Auto nº 20001-23-31-000-2012-00245-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 15 de Septiembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 658120841

Auto nº 20001-23-31-000-2012-00245-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 15 de Septiembre de 2016

Fecha15 Septiembre 2016
EmisorSECCIÓN TERCERA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

Consejero ponente: CARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERA

Bogotá D.C., quince (15) de septiembre de dos mil dieciséis (2016)

Radicación número: 20001-23-31-000-2012- 00245 -01 (49092)

Actor: NACIÓN - MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

Demandado: INGEOBRA S.A. E.S.P.

Referencia: ACCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES

Decide el Despacho el recurso de apelación formulado por la parte demandante contra el auto del 8 de agosto de 2013, dictado por el Tribunal Administrativo del Cesar, mediante el cual negó la práctica de unos testimonios.

I. A N T E C E D E N T E S

1. La Nación - Ministerio de Minas y Energía formuló demanda, por conducto de apoderado y en ejercicio de la acción de controversias contractuales, contra la sociedad Ingeniería y Obras -Ingeobra S.A. E.S.P.-, con el fin de quese declarara la nulidad del acta de liquidación bilateral del convenio 0002 del 26 de marzo de 2012 (convenio mediante el cual se construyó la “… red de distribución de gas natural domiciliario y conexiones a usuarios de menores ingresos en el municipio de Bosconia -Cesar-”) y, consecuencialmente, se ordenara una nueva liquidación, dado el presunto incumplimiento de la parte demandada.

En la demanda se solicitó la práctica de los siguientes testimonios (se transcribe conforme obra, inclusive con errores):

“1. I.. M.P. - Director del Proyecto y funcionario de la firma ITANSUCA, con el propósito de que ilustre al Despacho acerca de la Nación Ministerio de Minas y Energía e Ingeobra en la propiedad de la infraestructura inherente al servicio de los sistemas de distribución de Bosconia el Copia (sic) [Copey], de conformidad con lo manifestado en los informes mencionados en la solicitud de conciliación.

"2. Que se cite al Ing. R.H. -E.T. y funcionario de la firma ITANSUCA, con el propósito de que ilustre al Despacho acerca de la Nación Ministerio de Minas y Energía e Ingeobra en la propiedad de la infraestructura inherente al servicio de los sistemas de distribución de Bosconia el Copia (sic) [Copey], de conformidad con lo manifestado en los informes mencionados en la solicitud de conciliación.

“3. Que se cite al Dr. C.A.G.G., identificado …., quien se desempeñó como Presidente de la empresa ECOGAS al momento de la liquidación del convenio, con el propósito de que ilustre al Despacho acerca los (sic) informes y actas suscritas para la liquidación del convenio, así como los procedimientos utilizados...

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