SENTENCIA nº 80001-23-31-001-2009-00026-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 08-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 846619724

SENTENCIA nº 80001-23-31-001-2009-00026-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 08-05-2020

Sentido del falloACCEDE
Número de expediente80001-23-31-001-2009-00026-01
Tipo de documentoSentencia
Fecha08 Mayo 2020
EmisorSECCIÓN TERCERA
Fecha de la decisión08 Mayo 2020

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA / RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / DAÑO ANTIJURÍDICO / MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / PROCESO PENAL / SENTENCIA ABSOLUTORIA / PORTE ILEGAL DE ARMAS / HURTO CALIFICADO Y AGRAVADO / SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD

Síntesis del caso: Con la sentencia dictada el día 31 mayo de 2007 por el Juzgado 19 Penal del Circuito de Medellín está probado que (…) fue condenado por los delitos de hurto calificado agravado y porte ilegal de arma de defensa personal. (…)

Con la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Medellín Sala Penal que ordenó aclarar la sentencia del 31 de mayo de 2007 en el sentido de identificar plenamente al procesado que se identificó como (…) y ordenó la libertad inmediata de este último, se acreditó que el demandante (…) fue víctima de una suplantación y que por lo tanto no cometió el delito por el cual había sido condenado.

CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA RAMA JUDICIAL POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / INDEBIDA IDENTIFICACIÓN E INDIVIDUALIZACIÓN DEL CONDENADO / ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA / RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / DAÑO ANTIJURÍDICO / MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / PROCESO PENAL / SENTENCIA ABSOLUTORIA / SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD / HURTO CALIFICADO Y AGRAVADO / PORTE ILEGAL DE ARMAS / DETENCIÓN ILEGAL

Confirmará la decisión de condenar a las entidades demandadas porque se probó la ilegalidad de la privación de la libertad a la cual fue sometido (…), debido a que la condena penal que recaía en su contra y por la cual fue capturado en el 2008 se dictó en un proceso penal en el cual no se realizó una debida identificación del responsable de la comisión del delito.

CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA RAMA JUDICIAL POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / INDEBIDA IDENTIFICACIÓN E INDIVIDUALIZACIÓN DEL CONDENADO / CONDENA SOLIDARIA / CONCAUSA / COPARTICIPACIÓN

El daño es imputable a la Fiscalía General de la Nación y a la Rama Judicial porque en el trámite de la investigación y del proceso penal ambas entidades omitieron identificar adecuadamente a la persona procesada, lo que condujo a que erróneamente se dictara (…) la sentencia penal condenatoria contra el demandante (…), la cual sirvió de fundamento para su captura (…). En consecuencia, la Sala condenará solidariamente a ambas entidades. En lo ateniente a la distribución interna de la condena entre los codeudores solidarios se considera que la incidencia de ambas entidades en la causación del daño es de: Fiscalía General de la Nación 50% y Rama Judicial 50%.

CAUSALES EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / INEXISTENCIA DE CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA / SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD / EXTRAVÍO DE DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN – Se acreditó que al demandante se le extravió su cédula e interpuso denuncia correspondiente

No se probó que la privación de la libertad que padeció el señor (…) no fue causada por una actuación suya. Por el contrario, se probó que el mencionado (…) había extraviado su cédula y que oportunamente formuló la respectiva denuncia.

INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / OBJETO DEL RECURSO DE APELACIÓN – La decisión no fue objeto de apelación / COMPETENCIA DEL JUEZ DE SEGUNDA INSTANCIA / LÍMITES DE LA APELACIÓN

La Sala confirmará la decisión de negar la indemnización de perjuicios solicitada por la demandante (…) porque dicha decisión no fue objeto de apelación.

INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / TASACIÓN DE PERJUICIOS / APLICACIÓN DE SENTENCIA DE UNIFICACIÓN / TOPES INDEMNIZATORIOS / DAÑO MORAL / PERJUICIO MORAL / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD

La Sala aplicará para efectos de la indemnización los criterios unificados por la Sección Tercera de esta Corporación, en los cuales están establecidos los topes de las indemnizaciones que pueden ser reconocidas por concepto de perjuicios morales en casos de privación de la libertad.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre las cuantías a las que deben ascender las indemnizaciones de perjuicios morales en caso de privación injusta de la libertad, consultar sentencia de 28 de agosto de 2014, Exp. 36149, C.P: H.A.R. (E).

INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / DAÑO EMERGENTE / PERJUICIO MATERIAL / HONORARIOS PROFESIONALES / AUSENCIA DE PRUEBA / NIEGA DAÑO EMERGENTE / APLICACIÓN DE SENTENCIA DE UNIFICACIÓN / DEFENSA / PROCESO PENAL

La Sala negará la indemnización por el pago de gastos profesionales de abogado- como quiera que dicho perjuicio únicamente se soportó en certificación suscrita por el abogado (…)- prueba que no cumple los requisitos para probar el perjuicio, de acuerdo con la sentencia de unificación proferida por el Pleno de esta Sección.

NOTA DE RELATORÍA: Al respecto, consultar sentencia de unificación del 18 de julio de 2019, Exp. 2009-00133-01 (44572); C.C.A.Z.B..

INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / LUCRO CESANTE / PERJUICIO MATERIAL / AUSENCIA DE PRUEBA / ACTIVIDAD ECONÓMICA / COMERCIANTE – Ausencia de prueba de la existencia de establecimientos de comercio / PRUEBA TESTIMONIAL

La Sala negará la indemnización del lucro cesante pedida por la parte actora debido a que 27.1.- No se probó la existencia de los establecimientos de comercio mencionados, tampoco fue aportado certificado de cámara de comercio ni libros de comercio que indicaran la suma que devengaba el actor, en el supuesto que fuera acreditada la existencia de estos, por lo que se negará la petición. 27.2.- Contrariamente a lo sostenido por la parte demandante, se probó con la declaración del señor (…) que el señor (…), luego de haber sido privado de la libertad, tuvo en arrendamiento una tienda en la que pudo ejercer el oficio de tendero.

INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / MEDIDAS DE REPARACIÓN INTEGRAL NO PECUNIARIAS / REPARACIÓN INTEGRAL / EXCUSAS PÚBLICAS – En la parte resolutiva se ordenan excusas públicas por parte de las condenadas

ORDÉNESE al Fiscal General de la Nación y al Director Ejecutivo de Administración Judicial emitir, dentro del mes siguiente a la ejecutoria de esta providencia un comunicado en el cual pida perdón al señor (…) y sus familiares por el daño antijurídico que padecieron con ocasión de la privación injusta de su libertad, en los términos señalados en esta providencia.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Consejero ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Bogotá D.C., ocho (8) de mayo de dos mil veinte (2020)

Radicación número: 80001-23-31-001-2009-00026-01 (47264)

Actor: D.A.G.B. Y OTROS

Demandado: NACIÓN–FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – RAMA JUDICIAL

Referencia: Acción de reparación directa - Responsabilidad del Estado por privación de la libertad. Se confirma la decisión de condenar a las entidades demandadas porque la privación de la libertad del demandante fue ilegal debido a que fue detenido con ocasión de una condena impuesta en un proceso penal en el cual fue víctima de una suplantación.

SENTENCIA

Verificada la inexistencia de irregularidades que invaliden la actuación, procede la Sala a resolver el recurso de apelación interpuesto por las entidades demandadas contra la sentencia proferida el 14 de diciembre de 2012 por el Tribunal Administrativo del Atlántico, en la cual se adoptaron las siguientes decisiones:

1.- Declararse no probadas las excepciones formuladas por la Fiscalía General de la Nación y por la Rama Judicial.

2.- Declararse que la Nación - Fiscalía General de la Nación —Rama Judicial, son responsables de...

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