Sentencia nº 11001-00-00-000-1999-01810-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 21 de Septiembre de 2006
Fecha | 21 Septiembre 2006 |
Número de expediente | 11001-00-00-000-1999-01810-01 |
Emisor | SECCIÓN QUINTA |
Materia | Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
Tipo de documento | Sentencia |
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION QUINTA
Consejero ponente: REINALDO CHAVARRO BURITICA
Bogotá, D.C., 21 de septiembre de 2006
Radicación número: 11001-00-00-000-1999-01810-01
Actor: SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Demandado: SUMMA CORPORATION C.A
Procede la Sala a resolver la excepción de mérito propuesta por el Curador Ad- litem de la sociedad inversionista SUMMA CORPORATION C.A, contra el mandamiento de pago del 01 de octubre del 1999 dictado por el Grupo de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Sociedades.
El Superintendente de Sociedades, mediante Resolución No 230-733 del 19 de mayo de 1999, impuso multa solidaria a la sociedad inversionista SUMMA CORPORATION C.A., y a la señora M.L.L.P., por la suma de TREINTA UN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL PESOS ($31.353.000) moneda corriente equivalente al 10% de la infracción cambiaria comprobada; la notificación de la resolución se hizo personalmente a la doctora G.L.H.A. en su calidad de curadora ad-litem de los demandados, y la resolución sancionatoria quedó debidamente ejecutoriada el 31 de mayo de 1999.
Con base en la referida resolución, el abogado ejecutor del Grupo de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva, mediante providencia del 01 de octubre de 1999, dictó mandamiento de pago por vía ejecutiva de jurisdicción coactiva a favor de la Superintendencia de Sociedades y en contra de la sociedad SUMMA CORPORATION C.A. y de la señora M.L.L.P., por la suma de TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL PESOS ($31.353.000).
El mandamiento de pago, ante la falta de notificación personal a los demandados, se hizo a través de curador Ad Litem designado y posesionado para el efecto el día 28 de junio del 2002, quien actúa en representación únicamente de la sociedad SUMMA CORPORATION C.A., debido a que mediante la Resolución No.230-1169 del 28 de junio de 2001, la Superintendencia de Sociedades resolvió revocar oficiosa y parcialmente la Resolución No 230-733 del 19 de mayo de 1999, en el sentido de exonerar de la sanción a la señora M.L.L.P. y, por tanto, imponer la multa sólo a la nombrada sociedad.
Mediante escrito presentado el 03 de julio del 2002 (fls. 92 y 93), el curador ad litem de SUMMA CORPORATION C.A. propuso la excepción de mérito “falta de título base de la acción ejecutiva” que sustentó de la siguiente manera:
“Como se puede observar se libra...
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