Sentencia nº 05001-23-31-000-2000-00588-01(14523) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 12 de Octubre de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 52525049

Sentencia nº 05001-23-31-000-2000-00588-01(14523) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 12 de Octubre de 2006

Fecha12 Octubre 2006
Número de expediente05001-23-31-000-2000-00588-01(14523)
EmisorSECCIÓN CUARTA
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION CUARTA

Consejera ponente: LIGIA LOPEZ DIAZBogotá, D.C., doce (12) de octubre de dos mil seis ( 2006)

Radicación número: 05001-23-31-000-2000-00588-01(14523)Actor: M.S.G.M.

Demandado: DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

Referencia: Contribución de valorización

FALLO

Se decide el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de 13 de noviembre de 2003 del Tribunal Administrativo de Antioquia, desestimatoria de las súplicas de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos de liquidación y distribución de la contribución de valorización por la obra de ampliación, rectificación y pavimentación de la carretera Urrao-Betulia.

ANTECEDENTES

El 16 de septiembre de 1998 el Gobernador del Departamento de Antioquia expidió la Resolución 1187, “por medio de la cual se distribuyen las contribuciones de valorización, con motivo de la ampliación, rectificación y pavimentación de la carretera URRAO-BETULIA”, en la cual se asignó contribución de valorización a dos (2) predios de propiedad de M.S.G.M., de las siguientes características:

Número 847-012-194

Matrícula inmobiliaria 036-0008423

Valor Contribución $2.020.936.

Número 847-014-031

Matrícula inmobiliaria 036-0008337

Valor Contribución $8.954.633

El actor interpuso recurso de reposición contra la citada resolución, el cual se resolvió con la Resolución 10094 de 10 de noviembre de 1999 y se confirmó el acto recurrido.

DEMANDA

El actor solicitó la nulidad de las citadas resoluciones y a título de restablecimiento del derecho pidió señalar un menor valor de la contribución, aplicando el factor real.

Fundamento de las pretensiones:

El Departamento Administrativo de Valorización de Antioquia impuso al predio distinguido con matrícula inmobiliaria 036-0008337, ubicado en la zona rural, una contribución de valorización de $8.954.633, sin tener en cuenta que dicho predio no recibe ningún beneficio con motivo de la obra de ampliación, rectificación y pavimentación de la carretera Urrao-Betulia, dado que queda a una hora a caballo de la carretera, por trayecto destapado.

Asimismo se impuso contribución al predio distinguido con matrícula inmobiliaria 036-0008423, ubicado en la zona urbana de Urrao, por $2.020.936, que tampoco resulta acorde con el beneficio recibido de la obra, pues se trata de un predio improductivo que sólo genera gastos, habida consideración que por la violencia y descomposición social de la zona, el actor y su familia se han visto obligados a desplazarse a otros lugares. Además, el predio linda con otras fincas que no fueron gravadas por encontrarse ubicadas en área urbana al frente del aeropuerto.

OPOSICIÓN

La demandada advirtió que los motivos que aduce el actor para desvirtuar la legalidad de la actuación acusada fueron...

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