Auto nº 11001-03-15-000-2020-01192-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 21 de Abril de 2020
Fecha | 21 Abril 2020 |
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / COMPETENCIA DE LA SALA PLENA DEL CONSEJO
DE ESTADO / REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ESTADO / NATURALEZA DEL ACTO
ADMINISTRATIVO / ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL / CONTENIDO DEL ACTO
ADMINISTRATIVO GENERAL / AUTORIDAD ADMINISTRATIVA / FUNCIONES DE LA
AUTORIDAD ADMINISTRATIVA / AUTORIDAD ADMINISTRATIVA / AUTORIDAD PÚBLICA DEL
ORDEN NACIONAL / DECISIÓN ADMINISTRATIVA / DECLARACIÓN DE ESTADO DE
EXCEPCIÓN / DECRETO LEGISLATIVO / RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA / ESCUELA
SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA / MEDIDAS PARA EVITAR UN DAÑO A LA SALUD
/ COVID 19 / MEDIDAS ADMINISTRATIVAS DEL GOBIERNO / SUSPENSIÓN DEL PROCESO
DISCIPLINARIO / PROCEDENCIA DEL CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / AVOCA /
AVOCA CONOCIMIENTO / EMERGENCIA SANITARIA
Conforme con los artículos 136 y 185 del CPACA, y 23 del Reglamento de la
Corporación, la Sala Plena del Consejo de Estado es competente para ejercer
el control inmediato de legalidad de las medidas de carácter general y del
orden nacional dictadas en ejercicio de la función administrativa y como
desarrollo de los decretos legislativos durante los estados de excepción.
El despacho considera que se cumplen las condiciones formales para avocar
el conocimiento del asunto.
FUENTE FORMAL: C.P.A.C.A. - ARTÍCULO 136 / C.P.A.C.A. - ARTÍCULO 185 /
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ESTADO - ARTÍCULO 23
NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 002 DE 2020 (19 de marzo) ESCUELA SUPERIOR DE
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
CONSEJO DE ESTADO
SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Consejero ponente: RAMIRO PAZOS GUERRERO
Bogotá, veintiuno (21) de abril de dos mil veinte (2020)
Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01192-00
Actor: ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Demandado: RESOLUCIÓN 002 DEL 19 DE MARZO DE 2020
Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD
Conforme con los artículos 136 y 185 del CPACA, el despacho sustanciador
avoca el conocimiento del asunto de la referencia.
Mediante Decreto n.° 385 del 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y
Protección Social declaró la Emergencia Sanitaria en todo el territorio
nacional, en procura de minimizar los efectos negativos en la salud de la
población ante la pandemia del COVID-19 (Coronavirus).
Mediante Decreto n.° 417 del 17 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional
declaró el "Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el
territorio nacional, por el término de 30 días", con el fin de adoptar las
...
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