Sentencia nº 68001-23-15-000-2000-3445-01(2514) de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 15 de Marzo de 2001
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2001 |
Emisor | SECCIÓN QUINTA |
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
Consejero ponente: ROBERTO MEDINA LÓPEZ
Bogotá D.C., quince (15) de marzo de dos mil uno (2001)
Radicación número: 68001-23-15-000-2000-3445-01(2514)
Actor: M.H.A.P. Y OTROS
Demandado: ALCALDE DEL MUNICIPIO DE MALAGA
Se procede a resolver de plano el recurso de apelación presentado por el demandado, mediante apoderado, contra el auto del 28 de noviembre de 2000 del Tribunal Administrativo de Santander, en lo referente al numeral segundo, por el cual se decretó la suspensión provisional del Acta Parcial de Escrutinio (Formulario E-26AG), que declaró la elección del señor R.A.T.D. como Alcalde del municipio de Málaga (Santander) para el periodo 2001-2003, así como de la respectiva credencial.
La demanda
Los señores M.H.A.P., L.A.M.M., G.T.C., J.R.J.A. y C.A.O.S., mediante apoderado, en ejercicio de la acción pública electoral, demandan ante el Tribunal Administrativo de Santander la nulidad de la declaratoria de elección del señor R.A.T.D., como Alcalde Municipal de Málaga para el periodo 2001 a 2003, de la Comisión Municipal Escrutadora en Acta Parcial del Escrutinio de Votos (Formulario E-26 AG), del 31 de octubre de 2000, por hallarse incurso en la inhabilidad establecida en el numeral 5 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, por haber celebrado contrato o convenio con el Municipio de Málaga, el 16 de noviembre de 1999, para la cofinanciación y aporte de mano de obra y materiales para la construcción de las redes principales del acueducto para la urbanización “El Paraiso” ubicada en la Transversal 5ª y Carrera 6ª entre Calles 3ª y 3A de la nomenclatura oficial. En la demanda se solicita además que se deje sin efecto la credencial que le fue entregada el 7 de noviembre de 2000, se ordene comunicar al señor Gobernador del Departamento para que disponga lo necesario para hacer efectivas las decisiones, se ordene excluir del cómputo general los votos para alcalde contenidos en el acta demandada y se comunique la determinación a la Delegación Departamental de la Registraduría del Estado Civil de Santander y al Registrador Municipal del Estado Civil de Málaga, para lo de su cargo.
En la demanda se solicita expresamente suspender con carácter provisional la declaratoria de elección del señor R.A.T.D., y los efectos legales de la credencial otorgada.
Su petición se fundamenta en lo siguiente:
- El señor R.A.T.D. celebró un contrato o convenio con el Municipio de Málaga, como representante legal de la Asociación sin ánimo de lucro ASOVIPAR, el 16 de noviembre de 1999, que fue ejecutado en su totalidad...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba