Sentencia nº 47001-23-33-000-2013-00298-01(AC) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 27 de Marzo de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 555619538

Sentencia nº 47001-23-33-000-2013-00298-01(AC) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 27 de Marzo de 2014

Fecha27 Marzo 2014
EmisorSECCIÓN CUARTA
MateriaDerecho Fiscal
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION CUARTA

Consejero ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BARCENAS

Bogotá, D.C., veintisiete (27) de marzo de dos mil catorce (2014)

Radicación número: 47001-23-33-000-2013-00298-01(AC)

Actor: A.E.D.P.

Demandado: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y OTROS

La Sala decide la impugnación formulada por el señor A.E.D.P. contra la sentencia del 20 de enero de 2014, proferida por el Tribunal Administrativo del M., que rechazó por improcedente la acción de tutela. 1. Pretensiones

El señor A.E.D.P. presentó acción de tutela contra la Nación – Presidencia de la República, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Educación Nacional y el Departamento Administrativo de la Función Pública, toda vez que consideró vulnerados los derechos fundamentales a la igualdad y al debido proceso. En consecuencia, formuló las siguientes pretensiones:

“Amparar los derechos fundamentales de la Buena Fe (Confianza Legítima), Debido Proceso e igualdad vulnerados por el Gobierno Nacional al expedir el Decreto No 2940 de 5 de agosto de 2010, ‘Por el cual se modifica parcialmente la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media, que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002’, al no haber actuado de conformidad con el Principio Constitucional de la Buena Fe del artículo 83 Superior en armonía con el Debido Proceso establecido por el artículo 29 de la Carta Política y con el principio y derecho de igualdad (Preámbulo y Art. 13 Ibídem) por cuanto dicho acto administrativo general no aplicó el aumento adicional del 8% comprometido desde el año 2008 con ocasión del debate de control político efectuado en el Senado de la República y, en consecuencia, ordenar al Gobierno Nacional su modificación mediante la expedición de otro acto administrativo general que aplique al salario docente [durante el año 2010] con veracidad el aumento adicional del 8% sobre la inflación causada en el año 2009 (sic)”. 2. Hechos

De los hechos narrados en la tutela, se destacan los siguientes:

Que el artículo 111-2 de la Ley 715 de 2001 otorgó facultades extraordinarias al presidente de la república para expedir el denominado Estatuto de Profesionalización Docente, que debía tener en cuenta, entre otros, el criterio de “Mejor salario de ingreso a la carrera docente”.

Que, en ejercicio de facultades extraordinarias, el gobierno nacional profirió el Decreto Ley 1278 de 2002, cuyo artículo 46 estableció la escala única nacional de salarios y el régimen prestacional para los docentes escalafonados, de acuerdo con el grado y nivel que acreditaran en el escalafón docente.

Que, en el año 2008, durante un debate de control político adelantado en la comisión sexta del Senado de la República, el gobierno nacional, por conducto de la ministra de educación, se comprometió a decretar un aumento salarial del 8 % sobre la inflación para los años 2008, 2009 y 2010, a favor de los docentes y directivos docentes regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002.

Que el compromiso de la ministra de educación nacional fue ampliamente difundido en los medios de comunicación, por lo que el demandante, en su condición de docente cobijado por el Decreto Ley 1278 de 2002, confió en que el gobierno nacional “iba a cumplir su palabra”, en relación con el aumento salarial del 8 % por encima de la inflación, no únicamente para los años 2008 y 2009, como en efecto lo hizo, mediante la expedición de los decretos 714 del 6 de marzo de 2008 y 1238 del 13 de abril de 2009, respectivamente, sino también para el año 2010, año en el que incumplió la promesa porque el aumento adicional fijado, mediante Decreto 2940 del 5 de agosto de 2010, “fue tan solo del 2.5% sobre la inflación causada durante el año 2009”.

  1. Argumentos de la tutela

    A juicio del demandante, el incumplimiento del gobierno nacional a la promesa de incrementar el salario de los docentes y directivos docentes para el año 2010, en un 8 % sobre la inflación causada en el año anterior, desconoce el principio de la buena fe que rige las actuaciones de la administración.

    Que, según lo ha dicho la Corte Constitucional[1], los debates...

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