Sentencia nº 25000-23-41-000-2012-00065-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 27 de Septiembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 653839789

Sentencia nº 25000-23-41-000-2012-00065-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 27 de Septiembre de 2012

Fecha27 Septiembre 2012
EmisorSECCIÓN CUARTA
Tipo de documentoSentencia

CONCURSO DE MERITOS - Improcedencia de la acción de tutela por aporte extemporáneo de documentos

Ahora bien, teniendo en cuenta que el accionante no logró demostrar que aportó oportunamente todos los documentos pertinentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos para acceder al cargo identificado con el número 51288 de Auxiliar Administrativo, Grado 407-27 de la Secretaría de Educación del Distrito, se tiene que la Comisión Nacional del Servicio Civil actuó conforme con la normativa vigente y aplicable al caso.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION CUARTA

Consejero Ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO

Bogotá, D.C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil doce (2012)

Radicación número: 25000-23-41-000-2012-00065-01(AC)

Actor: F.A.M.C.

Demandado: COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

Decide la Sala la impugnación interpuesta por la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL contra la sentencia del 6 de agosto de 2012, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, que declaró improcedente la presente acción de tutela.

ANTECEDENTES

El señor F.A.M.C. instauró acción de tutela contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, por considerar vulnerados los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y al trabajo.

A.H. y fundamentos

Del expediente, se advierten como hechos relevantes los siguientes:

La Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC-, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 909 de 2004, publicó la Convocatoria 001 de 2005, por medio de la cual convocó al proceso de selección para proveer por concurso abierto de méritos empleos de carrera administrativa de las entidades y organismos de orden nacional y territorial.

El señor F.A.M.C. se inscribió en la Convocatoria 001 de 2005 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, para el cargo identificado con el número 51288 de Auxiliar Administrativo, Grado 407-27 de la Secretaría de Educación del Distrito.

El 22 de junio de 2011, fue publicada la lista de No Admitidos de la Aplicación IV “por el no cumplimiento de requisitos mínimos”, en la que figuró el actor.

Contra la anterior decisión, el 24 de junio de 2011, el señor M.C. presentó reclamación argumentando que, con el formato de inscripción en la convocatoria 001 de 2005 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, allegó los documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el cargo al que aspiraba.

Mediante comunicación del 8 de julio de 2011, la Comisión Nacional del Servicio Civil le informó al accionante que “no cumple con el requisito mínimo de educación formal exigido por el empleo” y señaló que los documentos que adjuntó con la reclamación para subsanar el no cumplimiento del...

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