Sentencia nº 11001-03-15-000-2017-02611-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 21 de Junio de 2018
Fecha | 21 Junio 2018 |
Emisor | SECCIÓN PRIMERA |
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
C onsejero ponente : HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Bogotá, D.C., veintiuno (21) de junio de dos mil dieciocho (2018)
R adicación número : 11001 - 03 - 15 - 000 - 2017 - 02611 - 01 (AC)
A ctor : M.C.P.S. Y UNIDAD DE SERVICIOS CARCELARIOS Y PENITENCIARIOS
Demandado : TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CASANARE Y SECCIÓN CUARTA DEL CONSEJO DE ESTADO
La Sala decide la impugnación presentada por el apoderado especial de la señora M.C.P.S. y de la Unidad de Servicios Penitenciarios y C. - USPEC, contra la sentencia de 3 de noviembre de 2017 proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado.
La presente providencia tiene las siguientes partes: i) antecedentes; ii) consideraciones y iii) resuelve; las cuales se desarrollan a continuación.
I. ANTECEDENTES
La solicitud
1. La señora M.C.P.S. y la Unidad De Servicios Penitenciarios y C. en adelante- Uspec, mediante apoderado especial, presentaron solicitud de tutela contra el Tribunal Administrativo del Casanare y la Sección Cuarta del Consejo de Estado, porque, a su juicio:
i) El Tribunal Administrativo del Casanare al proferir la sentencia de tutela de 6 de abril de 2017 en primera instancia y las providencias de 30 de mayo de 2017, 18 de julio de 2017 y 27 de septiembre de 2017 dentro del trámite incidental de desacato identificado con el número único de radicación 85001-23-33-000-2017-00051 01 y.
ii) La Sección Cuarta del Consejo de Estado al proferir la sentencia de tutela de 29 de junio de 2017 en segunda instancia y las providencias de 2 de agosto de 2017, 13 de septiembre de 2017 dentro del grado jurisdiccional de consulta de la sanción impuesta por desacato por el Tribunal Administrativo del Casanare dentro del expediente identificado con número único de radicación 85001-23-33-000-2017-00051 01, vulneraron sus derechos fundamentales invocados supra.
Presupuestos fácticos
2. Los presupuestos fácticos en los cuales se fundamenta la solicitud de tutela son los siguientes:
Acción de tutela identificada con número único de radicación 85001-23-33-000-2017-00051 00
3. La Personería Municipal de Yopal presentó solicitud de tutela ante el Tribunal Administrativo del Casanare, contra la Unidad de Servicios Penitenciarios y C. - Uspec y el Instituto Penitenciario y C.-.I., por la presunta vulneración de los derechos fundamentales a la dignidad humana y a la salud de toda la...
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