Auto nº 25000-23-37-000-2013-01394-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 19 de Julio de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 658126085

Auto nº 25000-23-37-000-2013-01394-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 19 de Julio de 2016

Fecha19 Julio 2016
EmisorSECCIÓN CUARTA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIO N CUARTA

Consejero ponente : JORGE OCTAVIO RAMI REZ RAM I REZ

Bogotá D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil dieciséis (2016)

Radicación número : 25000 - 23 - 37 - 000 - 2013 -01394-01 (22546)

Actor: FUN DACION UNIVERSIDAD AUTO NOMA DE COLOMBIA

Demandado: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL

AUTO

Decide el Despacho el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto interlocutorio proferido en la audiencia inicial celebrada el 24 de mayo de 2016 por la Subsección A de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante el cual negó la excepción previa de caducidad.

ANTECEDENTES

1. La Secretaría Distrital de Planeación adoptó el Plan de Regularización y Manejo para la Fundación Universidad Autónoma de Colombia (en adelante FUAC), mediante la Resolución No. 1459 del 1 de noviembre de 2011.

2. La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de Bogotá (en adelante Catastro Distrital) profirió la Resolución No. 1744 del 28 de diciembre de 2012, mediante el cual estableció el efecto plusvalía respecto del plan de regularización y manejo para la FUAC.

3. La FUAC presentó recurso de reposición contra el anterior acto administrativo.

4. Catastro D. confirmó el acto recurrido con la Resolución No. 290 del 2 de abril de 2013.

5. La FUAC presentó solicitud de conciliación prejudicial ante la Procuraduría General de la Nación el 16 de agosto de 2013.

6. Se celebró audiencia de conciliación prejudicial el 23 de octubre de 2013, la cual fracasó por no llegar a un acuerdo conciliatorio.

7. La FUAC, mediante apoderado, presentó demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra Catastro Distrital el 25 de octubre de 2013, con el fin de que se hicieran las siguientes declaraciones y condenas:

2.1. PRETENSIONES PRINCIPALES

PRIMERA .- Que se declare la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución Administrativa No. 1744 del 28 de diciembre de 2012 `Por medio del cual se establece un efecto plusvalía respecto de un plan de regularización y manejo'.

SEGUNDA .- Que se declare la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución Administrativa No. Resolución No. 290 del 2 de abril de 2012 notificada personalmente el 19 del mismo mes y año ``Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición contra la Resolución 1744 del 28 de diciembre de 2012' confirmándola en su totalidad'.

TERCERO .- Que como consecuencia de la nulidad judicial de los actos cuestionados, a título de restablecimiento del derecho el Distrito Capital - Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital exonere del pago de la obligación.

CUARTO.- Que en el evento de haberse obligado a la Universidad al pago de la obligación señalada en los actos cuestionados, se realice la devolución de los dineros, con sus intereses e indexación monetaria correspondiente, desde el momento en que se efectué (sic) el pago hasta que se resuelva el proceso.

QUINTO .- Condenar en costas, incluidas las agencias en derecho, al Distrito Capital - Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital

2.2. PRETENSIONES SUBSIDIARIAS.

PRIMERA .- Que se declare la nulidad parcial del acto administrativo contenido en la Resolución Administrativa No. 1744 del 28 de diciembre de 2012, `Por medio del cual se establece un efecto plusvalía respecto de un plan de regularización y manejo', en el entendido de que se ordene realizar el recalculo del valor que se debe cancelar por concepto de participación de la plusvalía, de conformidad con las normas que regulan la materia y lo que verdaderamente se pruebe en el curso del proceso.

SEGUNDA .- Que se declare la nulidad parcial del acto administrativo contenido en la Resolución Administrativa No. Resolución No. 290 del 2 de abril de 2012 notificada personalmente el 19 del mismo mes y año ``Por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición contra la Resolución 1744 del 28 de diciembre de 2012' confirmándola en su totalidad', en el entendido de que se ordene realizar el recalculo del valor que se debe cancelar por concepto de participación de la plusvalía, de conformidad con las normas que regulan la materia y lo que verdaderamente se pruebe en el curso del proceso.

TERCERO .- Que como consecuencia de la nulidad judicial parcial de los actos cuestionados y su recalculo, a título de restablecimiento del derecho el Distrito Capital - Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital exonere del mayor pago de la obligación, según lo probado en el curso del proceso.

CUARTO.- Que en el evento de haberse obligado a la Universidad al pago de la obligación señalada en los actos cuestionados, se realice la devolución de los dineros pagados de más, con sus intereses e indexación monetaria correspondiente, desde el momento en que se efectué (sic) el pago hasta que se resuelva el proceso.

QUINTO .- Condenar en costas, incluidas las agencias en derecho, al Distrito Capital - Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital” .

8 C.D. contestó la demanda el 20 de octubre de 2015, donde propuso la excepción de caducidad porque la solicitud de conciliación prejudicial no suspendió el término para presentar la demanda debido a que no es conciliable por ser de carácter tributario.

PROVIDENCIA APELADA

La Subsección A de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en auto proferido en la audiencia inicial celebrada el 24 de mayo de 2016 negó...

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