Auto nº 11001-03-15-000-2020-01292-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 23 de Abril de 2020
Ponente | CÉSAR PALOMINO CORTÉS |
Fecha de Resolución | 23 de Abril de 2020 |
Emisor | Sala Contenciosa Administrativa |
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / RESOLUCIÓN 000309 DE 2020 – Avoca
conocimiento
Por ser procedente de conformidad con el artículo 136 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y en
virtud de lo dispuesto en los artículos 111 y 185 ibídem, el Despacho da
trámite al Control Inmediato de Legalidad de la Resolución Número 000309
del 31 de marzo de 2020 expedida por la Superintendente Delegada para la
Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de
Salud
FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 136 / LEY 1437 DE 2011 –
ARTÍCULO 111 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 111 / LEY 1437 DE 2011 –
ARTÍCULO 185 / RESOLUCIÓN 000309 DE 2020
CONSEJO DE ESTADO
SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Consejero ponente: CÉSAR PALOMINO CORTÉS
Bogotá D.C., veintitrés (23) de abril de dos mil veinte (2020)
Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01292-00(CA)A
Actor: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Demandado: RESOLUCIÓN 000309 DEL 31 DE MARZO DE 2020
Asunto: Control Inmediato de Legalidad de la Resolución 000309 del 31
de marzo de 2020, expedida por la Superintendencia Delegada para la Función
Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud
Admite Control de Legalidad y da trámite
Por ser procedente de conformidad con el artículo 136 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y en
virtud de lo dispuesto en los artículos 111 y 185 ibídem, el Despacho da
trámite al Control Inmediato de Legalidad de la Resolución Número 000309
del 31 de marzo de 2020 expedida por la Superintendente Delegada para la
Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de
Salud "Por la cual se suspenden los términos en algunos asuntos de
conocimiento de la Superintendencia Delegada para la Función
Jurisdiccional, con ocasión de la Emergencia Sanitaria declarada por el
Ministerio de Salud y de la Protección Social". En consecuencia, se
dispone:
PRIMERO: NOTIFICAR personalmente, o a través de los diferentes medios
virtuales que en estos momentos estén a disposición de la Secretaría
General del Consejo de Estado, al Superintendente Nacional de Salud, o a
quien este haya delegado la facultad de notificarse de las decisiones
judiciales.
SEGUNDO: NOTIFICAR personalmente, o a través de los diferentes medios
virtuales que en estos momentos estén a disposición de la Secretaría
General del Consejo de Estado, al Director de...
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