Sentencia nº 11001-03-15-000-2011-00520-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 23 de Mayo de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 355759234

Sentencia nº 11001-03-15-000-2011-00520-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 23 de Mayo de 2011

Número de expediente11001-03-15-000-2011-00520-00
Fecha23 Mayo 2011
EmisorSECCIÓN SEGUNDA
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

SUBSECCIÓN A

CONSEJERO PONENTE: Dr. ALFONSO VARGAS RINCÓN

Bogotá D.C., mayo veintitrés (23) del año dos mil once (2011)

Radicación número: 11001-03-15-000-2011-00520-00

Acción de Tutela

Actor: J.M.F.D.

Decide la Sala la acción de tutela interpuesta por J.M.F.D., contra el Tribunal Administrativo de Arauca y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Arauca.

ANTECEDENTES

J.M.F.D., actuando por intermedio de apoderado interpuso acción de tutela con el fin de obtener la protección de sus derechos constitucionales fundamentales al debido proceso, a la defensa, al trabajo y de acceso a la administración de justicia que considera vulnerado por los Despachos Judiciales demandados.

Pretensiones de la acción-

Las concreta así:

& se declare que las sentencias proferidas el 3 de febrero de 2011 por la Sala de Decisión del Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por J.M.F.D., así como, de la dictada el 18 de mayo de 2010, por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Arauca, dentro del mismo proceso, constituyen evidentes vías de hecho judicial por defecto orgánico y procedimental, por las razones que se expondrán en los antecedentes de está demanda.

Se declare que las vías de hecho judicial denunciadas constituyen violación flagrante de los derechos constitucionales fundamentales del accionante (sic) al debido proceso, a la defensa, al trabajo, al libre acceso a la administración de justicia entre otros.

Como consecuencia de las declaraciones precedentes singularizadas:

&

Se revoquen las sentencias proferidas por la Sala de Decisión del Tribunal Administrativo de Arauca dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho 2006-00161 promovido por J.M.F.D. contra el Hospital San Vicente de Arauca ESE.

Se ordene al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Arauca proferir un fallo de primer grado acorde con las pretensiones, hechos, razones y fundamento de derecho formulados en la demanda&

Fundamenta su petición en los siguientes HECHOS:

Por conducto de apoderado judicial, promovió demanda de nulidad y restablecimiento del derecho en contra del Hospital San Vicente de Arauca ESE.

El proceso fue conocido inicialmente por el Tribunal Administrativo de Arauca, que mediante auto dictado el 9 de marzo de 2009 dispuso admitir la demanda y el correspondiente traslado al ente demandado para su contestación.

Con ocasión de la entrada en funcionamiento de los Juzgados Administrativos, el expediente fue remitido al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Arauca, Despacho Judicial que el 9 de agosto de 2006, avocó conocimiento.

Una vez llevada a cabo la totalidad del proceso, el Juzgado profirió sentencia el 18 de mayo de 2010 en la cual resolvió negar las pretensiones de la demanda por encontrar probada la excepción de caducidad de la acción.

Inconforme con la decisión de primera instancia, interpuso recurso de apelación oportunamente ante el Tribunal Administrativo de Arauca, el cual dictó sentencia el 3 de febrero de 2011 por medio de la cual confirmó en su integridad la sentencia dictada por el a quo.

LA CONTESTACIÓN

A folio 55 del expediente, obra contestación a la tutela de la referencia por parte del Tribunal Administrativo de Arauca en la que manifestó que tratándose la presente acción de tutela de un problema de mera hermenéutica jurídica, reitera los argumentos que afianzaron la decisión judicial cuestionada como vía de hecho y por consiguiente se remite a los argumentos contenidos en la misma.

CONSIDERACIONES

Estima el actor vulnerados sus derechos constitucionales fundamentales al debido proceso, defensa, trabajo y acceso a la administración de justicia, por parte del Juzgado...

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