Sentencia nº 8045 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 27 de Noviembre de 1995 - Jurisprudencia - VLEX 52610462

Sentencia nº 8045 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 27 de Noviembre de 1995

Número de expediente8045
Fecha27 Noviembre 1995
EmisorSECCIÓN SEGUNDA
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

Consejero ponente: DIEGO YOUNES MORENO

Santa Fe de Bogotá, D.C., veintisiete (27) de noviembre de mil novecientos noventa y cinco (1995)

Radicación número: 8045

Actor: M.I.P.D.Y.

Demandado: CONTRALORIA DEL MUNICIPIO DE MANIZALES Se decide el recurso apelación interpuesto por la parte demandada -municipio de Manizales - Contraloría Municipal contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Caldas el 2 de diciembre de 1992, mediante la cual se accedió a las pretensiones de la demanda en el proceso número 86 - 83.

M.I.P. de Y., por conducto de apoderado y en ejercicio de la acción prevista en el artículo 85 del C.C.A., demandó del citado Tribunal la nulidad de la Resolución número 177 de 15 de febrero de 1990, expedida por el Contralor General del municipio de Manizales, por la cual declaró insubsistente su nombramiento como J. de Sección Auditoría y Revisoría. Solicitó igualmente que como consecuencia de la nulidad se ordenara su reintegro al cargo que venía desempeñando o a otro de igual o superior categoría y el pago de los emolumentos dejados de percibir con sus reajustes e intereses legales.

Sostiene en su libelo que hubo desviación de poder en la expedición del acto toda vez que se produjo por razón política consistente en la ruptura de la coalición liberal - conservadora que sostenían en el Concejo Municipal de Manizales los Senadores L.G.G.H., del partido liberal oficialista, y O.Y.A., del partido conservador, formándose una nueva coalición entre el primero de los nombrados y el Senador R.M.B., como trascendió en la prensa y radio locales, y que desató la persecución política en contra de los conservadores militantes en el sector del Senador Yepes Alzate, uno de ellos la demandante.

El municipio de Manizales dio contestación a la demanda oponiéndose a sus pretensiones, señalando que la actora era empleada de libre remoción por el nominador, carente de circunstancias legales de inamovilidad; y que la resolución de insubsistencia corresponde a un acto fundado en el Acuerdo 001 del Concejo Municipal que impuso la necesidad de reorganizar la Contraloría.

LA SENTENCIA APELADA

Lo primero que observó el Tribunal fue que la actora no era funcionaria de carrera ni ejercía un empleo de período fijo, pero accedió a lo pedido porque encontró demostrada la alegada desviación de poder, con fundamento en los argumentos que se resumen a continuación:

Porque encontró demostrada la filiación política conservadora de la demandante, lo cual dedujo de las relaciones de descuentos autorizados con destino a la agrupación política que orienta el Senador Yepes Alzate; así como la filiación liberal del autor del acto acusado.

Por las numerosas declaraciones de insubsistencia “de que fueron objeto empleados de filiación conservadora”, cuyas resoluciones fueron aportadas en copia autenticada por la demandante, y que en su gran mayoría fueron reemplazadas por empleados de filiación liberal o conservadora orientados por el Senador R.M.B..

Porque la facultad discrecional no es...

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