Auto nº 13001-23-33-000-2017-00945-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 29 de Abril de 2019 (caso AUTO nº 13001-23-33-000-2017-00945-01 de Consejo de Estado (SECCION PRIMERA) del 29-04-2019) - Jurisprudencia - VLEX 782386845

Auto nº 13001-23-33-000-2017-00945-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 29 de Abril de 2019 (caso AUTO nº 13001-23-33-000-2017-00945-01 de Consejo de Estado (SECCION PRIMERA) del 29-04-2019)

Sentido del falloNO APLICA
EmisorSECCIÓN PRIMERA
Fecha29 Abril 2019
Número de expediente13001-23-33-000-2017-00945-01
Normativa aplicadaACUERDO 80 DE 2019 – ARTÍCULO 13 NUMERAL 1 / ACUERDO 80 DE 2019 – ARTÍCULO 13 NUMERAL 6

COMPETENCIA DE LA SECCIÓN CUARTA DEL CONSEJO DE ESTADO – Para conocer de asuntos relacionados con actos administrativos expedidos en el marco de un proceso de jurisdicción coactiva por el no pago del Impuesto Predial Unificado y Sobretasa del Medio Ambiente / FALTA DE COMPETENCIA DE LA SECCIÓN PRIMERA DEL CONSEJO DE ESTADO – Respecto de asuntos de naturaleza tributaria y de su cobro coactivo / REMISIÓN POR COMPETENCIA DEL EXPEDIENTE - Por tratarse de un asunto cuyo conocimiento corresponde a otra sección

Se encuentra al Despacho el presente asunto para decidir el recurso de apelación interpuesto contra el auto del 8 de marzo de 2018 proferido por el Tribunal Administrativo de Bolívar, mediante el cual se decretó la medida cautelar de suspensión provisional de los actos administrativos que se relacionan a continuación, proferidos por el Tesorero Distrital de Cartagena de Indias en el marco de los procesos de jurisdicción coactiva iniciados contra la sociedad DISTRACOM S.A. por el no pago del Impuesto Predial Unificado y Sobretasa del Medio Ambiente causados por once (11) bienes inmuebles de propiedad de dicha sociedad […] El Acuerdo núm. 80 de 12 de marzo de 2019 de la Sala Plena de la Corporación, por el cual se expide el reglamento del Consejo de Estado, prevé en su artículo 13, lo siguiente: “Artículo 13. Distribución de los procesos entre las Secciones. Para efectos de repartimiento, los asuntos de que conoce la Sala de lo Contencioso Administrativo se distribuirán entre sus secciones atendiendo un criterio de especialización y de volumen de trabajo, así: […] Sección Cuarta “1. Los procesos de simple nulidad que versen sobre actos administrativos relacionados con impuestos y contribuciones fiscales y parafiscales, excepto las tasas. […] 6. Las acciones de nulidad y restablecimiento del derecho contra las resoluciones que fallen las excepciones y ordenen llevar adelante la ejecución en los procesos de cobro administrativo.” En consideración a que el asunto atrás mencionado corresponde a un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra resoluciones que fallan excepciones y ordenan seguir adelante con la ejecución dentro de procesos de cobro coactivo relacionados con las materias referidas en la norma citada, se dispone: Por distribución interna del trabajo, envíese el expediente a la Sección Cuarta.

FUENTE FORMAL: ACUERDO 80 DE 2019ARTÍCULO 13 NUMERAL 1 / ACUERDO 80 DE 2019 – ARTÍCULO 13 NUMERAL 6

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Consejero ponente: OSWALDO GIRALDO LÓPEZ

Bogotá D.C., veintinueve (29) de abril de dos mil diecinueve 2019

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