la medalla de servicios de 15 años. En publicación de prensa del 30 de diciembre de 1992 se daba a conocer que “por conductas irregulares a lo largo de 1993 destituidos 2800...
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