Sentencia nº 11001-03-06-000-2000-01327-01 de Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil, de 8 de Marzo de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 52574935

Sentencia nº 11001-03-06-000-2000-01327-01 de Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil, de 8 de Marzo de 2001

Número de expediente11001-03-06-000-2000-01327-01
Fecha08 Marzo 2001
EmisorSala de Consulta y Servicio Civil

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL

Consejero ponente: CESAR HOYOS SALAZAR

Bogotá D. C, ocho (8) de marzo de dos mil uno (2001)

Radicación número: 11001-03-06-000-2000-01327-01

Actor: MINISTRO DE COMUNICACIONES

Referencia: SOPORTE LÓGICO Software - Duración de la licencia de uso. Contrato C-0025-91 Telecom - IBM

La señora Ministra de Comunicaciones, doctora M. delR.S., formula a la Sala la siguiente consulta:

¿ Mediante el contrato C-0025-91 TELECOM adquirió la licencia de uso del soporte lógico durante sesenta (60) meses, o indefinidamente en el tiempo (a perpetuidad)?

1. ANTECEDENTES

El 16 de mayo de 1991, se celebró entre la Empresa Nacional de Telecomunicaciones - TELECOM - e IBM DE COLOMBIA S.A. el contrato C-0025-91 , el cual establece, en las estipulaciones pertinentes al asunto materia de consulta, lo siguiente:

"PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA se obliga a vender a TELECOM los equipos de procesamiento y comunicación de datos, a licenciar el soporte lógico operativo, suministrar las herramientas de programación, licenciar el soporte lógico para desarrollo y funcionamiento óptimo del sistema, proveer el servicio de conversión de las (aplicaciones actuales, la instalación, entrenamiento, puesta en funcionamiento y mantenimiento, de conformidad con la descripción, cantidades y precios contenidos en la oferta y en los Anexos Técnicos suscritos por el Vicepresidente Financiero, el J. de la División de Sistematización y EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO: Hacen parte integrante del presente contrato a) la solicitud de cotización no. 010000-000058, de enero 16 de 1991. b) la oferta del contratista psssp-009 de febrero 25 de 1991 (Alternativa Financiera) y sus anexos en lo que haya sido aceptada por la Empresa. c) Los siguientes anexos técnicos: Anexo Técnico 1: Descripción de equipos y programas por entregas. Anexo 11: Aspectos técnicos y operativos generales. Anexo técnico 111: Aspectos técnicos y operativos de las licencias sobre programas. Anexo técnico IV: Aspectos técnicos y operativos de servicios de mantenimiento. Anexo Técnico V: Cantidad y ubicación de equipos. d) Los demás documentos en donde consten cambios o nuevas condiciones que se convengan entre las partes en desarrollo del contrato. e) Las garantías constituidas de conformidad.

CUARTA

PLAZO DE ENTREGA. a) EL CONTRATISTA entregará instalados a satisfacción de TELECOM los equipos y licencias de uso de programas discriminados en el Anexo Técnico I de este contrato, en un plazo máximo de treinta (30) meses a partir del perfeccionamiento del contrato, de conformidad con el programa de entregas establecidos en el citado Anexo. Se entenderá igualmente que al término de este plazo deberán haberse entregado a TELECOM todos los elementos que formen parte del contrato, de acuerdo con lo establecido en el Anexo Técnico V. b) Para el soporte técnico (software), el mantenimiento y la actualización a las últimas versiones de todos los productos ofrecidos identificados con el mismo número de producto, se prestará no solamente durante los 60 meses desde la primera instalación, sino durante todo el tiempo adicional que IBM soporte los productos. c) El servicio de mantenimiento (correctivo y preventivo) para los equipos se prestará por el término de sesenta (60) meses contados a partir de la primera entrega.

La señora Ministra expresa en el escrito de la consulta:

En ninguna de las cláusulas del contrato propiamente dichas, se estableció de manera expresa, el período durante el cual TELECOM tiene el derecho de uso sobre el soporte lógico; sin embargo, encontramos referencia a este aspecto en los siguientes documentos que son parte integrante del contrato, así:

En el anexo técnico 11 del Contrato C-0025-91 "Aspectos técnicos y operativos generales", numeral 4, se señala: IBM tiene derechos de propiedad intelectual sobre el Código Interno bajo Licencia de Uso (Código). IBM es propietario de todas las copias del Código, incluyendo todas las copias que se IIegaren a tomar...

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