Sentencia nº 11001-03-28-000-2014-00097-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 24 de Febrero de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 560600426

Sentencia nº 11001-03-28-000-2014-00097-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 24 de Febrero de 2015

Fecha24 Febrero 2015
EmisorSECCIÓN QUINTA
MateriaDerecho Constitucional
Tipo de documentoSentencia

PROCESO ELECTORAL - Acumulación de procesos / ACUMULACION DE PROCESOS - Son procesos dirigidos contra el mismo acto de elección y los cargos formulados son los mismos - REPRESENTANTE A LA CAMARA Acumulación de procesos Atendiendo a la prevalencia del derecho sustancial y con la finalidad de observar con diligencia los términos procesales (artículos 228 y parágrafo del 264 de la Constitución Política), en concordancia con el acatamiento de los principios constitucionales y los de derecho procesal (artículo 103 CPACA), que atañen a la eficacia, celeridad y economía, se dispone que por Secretaría se agreguen para ser decididos en una misma sentencia, junto con el proceso de nulidad electoral acumulado radicado 2014-00099, demandante H.A.B. y otros, los cuatro expedientes identificados en la referencia de este auto. Porque tanto los acumulados en el radicado mencionado como los que ahora se ordena agregar son procesos dirigidos contra el mismo acto de elección, que declara electos Representantes a la Cámara por la circunscripción especial de las comunidades afrodescendientes a los señores M.O.V. y M. delS.B.I. para el período constitucional 2014-2018, luego se trata de los mismos demandados, y en todas las demandas básicamente los cargos que se formulan son los mismos. PROCESO ELECTORAL - Suspensión provisional / SUSPENSION PROVISIONAL - Cuando la medida cautelar no prospera, el acto de elección continúa cumpliendo sus efectos / SUSPENSION PROVISIONAL - Cuando la medida cautelar no prospera, los demandados, no se separan del ejercicio de sus funciones / REPRESENTANTE A LA CAMARA - Se negó la suspensión provisional de acto de elección Según el contenido de las ocho demandas que impetraron los mismos demandantes contra iguales demandados, por cargos que en todas presentan identidad de reproches y del contenido de los autos que las admitieron, obra que en seis (6) de éstas, tres (3) dirigidas contra M.O.V. y tres (3) contra M. delS.B., existe solicitud de suspensión provisional del acto de elección, medida cautelar que al ser resuelta, en ningún caso prosperó. En cuatro (4) autos admisorios el pronunciamiento denegatorio de la suspensión provisional del acto de elección fue de fondo, y en otros dos (2) ésta se negó por faltar la sustentación que exige el artículo 231 del CPACA. La suspensión provisional de los efectos de los actos administrativos (la prevé la Carta Política en el artículo 238 a cargo de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, y la regula el artículo 231 del CPACA) corresponde a un juicio de valor que en dicha oportunidad procesal el juez lleva a cabo sobre la legalidad del acto a fin de establecer si surge la violación de las disposiciones invocadas en la demanda, ya como resultado del análisis del acto demandado y su confrontación con las normas superiores que se invocan transgredidas, o ya del estudio de las pruebas que se alleguen para el efecto...

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