Auto nº 25000-23-26-000-2008-00502-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 7 de Noviembre de 2019 (caso AUTO nº 25000-23-26-000-2008-00502-01 de Consejo de Estado (SECCION TERCERA) del 07-11-2019)
Sentido del fallo | NO APLICA |
Emisor | SECCIÓN TERCERA |
Fecha | 07 Noviembre 2019 |
Número de expediente | 25000-23-26-000-2008-00502-01 |
Normativa aplicada | CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 322 PARÁGRAFO ÚNICO |
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / APELACIÓN ADHESIVA - Oportunidad / ADMISIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN / PROCEDENCIA DE LA APELACIÓN ADHESIVA / RECHAZO DE LA APELACIÓN ADHESIVA - Por presentación extemporánea
En los términos del parágrafo único del artículo 322 del C.G.P. el escrito de adhesión podrá presentarse hasta el vencimiento del término de ejecutoria del auto que admite la apelación de la sentencia. En el presente asunto, el auto que admitió la apelación quedó ejecutoriado (…) y la adhesión se presentó (…) por fuera del plazo previsto en la ley.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO - ARTÍCULO 322 PARÁGRAFO ÚNICO
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Consejero ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ
Bogotá, D.C., siete (07) de noviembre de dos mil diecinueve (2019)
Radicación número: 25000-23-26-000-2008-00502-01(64347)
Actor: JUAN SANTOS MESA Y OTROS
Demandado: FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y OTROS
Referencia: RECHAZA APELACIÓN ADHESIVA- ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA
AUTO
En escrito que antecede, la apoderada de la Fiscalía General de la Nación presentó apelación adhesiva contra la sentencia de 31 de marzo de 2016, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, (fl. 675 a 684 del c. ppal).
En los términos del parágrafo único del artículo 322 del C.G.P. el escrito de adhesión podrá presentarse hasta el vencimiento del término de ejecutoria del auto que admite la apelación de la sentencia. En el presente asunto, el auto que admitió la apelación quedó ejecutoriado el 12 de agosto de 2019 (fI. 622 c. ppal.) y la adhesión se presentó el 24 de octubre de 2019, esto es, por fuera del plazo previsto en la ley.
Por otro lado, la Fiscalía General de la Nación otorgó poder a la abogada S.P.L.C., titular de la tarjeta profesional No. 88.391 del Consejo Superior de la Judicatura,...
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