Sentencia nº 76111-33-31-000-2011-00332-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 17 de Abril de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 657785201

Sentencia nº 76111-33-31-000-2011-00332-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 17 de Abril de 2012

Fecha17 Abril 2012
EmisorSECCIÓN TERCERA
Tipo de documentoSentencia

PROCESO EJECUTIVO - Conflicto negativo de competencias / DEMANDA EJECUTIVA - Interpuesta por un establecimiento público contra particular, en virtud de incumplimiento de póliza contenida en contrato de obra / CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIAS - Entre el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Bogotá y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Buga / COMPETENCIA POR FACTOR TERRITORIAL - Presupuestos / COMPETENCIA POR FACTOR TERRITORIAL - Está determinada por el lugar donde se ejecutó el contrato estatal por ser la demandada una entidad del orden nacional / COMPETENCIA PROCESO EJECUTIVO - Juzgado del lugar en que se celebró y ejecutó el contrato objeto de demanda ejecutiva

Corresponde al despacho resolver a quién le corresponde el conocimiento de la acción ejecutiva, instaurada por la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional - Fondo de Inversión para la Paz-, en contra de Seguros del Estado S.A., en razón del cumplimiento de la obligación generada en la póliza de cumplimiento, expedida en razón del contrato de obra n.° 901 de 29 diciembre de 2008. (…) si bien los dos despachos enfrentados en el conflicto se remiten a la misma norma, sustentan sus posturas en la aplicación ya de una regla general o bien de una específica. En este sentido, resulta pertinente recurrir al artículo 5 de la Ley 157 de 1887, a cuyo tenor: “1) La disposición relativa a un asunto especial prefiere a la que tenga carácter general”; para concluir, entonces, que es el numeral 2 del artículo 134D el que resuelve el caso, de manera que el competente viene a ser el Juzgado con jurisdicción en el municipio de Tuluá, lugar donde se celebró y ejecutó el contrato de cuya ejecución se trata.

FUENTE FORMAL: LEY 157 DE 1887 - ARTICULO 5 / DECRETO 01 DE 1984 - ARTICULO 134, NUMERAL 2

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

SUBSECCION B

Consejera ponente: S.C.D.D. CASTILLO

Bogotá, D.C., diecisiete (17) de abril de dos mil doce (2012)

Radicación número: 76111-33-31-000-2011-00332-01(42952)

Actor: AGENCIA PRESIDENCIAL PARA LA ACCION SOCIAL Y LA COOPERACION INTERNACIONAL

Demandado: SEGUROS DEL ESTADO S.A.

Referencia: CONFLICTO DE COMPETENCIA

Decide el despacho el conflicto de competencia negativo, suscitado entre el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Bogotá D.C. y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Buga.

ANTECEDENTES
  1. Síntesis del caso

    La...

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