AUTO nº 11001-03-15-000-2020-02487-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) del 18-08-2020
Sentido del fallo | NO APLICA |
Emisor | Sala Plena |
Fecha | 18 Agosto 2020 |
Tipo de documento | Auto |
Número de expediente | 11001-03-15-000-2020-02487-00 |
Fecha de la decisión | 18 Agosto 2020 |
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA – Prórroga / CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA / TELETRABAJO / MEDIDAS PARA EVITAR UN DAÑO A LA SALUD - Lineamientos para el ingreso del personal a las instalaciones del lugar de trabajo / MEDIDAS ADMINISTRATIVAS DEL GOBIERNO / ENFERMEDADES DE INTERÉS EN SALUD PÚBLICA / EMERGENCIA SANITARIA / PANDEMIA / COVID 19
La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina -Coralina- profirió la Resolución 129 de 23 de marzo de 2020, mediante la cual estableció algunos lineamientos para el ingreso a las instalaciones y el desarrollo del trabajo en casa por parte de su personal, con ocasión de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a raíz de la pandemia del virus Covid-19. Esa decisión se prorrogó a través de las Resoluciones 131, 146, 154, 166 y 169 de 2020.
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD – Improcedente / RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA – No fue dictada al amparo del estado de excepción / ACTO ADMINISTRATIVO - No es susceptible del medio de control inmediato de legalidad / AUTO / PROVIDENCIA JUDICIAL / IMPROCEDENCIA DE CONTROL AUTOMÁTICO DE LEGALIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO
Mediante autos de 4 y 18 de mayo de 2020, proferidos en los procesos 11001-03-15-000-2020-01422-00 y 11001-03-15-000-2020-01422-00, los magistrados O.G.L. y S.L.I.V., respectivamente, decidieron no avocar el control inmediato de legalidad de las Resoluciones 129 y 131 de 2020, bajo el argumento de que esos actos no desarrollaron los decretos legislativos proferidos al amparo del estado de excepción.
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / ACUMULACIÓN DE PROCESOS / JUICIO DE LEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO / PROCEDENCIA DE LA ACUMULACIÓN DE PROCESOS / RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA / NORMATIVIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO / CONEXIDAD / FUNDAMENTO NORMATIVO – Conexidad / COMPETENCIA PARA RESOLVER LA ACUMULACIÓN DE PROCESOS - Juez que tenga a su cargo el proceso más antiguo / REMISIÓN DE EXPEDIENTE
El control inmediato de legalidad de las Resoluciones 146 y 154 de 2020 se tramita en el despacho del magistrado M.C.G., con motivo de la acumulación de los procesos radicados con los números 11001-03-15-000-2020-01880-00 y 11001-03-15-000-2020-02128-00. (…) El expediente, que versa sobre la legalidad de la Resolución 166 de 24 de mayo de 2020, le correspondió al despacho del magistrado W.H.G., en el proceso 11001-03-15-000-2020-02390-00. Mediante auto de 14 de julio de 2020 se avocó el control inmediato de legalidad del acto. Este despacho admitió el control inmediato de legalidad de la Resolución 169 de 29 de mayo de 2020, en providencia de 16 de junio de 2020, proferida en el presente asunto. Las Resoluciones 146, 154 y 169 de 2020 guardan conexidad en cuanto a la normativa en que su fundan y su objeto, lo que hace viable su acumulación al asunto más antiguo.
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD / RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA / REMISIÓN DE EXPEDIENTE / ACUMULACIÓN DE PROCESOS - Remisión del expediente para su estudio / EFECTOS DE LA ACUMULACIÓN DE PROCESOS / PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA / PRINCIPIO DE CELERIDAD / PRINCIPIO DE IGUALDAD / PRINCIPIO DE ECONOMÍA PROCESAL / PRINCIPIO DE EFICACIA / PRINCIPIO DE COHERENCIA
con el fin de garantizar los principios de eficacia procesal, celeridad, economía, seguridad jurídica y evitar sentencias contradictorias o repetitivas sobre una misma materia, se dispondrá la remisión del proceso de la referencia al despacho del magistrado M.C.G., para que se estudie la posibilidad de su acumulación con el proceso 11001-03-15-000-2020-01880-00.
NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 169 DE 2020 (24 de mayo), RESOLUCIÓN 146 DE 2020 (24 de abril) Y RESOLUCIÓN 154 DE 2020 (10 de MAYO) CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA -CORALINA
CONSEJO DE ESTADO
SALA PLENA DE LO...
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