Sentencia nº 25000-23-26-000-2004-00271-01(31972) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 30 de Marzo de 2006
Fecha | 30 Marzo 2006 |
Número de expediente | 25000-23-26-000-2004-00271-01(31972) |
Emisor | SECCIÓN TERCERA |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Tipo de documento | Sentencia |
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
Consejera ponente: R.S. CORREA PALACIO
Bogotá, D.C., treinta (30) de marzo de dos mil seis (2006)
Radicación número: 25000-23-26-000-2004-00271-01(31972)
Actor: C.C.A.
Demandado: DISTRITO CAPITAL - INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE
Referencia: ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - APELACION AUTO
Resuelve la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra el auto proferido por la Sección Tercera, Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el 14 de julio de 2005, a través del cual declaró la perención del proceso, providencia que será revocada.
-
El 23 de enero de 2004, a través de apoderado judicial, el señor C.C.A., presentó demanda en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, con el fin de que se declare la nulidad de la resolución No. 597 del 18 de noviembre de 2003, mediante la cual la entidad demandada adjudicó la licitación pública No.028 de 2003 a otro proponente y se indemnicen los perjuicios que se le causaron con dicho acto administrativo.
En escrito separado presentó solicitud de suspensión provisional del acto demandado.
-
La anterior demanda fue admitida mediante auto de 11 de noviembre de 2004, en el cual se ordenó notificar a la entidad demandada y al Ministerio Público, se fijó por concepto de gastos ordinarios del proceso la suma de $147.000 pesos a cargo de la parte demandante, se ordenó la fijación en lista por el término de 10 días, se negó la solicitud de suspensión provisional y se reconoció personería al abogado J.L.R.M. como apoderado de la parte actora.
-
El auto admisorio de la demanda fue notificado personalmente al Agente del Ministerio Público el 16 de noviembre de 2004 y al demandante por estado fijado el 17 de noviembre del mismo año.
-
El 2 de junio de 2005, mediante nota de la secretaria (fl. 58 C.1) se informó al despacho que el expediente había permanecido en secretaría inactivo por un término superior a 6 meses sin que se registrara actuación alguna de la parte actora tendiente a la notificación de la parte demandada o a la consignación del valor fijado como gastos del proceso.
-
La parte actora mediante escrito presentado el 3 de junio de 2005 allegó el recibo de consignación No. 035445665 -03/06-05, por valor de $147.000, con en el fin de realizar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba