Sentencia nº 08001-23-31-000-2013-00866-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 4 de Octubre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 656502065

Sentencia nº 08001-23-31-000-2013-00866-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 4 de Octubre de 2016

Fecha04 Octubre 2016
EmisorSECCIÓN CUARTA
Tipo de documentoSentencia

ASEGURADORAS EN PROCESOS DE DETERMINACION DE IMPUESTOS – No están legitimadas para controvertir los actos de liquidación de impuestos / POLIZA DE GARANTIA EN PROCESO TRIBUTARIOS – El acto administrativo que hace efectiva la póliza es la sanción por devolución y/o compensación improcedente

Como fue expuesto en el auto recurrido, la jurisprudencia de esta Sección ha considerado que “(…) las aseguradoras no estarían legitimadas para controvertir los actos de liquidación oficial de impuestos, en la medida en que no asumen la obligación de pagar ese mayor impuesto. En efecto, cuando se examina el contenido de la Liquidación Oficial de Revisión No. 022412012000070 del 10 de julio de 2012 y la Resolución No. 900.377 del 12 de agosto de 2013, actos administrativos controvertidos en el proceso de la referencia, se evidencia que en tales actos no se hace ninguna declaración en contra de la sociedad actora, ni hace efectiva la póliza cuya nulidad se pretende ante la Jurisdicción Ordinaria. Como consecuencia de lo anterior, no tiene objeto esperar que el Juez Civil se pronuncie sobre la validez del contrato de seguro, en la medida que nada tiene que ver con la legalidad de los actos administrativos de determinación del tributo, en donde sólo se verificó la obligación de pagar un mayor valor por concepto de impuesto. (…) Sobre este punto, se reitera que de la lectura de los actos administrativos acusados no deriva que en ellos se haya hecho efectiva ninguna garantía a cargo de la sociedad demandante, de forma que no habría posibilidad de tener decisiones encontradas. En efecto, en caso de que prosperen o no las pretensiones de la demandad de nulidad y restablecimiento del derecho nada se resolverá sobre la obligación a cargo de la sociedad actora, pues el acto administrativo que hace efectiva la póliza es la sanción por devolución y/o compensación improcedente.CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION CUARTAConsejero ponente: JORGE OCTAVIO RAMIREZ RAMIREZ

Bogotá D.C., cuatro (4) de octubre de dos mil dieciséis (2016)

Radicación número: 08001-23-31-000-2013-00866-01(22039)

Actor: SEGUROS FENIX S.A. ANTES ROYAL & SUN ALLIANCE SEGUROS COLOMBIA S.A.

Demandado: DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - DIAN

AUTO

Decide el Despacho el recurso de reposición interpuesto por la parte demandante contra el auto del 19 de julio de 2016, mediante el cual fue negada la solicitud de suspensión del proceso por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR