Sentencia nº 25000-23-26-000-2012-00035-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 23 de Octubre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 699143349

Sentencia nº 25000-23-26-000-2012-00035-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 23 de Octubre de 2017

Fecha23 Octubre 2017
EmisorSECCIÓN TERCERA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓ N TERCERA

SUBSECCIÓ N A

Consej er a p onente: MA RTA N.V. RICO

Bogotá, D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil diecisiete (2017)

R adicación número : 25000 - 23 - 26 - 000 - 2012 - 00035 - 01(53875)

A ctor : CONSORCIO PUENTES PUTUMAYO

D emandado : INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS

R eferencia : APELACIÓN SENTENCIA - ACCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES

Temas : DESEQUILIBRIO ECON Ó MICO - Concepto - carga probatoria del demandante / RIESGOS EN EL CONTRATO ESTATAL - concepto / ECUACION ECONÓMICA - modalidad d e precios unitarios por cantidades variables / RIESGO AMBIENTAL - asignación del riesgo en los trámites - ACTA DE LIQUIDACIÓN BILATERAL - salvedades .

Conoce la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección C de Descongestión, el 4 de diciembre de 2014, mediante la cual se dispuso:

PRIMERO. NEGAR las pretensiones de la demanda.

SEXTO (sic) Sin condena en costas .

I. A N T E C E D E N T E S

1. La demanda

Mediante demanda presentada el 16 de enero de 2012 el consorcio Puentes Putumayo, en ejercicio de la acción contractual, solicitó las siguientes declaraciones y condenas contra el Instituto Nacional de Vías - INVÍAS (se transcribe en forma literal, incluso con posibles errores):

1. Declaraciones :

a. Se declare que entre el CONSORCIO PUENTES PUTUMAYO conformado p or el INGENIERO G.R.P.T. con C.C. (….) y la firma S& P INGENIEROS LTDA con NIT (…) se suscribió el contrato No. 3443 con el Instituto Nacional de Vías -INVÍAS-, a través de su S. General T.D.J.G.B.Z., por un valor de M IL CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS MONEDA CORRIENTE ($1.053 926.844 ,00), incluye obras complementarias, estudios (incluye provisión PAGA ) y el valor del IVA y un plazo de cinco (5) meses.

b . Se declare que el contratista tiene derecho a que se le paguen los valores respectivos, con ocasión del desequilibrio financiero, al contr a tante, en vista del no pago del reajuste de precios, de mayores cantidades de obra y de actividades no previstas, en donde se e x plica una a una en qué consistió el no pago del reajuste de precios, de mayores cantidades d e obra y de actividades no previstas , a que tiene derecho el pago, la cuales no han sido pagadas .

c. Se declare que solo hasta el 29 de febrero de 2009, se inicia la construcción del puente con base en los estudios y demás trámites administrativos.

d. Se declare que transcurridos aproximadamente once (11) meses, sin que diera inicio a la construcción del puente, por tal motivo tienen derecho al reajuste del precio ya que esto constituye un desequilibrio financiero del contrato, por el cambio de vigencia de 2008 y 2009 (año en que se inicia la construcción del puente con base en los estudios y demás trámites administrativos).

e. Se declare en vista de la mora que existió para obtener permisos de intervención en la ronda del Río Bogotá y del cierre del corredor vial, en otras palabras, el inicio de la construcción del puente, el contratista, tiene derecho a que se reconozca el stand by de los equipos de perforación para los pilotes .

f. Se declare que la totalidad del concreto empleado consumido, fueron 235,5 M3, el cual es superior al estimado en los pliegos en el que se señaló 182 M3. El motivo del incremento del concreto se debió a las existencias de c á rcavas o cámaras de aire que se encontraron en la est r atigrafía, g e n e r a n do una mayor cantidad de obra a la presupuestada inicialmente (mayor cantidad de obra ejecutada de 71.5 m3 para un diámetro de pilote de 0.80 metros, profundidad de 23 metros por pilote y un número total de 16 pilotes).

“g. Se declare la necesidad de utilizar el empleo de camisas no recuperables, por cuanto en la perforación de los pilotes, se han encontrado en razón de piedra que han generado inestabilidad para el vaciado del concreto, por tal motivo, se requiere dichas camisas para terminar esta actividad.

“h. Se declare, que el contratista tiene derecho al restablecimiento del equi l ibrio financiero del contrato, por concepto de transporte, dado que las canteras no se encuentran alrededor de 5 kilómetros, sino por el contrario, a 30 kilómetros del sitio de la obra, por lo que existe una diferencia de 25 kilómetros, que debe entrar a reconocer la entidad contratante, derivada de la mayor distancia, incurriendo en mayores costos en la adquisición de materiales de cantera, aspecto este que no se tuvo en cuenta en la ejecución del contrato y en el equilibrio financiero del mismo .

“i. Se declare, que el contratista tiene derecho al pago por retiro de anclaje y platinas, puesto que se trata de una situación material imprevista, pero necesaria, porque sirvieron de apoyo a las tres (3) vigas metálicas del puente y son elementos individuales diferentes de los aceros de las vigas mismas.

j. Se declare que el contratista tiene derecho al pago por retiro de las viga s en concreto a consecuencia del deterioro estructural , las cuales al demoler debido a su pésimo estado y gran deterioro del anterior puente, cayeron éstas, al lecho del Río Bogotá. En razón a las normas ambientales y requisitos exigidos por la CAR el contratista, procedió al retiro total de las vigas del fondo del Río Bogotá, teniendo que contratar equipos y grúas especializadas para esta actividad ocasionándole sobrecostos.

“k . Se declare que el contratista tiene derecho al pago total con ocasión del traslado de las redes de energía, suministro, fabricación, transporte e instalación de estructura metálica A 50 que fueron autorizados por el contratante , e incluidos en el acta de ítems no previstos de fecha 15 de julio de 2008 (ver folio 64), pero no se pagó la totalidad del acta. En cuanto a los pilotes pre-excavados D- 0.8 m (incluye excavación, suministro y colocación de concreto de 3000 psi : no incluye acero de refuerzo) los cuales fueron aprobados por el contratante.

“l . Se practique la respectiva liquidación judicial del contrato suscrito entre el CONSORCIO PUENTES PUTUMAYO conformado por el INGENIERO G.R.P. TÉLLEZ con CC (…) y la fi r ma S&P INGENIEROS LTDA, con Nit (…), con el Instituto Nacional de Vías - INVÍAS- a trav é s de su Sec r etario General Técnico Doctor J.G.B.Z., por un valor de MIL CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS MONEDA CORRIENTE ($1.053 926.844,00), incluye obras complementarias, estudios (incluye provisión PAGA) y el valor del IVA y un plazo de cinco (5) meses .

“Pretensión Subsidiaria

En el evento en que el procedimiento no sea la acci ó n contractual, en atención al principio IURA NOVIT CURIA, solicito señor juez, encauzar la demanda por el proceso correspondiente.

2. Condenas :

Se condene al pago de:

a) Pago de ajustes por concepto del cambio de vigencia 2007, 2008 y 2009, de acuerdo con la fórmula que contemple los índices del DANE (…) por valor de CIENTO SESENTA MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($160'000.000,00) .

b ) Relleno para estructuras, las cuales no fueron canceladas (…) adecuación de las pasarelas peatonales, rellenos para las bases de las zapatas (…) para un valor de ítem de VEINTIDÓS MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE PESOS MONEDA CORRIENTE ($22'143.820 , 00) .

c ) Concreto para tablero y andenes en 14 m3 que dejó de pagar el interventor, adquiridos en la central de mezclas CEMEX y dispuestos en el tablero, a un valor unitario de $590.000,oo, para un valor del ítem de OCHO MILLO N ES DOSCIENTOS SESENTA MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($8 ' 260 . 000,00) .

d) B. metálica en acero A36 en 2.351 Kg que dejó igualmente de pagar el interventor, (….) para un valor total de ítem de ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($11'755.000 ,00 ) , más los anclajes de los elementos verticales que sostienen la baranda que nunca los tuvo en cuenta la Interventoría y que tiene un valor de UN MILL Ó N DOSCIENTOS MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($1'200.000 ,00 ) para un total de DOCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($12'955.000,00) .

e) Suministro, fabricación, transporte e instalación de estructura A50 para vigas metálicas tipo cajón, en 869.31kg instalados y terminados que no liquidó el interventor (…) para un valor total de SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS VEINTID Ó S PESOS MONEDA CORRIENTE ($6'650.222,00) .

f) Concreto para pilotes pre excavados diámetro (…) que dejó de pagar e l interventor, que fueron cancelados a la concret e ra HOLCIM COLOMBIA S.A. (…) por un valor de CIENTO CATORCE MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL CIENTO S NOVENTA Y SEIS PESOS MONEDA CORRIENTE ($114'504.196,00) .

g) Anclajes para afianzar vigas metálicas cajón con los apoyos según factura anexa para un costo básico de (…) y un costo final de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHEN TA Y CINCO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($14'885.000,00) .

h) Costos básicos cancelados por el retiro de las vigas en concreto a demoler, que por su pésimo estado colapsaron e invadieron el cauce del Río Bogotá por valor de TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MONEDA CORRIENT E ($34'500.000,00) .

i) Pagos adicionales por concepto de demoras y stand by en los equipos de pilotaje y retroexcavadora por el tiempo perdido por parte de las entidades gubernamentales en la obtención del permiso del cierre...

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