Auto nº 11001-03-15-000-2020-01190-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 21 de Abril de 2020 - Jurisprudencia - VLEX 843877548

Auto nº 11001-03-15-000-2020-01190-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 21 de Abril de 2020

PonenteJAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS
Fecha de Resolución21 de Abril de 2020
EmisorSala Contenciosa Administrativa

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / DECLARA FALTA DE COMPETENCIA – Resolución

no es producto del desarrollo de una función administrativa dictada con

ocasión del estado de excepción declarado

[L]a Resolución 03065 del veintisiete (27) de marzo de dos mil veinte

(2020) por la que se modifica temporalmente la jornada laboral en las

Direcciones Regionales y Sede de la Dirección General del Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, los días 28 y 29 de marzo de 2020,

dictada con posterioridad a la declaratoria del estado de excepción

declarado por el Presidente de la República el diecisiete (17) de marzo de

dos mil veinte (2020) (Decreto 417), encuentra su sustento en el literal b)

del artículo 28 de la Ley 7 de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998,

el artículo 2 del Decreto 987 de 2012, en los artículos 33, 36 y 40 del

Decreto Ley 1042 de 1978, y, en los procesos que estaba llevando a cabo el

organismo para la planeación de los servicios que presta la Dirección de

Primera Infancia, por tanto, no es producto del desarrollo de ninguna

disposición en ejercicio de una función administrativa dictada con ocasión

del estado de excepción declarado en el País

FUENTE FORMAL: RESOLUCIÓN 03065 DE MARZO DE 2020 / CONSTITUCIÓN NACIONAL -

ARTÍCULO 212 / CONSTITUCIÓN NACIONAL - ARTÍCULO 213 / CONSTITUCIÓN NACIONAL

- ARTÍCULO 215 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 136

CONSEJO DE ESTADO

SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Consejero ponente: J.E.R.N.

Bogotá D.C., veintiuno (21) de abril de dos mil veinte (2020)

Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01190-00(CA)A

Actor: INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF)

Demandado: RESOLUCIÓN 3065 DEL 27 DE MARZO DE 2020

Medio de control: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

Asunto: Control inmediato de legalidad de la Resolución 003065 del 27

de marzo de 2020 suscrita por la Dirección General del Instituto Colombiano

de Bienestar Familiar, "por la cual se modifica temporalmente la jornada

laboral en las Direcciones Regionales y Sede de la Dirección General del

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras,

los días 28 y 29 de marzo".

Tipo de providencia: Auto - Declara falta de competencia.

El magistrado sustanciador procede a verificar si hay lugar a asumir el

conocimiento del Control Inmediato de Legalidad de la Resolución 03065 del

27 de marzo de 2020 suscrita por la Directora General del Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar, "por la cual se modifica temporalmente la

jornada laboral en las Direcciones Regionales y Sede de la Dirección

General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente

de Lleras, los días 28 y 29 de marzo".

  1. Competencia

El Despacho entra a verificar la competencia para conocer del Control

Inmediato de Legalidad de la Resolución 00365 del 27 de marzo de 2020

suscrita por la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar

Familiar, "por la cual se modifica temporalmente la jornada laboral en las

Direcciones Regionales y Sede de la Dirección General del Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras, los días

28 y 29 de marzo", de conformidad con lo dispuesto en el art. 136[1] del

Código de Procedimiento administrativo, al ser el Instituto Colombiano de

Bienestar Familiar (ICBF) un establecimiento público descentralizado, con

personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, creado

por la Ley 75 de 1968 y reorganizado conforme a lo dispuesto...

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