AUTO nº 11001-03-15-000-2020-04018-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA) del 01-10-2020
Sentido del fallo | NO APLICA |
Emisor | Sala Plena |
Fecha | 01 Octubre 2020 |
Tipo de documento | Auto |
Número de expediente | 11001-03-15-000-2020-04018-00 |
Normativa aplicada | LEY 137 DE 1994 – ARTÍCULO 20 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 136 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 185 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 306 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 12 |
Fecha de la decisión | 01 Octubre 2020 |
EMERGENCIA SANITARIA – Medidas / MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL SANITARIO – Para evitar la propagación del CORONAVIRUS COVID 19 / MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL – Resolución por medio de la cual se modifica el artículo 3 de la Resolución 1172 de 2020 en el sentido de ampliar los servicios de salud con fundamento en los cuales se reconocerá un monto económico temporal / ACUMULACIÓN EN CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD – Se remite para que se estudie su procedencia
Atendiendo a que: i) la Resolución núm. 1182 de 22 de julio de 2020 resolvió modificar el artículo 3 de la Resolución núm. 1172 de 17 de julio de 2020; y ii) al Despacho de la Consejera de Estado, Doctora Sandra Lisset Ibarra Vélez, le correspondió el control inmediato de legalidad de la Resolución núm. 1172 de 17 de julio de 2020, al cual se le asignó el núm. único de radicación 1001031500020200401700. Considerando: i) los principios de celeridad, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica, que rigen la administración de justicia con el fin de hacer efectivos los derechos establecidos en la Constitución Política y en la ley; y ii) que existe una conexidad y unidad de materia directa e inmediata entre la Resolución núm. 1182 de 22 de julio de 2020 y la Resolución núm. 1172 de 17 de julio de 2020, comoquiera que el acto administrativo del proceso de la referencia en su artículo primero resolvió modificar el artículo 3 de la Resolución núm. 1172 de 17 de julio de 2020: este Despacho ordenará remitir el expediente del proceso de la referencia al Despacho de la Consejera de Estado, Doctora Sandra Lisset Ibarra Vélez para que estudie su acumulación al proceso identificado con núm. único de radicación 1001031500020200401700.
FUENTE FORMAL: LEY 137 DE 1994 – ARTÍCULO 20 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 136 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 185 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 306 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 12
NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN 1182 DE 2020 (22 de julio) MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
CONSEJO DE ESTADO
SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Consejero ponente: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Bogotá, D.C., primero (1) de octubre de dos mil veinte (2020)
Radicación número: 11001-03-15-000-2020-04018-00(CA)A
Actor: MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL - MINSALUD
Demandado: RESOLUCIÓN NÚM. 1182 DE 22 DE JULIO DE 2020
Referencia: Medio de control inmediato de legalidad
Acto administrativo objeto de control: Resolución núm. 1182 de 22 de julio de 2020 expedida por el Ministro de Salud y Protección Social
Asunto: Resuelve sobre la remisión de un expediente
AUTO DE TRÁMITE
Este Despacho procede a resolver sobre la remisión del expediente del proceso de la referencia para que se estudie su acumulación, en el marco del...
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