Sentencia nº 070012331000200700083-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 27 de Noviembre de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 53468821

Sentencia nº 070012331000200700083-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 27 de Noviembre de 2008

Fecha27 Noviembre 2008
Número de expediente070012331000200700083-01
EmisorSECCIÓN QUINTA
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

Consejera Ponente: MARÍA NOHEMÍ HERNÁNDEZ PINZÓN

Bogotá D.C., veintisiete (27) de noviembre de dos mil ocho (2008)

Expediente No. 070012331000200700083-01

Demandante: Dr. E.R.S.R.

Demandado: Gobernador de Arauca – Dr. Freddy Forero

Requiniva

Proceso: Proceso Electoral

La Sala se ocupa de resolver las peticiones formuladas por el tercero interviniente M.A.C.M., por el demandante E.R.S.R. y por el demandado F.F.R..

  1. - A la solicitud formulada por el señor M.A.C.M. el 20 de noviembre de 2008, sobre aclaración de la sentencia dictada por esta Sección el 23 de octubre de 2008, la Sala responde que se rechaza por extemporánea, ya que según el artículo 246 del C.C.A., podía presentarse hasta los dos días siguientes a su notificación, es decir que al haberse desfijado el edicto el 31 de octubre de 2008 (fl. 1088), la oportunidad precluyó el 5 de noviembre siguiente.

  2. - Frente a la petición formulada por el propio demandado F.F.R., para que se adicione el auto del 14 de noviembre de 2008, por medio del cual se denegó la solicitud de aclaración deprecada por el mismo respecto de la sentencia de segundo grado del 23 de octubre de 2008, la Sala igualmente la rechaza porque, además de encubrir una conducta dilatoria del accionado, se insiste en la aclaración del concepto “intervención en celebración de contratos”...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR