Sentencia nº 540001-23-33-000-2014-00078-01(AC) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 5 de Junio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 555606042

Sentencia nº 540001-23-33-000-2014-00078-01(AC) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 5 de Junio de 2014

Fecha05 Junio 2014
EmisorSECCIÓN CUARTA
MateriaDerecho Fiscal
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION CUARTA

Consejero ponente: JORGE OCTAVIO RAMIREZ RAMIREZ

Bogotá D.C., cinco (5) de junio de dos mil catorce (2014)

Radicación número: 540001-23-33-000-2014-00078-01(AC)

Actor: RAMONIDES CASTILLA ASCANIO

Demandado: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y OTRO

Decide la Sala la impugnación interpuesta por la accionante contra la sentencia del primero (1°) de abril de 2014 proferida por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, que amparo el derecho fundamental a la vivienda digna de la actora y, en consecuencia, expresó:

“SEGUNDO: ORDENAR a la Caja de Compensación Familiar del Oriente ‘COMFAORIENTE’ que una vez la señora R.C.A. identificada con C.C. N° 37.746.377 expedida en Bucaramanga, se presente en las instalaciones de la entidad, proceda a acompañarla y orientarla, suministrándole toda la información necesaria respecto de los trámites que debe seguir para que ella y su hogar se postulen adecuadamente, a los programas y beneficios de Vivienda que adelanta el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA.

TERCERO: INSTAR a la señora R.C.A. identificada con C.C. N° 37.746.377 expedida en Bucaramanga, para que se presente en el término de la instancia, en las instalaciones de la Caja de Compensación Familiar del Oriente ‘COMFAORIENTE’, más cercana a su residencia, a efectos de la aludida le suministre toda la información necesaria, respecto de los trámites que debe seguir para que ella y su hogar se postulen adecuadamente, a los programas y beneficios de vivienda que adelanta el Gobierno Nacional a través de FONVIVIENDA.

[…]”.

I-

ANTECEDENTES

La señora R.C.A., actuando en nombre propio, instauró acción de tutela contra la Presidencia de la República y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio por considerar vulnerados los derechos fundamentales a la vivienda digna y petición.

1.- Hechos

Del expediente, se advierten como hechos relevantes los siguientes:

  1. La señora R.C.A. manifestó que es víctima de la violencia generalizada, por la cual se vio obligada a abandonar su vivienda junto con su grupo familiar, el que se compone por 9 personas, entre ellos 5 menores de edad.

  2. Señaló que, acudió a la Caja de Compensación “COMFAORIENTE” a “solicitar la postulación para acceder a una vivienda, creo que fue hace como seis meses, la primera vez que fui me dijeron que tenía que esperar que hubieran postulaciones y la segunda vez que fui me dijeron que tenía que esperar que apareciera en la base de datos”.

  3. Adujo que presentó una solicitud ante la Presidencia de la República y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para que la postularan al subsidio familiar, pero que no le han dado una respuesta de fondo.

  4. Mediante escrito radicado N° DPG14-00000869 del 16 de enero de 2014, la Presidencia de la Republica le manifestó a la actora que la entidad competente para resolver su solicitud era el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio por lo que remitió la petición a dicha entidad.

  5. En comunicación N° 2014EE0010772 del 18 de febrero de 2014, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, le dio información a la actora sobre todo los diferentes subsidios que existen y a los que puede tener derecho como desplazada por la violencia y el tramite a realizar para acceder a ellos.2.- Fundamentos de la acción

    La señora R.C.A. manifiesta que por su condición de desplazada es un sujeto de protección especial, máxime cuando su grupo familiar está conformado por menores de edad, por lo que, mediante el ejercicio de la presente acción solicita la postulación a los subsidios de vivienda y las ayudas humanitarias a las que tiene derecho.

  6. - Pretensiones:

    Del escrito de tutela y de la diligencia de ampliación de los hechos[1], se tiene que lo que pretende la señora R.C.A. es que se le ordene al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, incluirla en el Registro Único de desplazados y así pueda obtener las ayudas humanitarias y el subsidio de vivienda al que tiene derecho como desplazada por la violencia.

    Una vez avocado el conocimiento de la presente acción...

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