Sentencia nº 11001-03-25-000-2015-00213-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 4 de Mayo de 2016
Emisor | SECCIÓN SEGUNDA |
Fecha | 04 Mayo 2016 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
SOLICITUD EXTENSION DE JURISPRUDENCIA - Presentación extemporánea / TERMINO DE PRESENTACION - Treinta días después de ser negada la solicitud por la administración
En el presente asunto, la actora solicitó al Municipio de Santiago de Cali se le extiendan los efectos de la sentencia del 19 de febrero de 2009 proferida por la Sección Segunda del Consejo de Estado, dentro del expediente núm. 73001-23-31-000-2000-03449-01(3074-05). El Municipio por medio del oficio núm. 4143.0.10.5907 del 6 de noviembre de 2014 negó la solicitud, y la puso en conocimiento de la solicitante el día 10 de los mismos mes y año. El Despacho advierte que la petición de extensión de jurisprudencia se presentó ante esta Corporación el 20 de enero de 2015, es decir, vencidos los 30 días de que trata el artículo 102 citado, pues negada la solicitud por parte de la administración el término inició a contabilizarse a partir del 11 de noviembre de 2014 y finalizó el 16 de enero de 2015. En consecuencia, se rechazará la solicitud de extensión de la jurisprudencia toda vez que fue presentada por fuera del término legal.
FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 - ARTICULO 102 / LEY 1437 DE 2011 - ARTICULO 269
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
SUBSECCION A
Consejero ponente: WILLIAM HERNANDEZ GOMEZ
Bogotá, D.C., cuatro (4) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
Radicación número: 11001-03-25-000-2015-00213-00(0415-15)
Actor: F.S.V.
Demandado: MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI
Referencia: SOLICITUD DE EXTENSION DE JURISPRUDENCIA - LEY 1437 DE 2011
Procede el Despacho a resolver sobre la solicitud de extensión de jurisprudencia formulada por la señora F.S.V..
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La señora F.S.V. solicitó al Municipio de Santiago de Cali extender los efectos de la sentencia del 19 de febrero de 2009 proferida por la Sección Segunda del Consejo de Estado, dentro del expediente núm. 73001 23 31 000 2000 03449 01 (3074-2005) con ponencia de la doctora B.L.R. de P., por estimar que los supuestos fácticos y jurídicos se ajustan a su situación particular.
El Municipio de Santiago de Cali a través de oficio núm. 4143.0.10.5907 del 6 de noviembre de 2014 negó la solicitud de extensión, motivo por el cual el 20 de enero de 2015 la peticionaria radicó ante esta Corporación solicitud de extensión de la jurisprudencia de la sentencia del 19 de febrero de 2009, proferida por la Sección Segunda del Consejo...
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