Auto nº 11001-03-15-000-2020-01101-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa, de 20 de Abril de 2020
Ponente | MARÍA ADRIANA MARÍN |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2020 |
Emisor | Sala Contenciosa Administrativa |
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / PROCEDENCIA DEL CONTROL INMEDIATO DE
LEGALIDAD / NATURALEZA DEL ACTO ADMINISTRATIVO / ACTO ADMINISTRATIVO
GENERAL / CONTENIDO DEL ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL / AUTORIDAD
ADMINISTRATIVA / FUNCIONES DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA / AUTORIDAD
ADMINISTRATIVA / AUTORIDAD PÚBLICA DEL ORDEN NACIONAL / DECISIÓN
ADMINISTRATIVA / DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN / DECRETO LEGISLATIVO /
COMPETENCIA DEL EJECUTIVO PARA ADOPTAR DECRETOS DE ESTADOS DE EXCEPCIÓN
El artículo 136 de la Ley 1437 de 2011 "Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" prevé que el Consejo de
Estado efectuará un control inmediato de legalidad sobre las medidas de
carácter general expedidas por las autoridades nacionales, que sean
expedidas en ejercicio de la función administrativa y como desarrollo de
los decretos legislativos durante los estados de excepción.
FUENTE FORMAL: C.P.A.C.A. - ARTÍCULO 136
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD / ENFERMEDADES DE INTERÉS EN SALUD PÚBLICA
/ PANDEMIA / DECLARACIÓN DEL ESTADO DE EMERGENCIA / EMERGENCIA SANITARIA /
COVID 19 / RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA / MINISTERIO DE SALUD / COMPETENCIA
DEL MINISTERIO DE SALUD / MEDIDAS PARA EVITAR UN DAÑO A LA SALUD /
CORONAVIRUS
[L]a Organización Mundial de la Salud-OMS calificó el brote del coronavirus
COVID-19 como una pandemia. Por su parte, el Ministerio de Salud profirió
la Resolución n.- 385 del 12 de marzo del año en curso, mediante la cual
declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio nacional.
DECRETO LEGISLATIVO / DECRETO PRESIDENCIAL / DECRETOS DEL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA / FACULTAD LEGISLATIVA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA / MINISTRO
DE GOBIERNO / DECLARACIÓN DEL ESTADO DE EMERGENCIA / DECRETO DE EMERGENCIA
ECONÓMICA / EMERGENCIA ECONÓMICA Y SOCIAL / CRÍSIS ECOLÓGICA
[M]ediante Decreto legislativo n.º 417 (…) de 2020, el P., junto
con todos los ministros que integran el Gobierno Nacional, declaró el
estado de emergencia económica, social y ecológica, por el término de 30
días, en todo el territorio nacional.
FUENTE FORMAL: DECRETO 417 DE 2020
DECRETO LEGISLATIVO / DECRETOS DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA / FACULTAD
LEGISLATIVA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA / EMERGENCIA SANITARIA /
CORONAVIRUS / PANDEMIA / COVID 19 / AISLAMIENTO PREVENTIVO OBLIGATORIO -
Ampliación del término / PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN
[E]l P. expidió el Decreto legislativo n. 457 (…) de 2020, a través
del cual impartió instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria
generada por la pandemia del coronavirus COVID-19. Entre las decisiones
adoptadas, se ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todos los
habitantes del país. (…) [E]l P. profirió el Decreto Legislativo
n.º 531, mediante el cual, entre otros aspectos, amplió el aislamiento
preventivo de todas las personas habitantes de la República de Colombia (…)
en el marco de la emergencia sanitaria por causa del COVID-19.
FUENTE FORMAL: DECRETO 457 DE 2020 / DECRETO 531 DE 2020
MINISTRO DEL INTERIOR / CIRCULAR ADMINISTRATIVA - Recomendaciones / MEDIDAS
PARA EVITAR UN DAÑO A LA SALUD / MEDIDAS ADMINISTRATIVAS DEL GOBIERNO /
CONCEJO DISTRITAL / CONCEJO MUNICIPAL / MEDIOS ELECTRÓNICOS EN EL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / MEDIOS ELECTRÓNICOS EN EL PROCESO / USO DE
NUEVAS TECNOLOGÍAS / SESIONES DEL CONCEJO DISTRITAL / SESIONES DEL CONCEJO
MUNICIPAL / SESIONES POR MEDIOS VIRTUALES / SESIONES DEL CONCEJO DISTRITAL
POR MEDIOS VIRTUALES
Mediante Circular Externa n. CIR2020-22-DMI-1000 (…), con fundamento en las
medidas adoptadas por el Gobierno Nacional para afrontar la pandemia, la
Ministra del Interior les recomendó a los concejos municipales y
distritales del país que utilicen los medios electrónico y tecnológicos
para la realización de las sesiones, en concordancia con lo establecido por
el parágrafo 3 del artículo 23 de la Ley 136 de 1994 -adicionado por el
artículo 2 de la Ley 1148 de 2007 y el artículo 15 de la Ley 1551 de 2012-.
FUENTE FORMAL: LEY 136 DE 1994 - ARTÍCULO 23 PARÁGRAFO 3 / LEY 1148 DE 2007
ARTÍCULO 2 / LEY 1551 DE 2012 - ARTÍCULO 15
IMPROCEDENCIA DEL CONTROL DE LEGALIDAD / CIRCULAR ADMINISTRATIVA - No crea,
modifica o extingue situaciones...
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