Sentencia nº 68001-23-33-000-2016-00760-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 1 de Septiembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 658121913

Sentencia nº 68001-23-33-000-2016-00760-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 1 de Septiembre de 2016

Fecha01 Septiembre 2016
EmisorSECCIÓN QUINTA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIO N QUINTA

Consejero ponente: C.E.M. RUBIO

Bogotá, D.C., primero (1) de septiembre de dos mil dieciséis (2016)

Radicación número: 68001-23-33-000-2016-00760-01 (AC)

Actor: L.M.J.M.

Demandado: M INISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO NACIONAL - DIRECCION DE SANIDAD

Procede la Sala a decidir la impugnación presentada por la jefe seccional de sanidad de Santander de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, en contra del fallo del 25 de julio de 2016, proferido por Tribunal Administrativo de Santander, que decidió:

Primero. AMPARAR el derecho fundamental a la salud de la señora L.M.J.M. , y en consecuencia,

Segundo. ORDENAR a la DIRECCIÓN DE SANIDAD DE SANIDAD DE LA POLICÍA NACIONAL - CLÍNICA REGIONAL DEL ORIENTE que dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, autorice el servicio de valoración por endocrinología que requiere la Señora LUZ M.J.M. , así como todos los demás servicios de salud que sean necesarios para establecer el diagnóstico y tratar las enfermedades que la aquejan, relacionadas con un tumor renal y un quiste en el hígado.

Tercero. NEGAR las demás pretensiones. (…)”

I. ANTECEDENTES

1. La petición de amparo

La señora L.M.J.M., actuando en nombre propio, ejerció acción de tutela en contra de la Policía Nacional y la Clínica Regional del Oriente con el fin de que fuera protegido su derecho fundamental a la salud, por cuanto no ha podido conseguir una cita con un médico especialista en endocrinología para que analice unos exámenes de laboratorio y proceda a realizar el tratamiento necesario, pues la institución prestadora de salud afirmó que no cuenta con médicos especializados.

En consecuencia, solicitó que se le ordenara a la Policía Nacional, a la Dirección de Sanidad y a la Clínica Regional del Oriente, o a quien haga sus veces, para que de forma inmediata otorgue la cita con el médico endocrinólogo y se le brinde todos los servicios necesarios para curar o mejorar su estado de salud y evitar que su condición se agrave, esto es, se le realicen todos los exámenes médicos necesarios, se le suministren los medicamentos requeridos y se le brinde el tratamiento adecuado.

La solicitud de tutela, tuvo como fundamento los siguientes

2. Hechos

Señaló que es beneficiaria de los servicios de salud que presta la Policía Nacional.

Manifestó que desde el mes de febrero de 2015, está vinculada a un programa de hipertensos promovido por la Clínica Regional del Oriente de la Policía Nacional, con sede en la ciudad de Bucaramanga.

Aseguró que hace año y medio, dentro del programa ya mencionado, se le han realizado varios controles en relación con el funcionamiento del riñón y para ello se le realizó una ecografía y un TAC abdominal, análisis que demostraron la existencia de un tumor en el riñón y un quiste en el hígado.

Indicó que se ordenó una remisión con el médico endocrinólogo, el cual ordenó otros exámenes especializados debido a la importancia de los hallazgos los cuales se realizó y sus resultados fueron entregados el 11 de julio de 2016.

Mencionó que desde ese momento ha solicitado una cita con el médico especialista para que...

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