AUTO nº 11001-03-15-000-2020-01830-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA) del 12-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 845526016

AUTO nº 11001-03-15-000-2020-01830-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA) del 12-05-2020

Sentido del falloNO APLICA
Normativa aplicadaDECRETO LEGISLATIVO 491 DE 2020 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 136 / LEY 1564 DE 2012 – ARTÍCULO 148 NUMERAL 1
EmisorSala Plena
Número de expediente11001-03-15-000-2020-01830-00
Fecha12 Mayo 2020
CONSEJO DE ESTADO

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 110 DE 2020 DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA (UPME) – Prórroga de la suspensión de términos procesales en el trámite de asuntos disciplinarios que conoce la UPME / CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD – Remite para acumulación

El Director General Encargado de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) expidió la Resolución 92 de 25 de marzo de 2020, en la que adoptó medidas administrativas de suspensión que (i) implican «interrupción de términos de caducidad y prescripción de los diferentes procesos disciplinarios que se adelantan en primera y segunda instancia», (ii) tendrían vigencia entre el 25 de marzo y el 20 de abril de 2020, y (iii) quedarían sujetas a una eventual prórroga. El conocimiento del control de legalidad de que trata el artículo 136 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA) de la Resolución 92 de 25 de marzo de 2020, fue asignado a la consejera S.L.I.V., bajo el radicado 11001031500020200170500. En atención a que la emergencia sanitaria continuó en todo el territorio nacional y en aras de «salvaguardar las garantías procesales y el derecho a la salud de las personas que intervienen en las actuaciones disciplinarias», el Director General Encargado de la UPME prorrogó las medidas administrativas referenciadas en el numeral 6. Hasta el 30 de mayo de 2020, a través de la Resolución 110 de 17 de abril del año en curso. Conforme a las reglas de reparto, le correspondió a este despacho conocer del control inmediato de legalidad de la Resolución 110 de 17 de abril de 2020. En consideración a que la Resolución 110 de 17 de abril de 2020 guarda inescindible relación con la Resolución 92 de 25 de marzo del mismo año, pues es una extensión de la última, no es posible abordar, en forma autónoma, el control inmediato de su legalidad.Por lo expuesto y para (i) garantizar la concreción de los principios de economía, celeridad y seguridad jurídica, (ii) evitar decisiones sin todos los elementos de juicio, y (iii) disminuir los trámites de notificación e intervención de la autoridad que emitió los actos conexos, resulta pertinente remitir el presente asunto al despacho de la consejera S.L.I.V. con la finalidad de que estudie su posible acumulación.

FUENTE FORMAL: DECRETO LEGISLATIVO 491 DE 2020 / LEY 1437 DE 2011ARTÍCULO 136 / LEY 1564 DE 2012 – ARTÍCULO 148 NUMERAL 1

NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN NÚMERO 110 DE 2020 DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA (UPME)

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Consejero ponente: G.V.H.

SALA ESPECIAL DE DECISIÓN NÚM. 9

Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil veinte (2020).

Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01830-00(CA)

Actor: DIRECTOR GENERAL ENCARGADO DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA (UPME)

Demandado: RESOLUCIÓN 110 DE 17 DE ABRIL DE 2020

Asunto: Control inmediato de legalidad de la Resolución 110 de 17 de abril de 2020, proferida por el Director General Encargado de la Unidad de Planeación Minero Energética (Upme)

Decisión: Remite proceso para acumulación.

El Despacho procede a pronunciarse respecto del control inmediato de legalidad de la Resolución 110 de 17 de abril de 2020, proferida por el Director General Encargado de la Upme, «[p]or la cual se prorroga la suspensión de términos en los procesos disciplinarios que se adelantan [en la entidad] con ocasión del COVID 19 y el compromiso del Gobierno Nacional de mitigar su propagación», previas las siguientes:

CONSIDERACIONES

  1. El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud - OMS-, calificó el brote de COVID-19 (Coronavirus) como una pandemia; por lo que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró «la emergencia sanitaria...

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