Sentencia de Consejo de Estado, 29 de Febrero de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 657792649

Sentencia de Consejo de Estado, 29 de Febrero de 2012

Fecha29 Febrero 2012
Tipo de documentoSentencia

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Por omisión e incumplimiento de la administración de contrato de promesa de compraventa / CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA - De lote de terreno para construcción de obras del plan vial metropolitana fase II transversal oriental metropolitana / ACCION CONTRACTUAL - Apelación auto que rechazó demanda / RECHAZO DE DEMANDA - Por caducidad de la acción / CADUCIDAD DE LA ACCION - Acción de reparación directa

En ejercicio de la acción de reparación directa contemplada en el artículo 86 del Código Contencioso Administrativo presentaron demanda contra el Área Metropolitana de B., con el objeto de declararse que entre la entidad accionada y el señor J.H.G.M. se realizó una negociación y se celebró un contrato de promesa de compraventa con fecha 10 de marzo de 1997, sobre un área de terreno de 1850.25 metros, la cual se desprende de un predio de mayor extensión de su propiedad para la construcción de las obras del PLAN VIAL METROPOLITANA FASE II, TRANSVERSAL ORIENTAL METROPOLITANA. Así mismo, que se declare que el Área Metropolitana de B., incurrió en falla del servicio por omisión y negligencia al no cumplir las obligaciones provenientes de la entrega del inmueble a que se contrae la primera declaración.

FUENTE FORMAL: CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTICULO 86

ACCION DE REPARACION DIRECTA - Caducidad / CADUCIDAD - Término dos años desde la ocurrencia del perjuicio 6 de Enero de 1994 / CADUCIDAD - Demanda extemporánea presentada 14 de julio de 2010 / DEMANDA CADUCADA - Por presentarse fuera del término legal

En el caso sub examine, la parte actora alega que el término de caducidad de la acción empezó a contabilizarse en el momento en que el perjuicio se concretó, es decir, el 24 de septiembre de 2002 fecha en la que fueron notificados por parte de la entidad demandada sobre la negativa de pactar un arreglo directo, puesto que las acciones se encontraban caducadas. No es de recibo para la Sala lo manifestado por el accionante, puesto que para la fecha de presentación de la demanda 14 de julio de 2010, ya se encontraba caducada la acción de reparación directa, teniendo en cuenta para ello que los hechos que generaron el perjuicio alegado ocurrieron el 6 de enero de 1994 fecha en la cual se celebró el acta de negociación entre el señor J.H.G.M. y el Área Metropolitana de Bucaramanga. De manera que los dos años empezaron a contabilizarse desde la fecha mencionada anteriormente, es decir, el 6 de enero de 1994 por lo que la acción se podía interponer hasta el 7 de enero de 1996, lo que en el presente caso no ocurrió. (…) Así las cosas, al ser presentada la demanda el 14 de julio de 2010, la acción se encontraba abiertamente caducada.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

SUBSECCION C

Consejera ponente: O.M. VALLE DE DE LA HOZ

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de febrero de dos mil doce (2012)

Radicación número: 68001-23-31-000-2004-00176-01(42362)

Actor: EDGAR IVAN GUERRA OCHOA Y OTROS

Demandado: AREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA

Referencia: APELACION AUTO - ACCION DE REPARACION DIRECTA

Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el auto de fecha 22 de julio de 2011, proferido por el Tribunal Administrativo de Santander mediante el cual se rechazó la demanda por caducidad de la acción. I. ANTECEDENTES

1) Hechos previos a la demanda 1. El señor J.H.G.M. entregó un predio de su propiedad al Área Metropolitana de Bucaramanga, para llevar a cabo la construcción de la Transversal Oriental Metropolitana en el sector Viaducto La F., en jurisdicción del Municipio de Floridablanca. Para tal efecto las partes suscribieron un acta de negociación el 6 de enero de 1994, en la cual acordaron, entre otras, que: “El Área Metropolitana de B. pagará al propietario de la franja de terreno requerida, la suma que determine el avalúo administrativo especial practicado por el...

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