Sentencia nº 08001-23-31-000-1998-01812-01(4529-05) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 24 de Enero de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 52485775

Sentencia nº 08001-23-31-000-1998-01812-01(4529-05) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 24 de Enero de 2008

Número de expediente08001-23-31-000-1998-01812-01(4529-05)
Fecha24 Enero 2008
EmisorSECCIÓN SEGUNDA
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA - SUBSECCION "A"

Consejero ponente: JAIME MORENO GARCIA

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de enero de dos mil ocho (2008).

Radicación número: 08001-23-31-000-1998-01812-01(4529-05)

Actor: F.H.J.

Demandado: DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA

Se decide el recurso de apelación interpuesto por el demandante contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Atlántico el 21 de octubre de 2004, en el proceso promovido por F.H.J. contra el DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA.

ANTECEDENTES

FELIZ H.J., actuando por medio de apoderado especial en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, solicitó mediante demanda que fue posteriormente corregida (fls. 31-37) la declaratoria de nulidad del decreto No. 299 del 4 de junio de 1998, mediante el cual el Alcalde Distrital de Barranquilla suprimió de la planta de personal el cargo que desempeñaba como J. de División Observatorio Inmobiliario de la Secretaría de Hacienda Distrital. Así mismo, solicita el consecuente restablecimiento del derecho.

Expone el actor como hechos de la demanda, que laboró al servicio del Distrito de Barranquilla entre el 4 de junio de 1991 y el 8 de junio de 1998, cuando se hizo efectivo su retiro por supresión del empleo mediante decreto 299 del 4 de junio del mismo año; que el último cargo que ocupó fue el de Jefe de División de Observatorio Inmobiliario de la Secretaría de Hacienda Distrital, el cual ejerció cumpliendo a cabalidad con las funciones y obligaciones inherentes a su cargo.

Narra que como consecuencia de la supresión enunciada, optó por la revinculación; que aún así, se produjo su retiro mediante el acto acusado, el cual está afectado de nulidad por cuanto fue expedido por funcionario incompetente, con desviación de poder, falsa motivación, y violando las normas constitucionales y legales en las que debió fundarse.

LA SENTENCIA APELADA

El Tribunal denegó las pretensiones de la demanda (fls. 106-116).

Dijo el a quo que no tiene vocación de prosperidad el cargo de incompetencia endilgado por el actor, con fundamento en que el S. General de la Alcaldía, que fungía como Alcalde encargado cuando expidió el acto acusado, carecía de requisitos para ejercer este último empleo, pues si bien el Alcalde de Barranquilla hizo cambios no autorizados en los requisitos para ejercer el cargo de S. General a través del decreto 003 de 1998, lo cierto es que desconocía en ese momento la existencia del fallo de inexequibilidad C-570 del 6 de noviembre de 1997, mediante el cual declaró inexequible el art. 192 de la ley 136 de 1994 que otorgaba facultades a las Asambleas Departamentales, G., C.M. y Alcaldes para establecer el régimen de requisitos y calidades para el ejercicio de empleos del nivel territorial; que además, quien expidió el acto de supresión del cargo fue el Alcalde de Barranquilla, mientras que el S. General sólo emitió la respuesta al actor sobre la imposibilidad de revincularlo, mediante acto que no fue objeto de demanda dentro de este proceso.

Expresó que tampoco es válido el argumento según el cual, el acto se encuentra viciado de nulidad por cuanto no existía disponibilidad presupuestal para cubrir el pago de las indemnizaciones, pues aunque el Alcalde no realizó la expedición general de rentas y gastos, por lo que tuvo que hacer uso de las facultades otorgadas por el art. 238 de la Constitución Política y por ende no estableció presupuesto para cubrir el rubro de indemnizaciones, el mismo funcionario expidió los decretos 024 y 025 de 1998, por los cuales se modificó el presupuesto distrital y se creó una apropiación para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR