AUTO nº 11001-03-15-000-2020-01888-00 de Consejo de Estado (/ SECRETARÍA GENERAL DEL CONSEJO DE ESTADO / CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA / PRINCIPIO DE ECONOMÍA PROCESAL / PRINCIPIO DE IGUALDAD / PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA / REMISIÓN DE EXPEDIENTE Encontrándose el asunto de la referencia para decidir sobre su admisión, el despacho advierte que la finalidad de la Circular 19 de 25 de abril de 2020, proferida por la Jurisdicción Especial para la Paz, es prorrogar la aplicabilidad de las medidas adoptadas mediante el) del 18-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 845532281

AUTO nº 11001-03-15-000-2020-01888-00 de Consejo de Estado (/ SECRETARÍA GENERAL DEL CONSEJO DE ESTADO / CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA / PRINCIPIO DE ECONOMÍA PROCESAL / PRINCIPIO DE IGUALDAD / PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA / REMISIÓN DE EXPEDIENTE Encontrándose el asunto de la referencia para decidir sobre su admisión, el despacho advierte que la finalidad de la Circular 19 de 25 de abril de 2020, proferida por la Jurisdicción Especial para la Paz, es prorrogar la aplicabilidad de las medidas adoptadas mediante el) del 18-05-2020

Sentido del falloNO APLICA
Fecha18 Mayo 2020
Normativa aplicadaACUERDO 14 DE 2020 / ACUERDO 9 DE 2020
Número de expediente11001-03-15-000-2020-01888-00


JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ / CONSEJO DE ESTADO / SECRETARÍA GENERAL DEL CONSEJO DE ESTADO / CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA / PRINCIPIO DE ECONOMÍA PROCESAL / PRINCIPIO DE IGUALDAD / PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA / REMISIÓN DE EXPEDIENTE


Encontrándose el asunto de la referencia para decidir sobre su admisión, el despacho advierte que la finalidad de la Circular 19 de 25 de abril de 2020, proferida por la Jurisdicción Especial para la Paz, es prorrogar la aplicabilidad de las medidas adoptadas mediante el Acuerdo No. 14 de 13 abril de 2020, el cual, a su vez, prorrogó las decisiones proferidas a través del Acuerdo No. 9 de 16 de marzo de 2020; ambos expedidos por esa misma entidad. Mediante reparto, la Secretaría General de esta Corporación le asignó al despacho de la Consejera de Estado Marta Nubia Velásquez Rico, el estudio del control inmediato de legalidad del Acuerdo No. 9 de 16 de marzo de 2020, bajo radicado No. 11001-03-15-000-2020-01922-00. En consecuencia, en virtud de los principios de economía procesal, igualdad y seguridad jurídica, y con el fin de salvaguardar la coherencia de las decisiones [Remisión del expediente al Despacho de la Dra. M.N.V.R.]


FUENTE FORMAL: ACUERDO 14 DE 2020 / ACUERDO 9 DE 2020


NORMA DEMANDADA: CIRCULAR 19 DE 2020 (25 de abril) JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ



CONSEJO DE ESTADO


SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SALA CATORCE ESPECIAL DE DECISIÓN


Consejero ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA


Bogotá D.C., dieciocho (18) de mayo de dos mil veinte (2020)


Radicación número: 11001-03-15-000-2020-01888-00(CA)A


Actor: JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ


Demandado: CIRCULAR 19 DE 25 DE ABRIL DE 2020




Referencia: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD (AUTO)




Encontrándose el asunto de la referencia para decidir sobre su...

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