Sentencia nº 11001-03-15-000-2013-02303-01(AC) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 21 de Mayo de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 555610066

Sentencia nº 11001-03-15-000-2013-02303-01(AC) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 21 de Mayo de 2014

Fecha21 Mayo 2014
EmisorSECCIÓN QUINTA
MateriaDerecho Constitucional
Tipo de documentoSentencia

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION QUINTA

Consejera ponente: SUSANA BUITRAGO VALENCIA

Bogotá D. C., veintiuno (21) de mayo de dos mil catorce (2014)

Radicación número: 11001-03-15-000-2013-02303-01(AC)

Actor: A.U.P.O.

Demandado: CONSEJO DE ESTADO - SECCION SEGUNDA - SUBSECCION A

Procede la Sala a resolver la impugnación propuesta por el accionante, contra la sentencia del 13 de noviembre de 2013, proferida por la Sección Cuarta del Consejo de Estado, que negó por improcedente la solicitud de amparo. 1. Petición de Amparo

El señor A.A.P.O. instauró acción de tutela con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y al acceso a la administración de justicia que consideró vulnerados por el Consejo de Estado - Sección Segunda - Subsección “A”, con ocasión de lo decidido en la providencia del 22 de noviembre de 2012 que negó las pretensiones de la demanda dentro del proceso de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, que había adelantado contra las Resoluciones No. 019 del 28 de mayo de 2002 proferida por el Procurador Regional de Nariño, “por medio de la cual lo declaró responsable disciplinariamente y le impuso sanción de destitución del cargo e inhabilidad para el ejercicio de las funciones públicas”, y la del 1° de agosto de 2012 en la que la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal confirmó tal decisión, y que se tramitó en única instancia y con el número de radicación 2010-0828.

A título de amparo constitucional el actor solicitó:

“PRIMERO: Proteger mis derechos fundamentales (…) SEGUNDO: Dejar sin efectos la sentencia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Segunda - Subsección “A”, dictada en el proceso de Nulidad y Restablecimiento de Derecho No. 1100103250002010000097-00 (0828-2010), de fecha 22 de novembre (sic) de 2012, porque resulta violatoria de mis derechos fundamentales. TERCERO: Disponer que en una nueva sentencia a proferirse en el referido proceso, la Sala resuelva el proceso teniendo en cuenta la demanda insaturada por el suscrito en contra de la Procuraduría General de la Nación, evidenciando la violación del debido proceso declarando la nulidade (sic) de los actos demandados y disponiendo el resarcimiento de los perjuicios acusados.”

  1. Sustento de la vulneración

El actor alegó que la sentencia de 22 de noviembre de 2012 proferida...

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