Sentencia nº 81001-23-31-000-2011-10025-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 24 de Mayo de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 699162385

Sentencia nº 81001-23-31-000-2011-10025-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 24 de Mayo de 2017

Fecha24 Mayo 2017
EmisorSECCIÓN TERCERA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

Consejero ponente: CARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERA

Bogotá D.C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil diecisiete (2017)

Radicación número: 81001-23-31-000-2011-10025-01(51763)

Actor: H.D.T. Y OTROS

Demandado: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD - DAS Y OTROS

Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA

ANTECEDENTES

1. Mediante auto del 17 enero de 2017 se decidió tener como sucesor procesal del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS-, parte demandada, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 1303 de 2014.

2. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en memorial visible a folios 285 a 287 del cuaderno principal, pidió que se ACLARE que la intervención de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en el presente proceso se realiza en los términos establecidos en el Decreto 108 de 2016 y se VINCULE AL PATRIMONIO AUTÓNOMO PAP FIDUPREVISORA S.A. Defensa Jurídica extinto Departamento Administrativo - DAS y su fondo Rotatorio.

Para tal efecto, sostuvo que la Agencia dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 108 de 2016, en relación con la atención y pago de los procesos que asumía la Fiscalía General de la Nación como sucesora procesal del suprimido DAS, a través del citado patrimonio autónomo, a cargo de la Fiduprevisora S.A., creado en virtud de lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1753 de 2015.

CONSIDERACIONES

La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, sucesora procesal del extinto DAS, solicitó vincular al patrimonio autónomo denominado “PAP Fiduprevisora S.A. Defensa Jurídica Extinto Departamento Administrativo - DAS y su fondo rotatorio”, creado en cumplimiento del artículo 238 de la Ley 1753 de 2015 (“Plan Nacional de Desarrollo 2014/2018”), al asunto de la referencia.

Pues bien, la Ley 1753 de 2015 (por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”) estableció en su artículo 238:

Artículo 238. Atención de procesos judiciales y reclamaciones administrativas del extinto DAS y constitución de fiducia mercantil. Para efecto de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 18 del Decreto ley 4057 de 2011 y 7o y 9o del Decreto número 1303 de 2014, autorícese (sic) la creación de un patrimonio autónomo administrado por Fiduciaria La Previsora S.A. con quien el Ministerio de Hacienda y Crédito Público suscribirá el contrato de fiducia mercantil respectivo.

“Para todos los efectos legales la representación de dicho patrimonio autónomo la llevará la sociedad fiduciaria, quien se encargará de la atención de los procesos judiciales, reclamaciones administrativas, laborales o contractuales en los cuales sea parte o destinatario el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) o su Fondo Rotatorio, y que no guarden relación con funciones trasladadas a entidades receptoras de acuerdo con la...

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