Sentencia nº 25000-23-42-000-2017-04339-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 3 de Noviembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 697188393

Sentencia nº 25000-23-42-000-2017-04339-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 3 de Noviembre de 2017

Fecha03 Noviembre 2017
EmisorSECCIÓN QUINTA
Tipo de documentoSentencia

IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE TUTELA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO - Por existencia de otro medio de defensa judicial

[E]sta Sala de Decisión no comparte el argumento ofrecido por el impugnante al indicar que el a quo no hizo un análisis profundo del caso concreto, pues, como se explicó, para poder entrar al fondo de la controversia planteada, era necesario superar los requisitos de procedibilidad ya mencionados y, en el presente caso, no se logró superar el de la subsidiariedad. En ese orden de ideas, se impone confirmar la decisión impugnada.(…) En suma, en cuanto atañe a la vulneración de los derechos de la empresa, esta cuenta con otros mecanismos idóneos y eficaces de defensa; y frente a la vulneración de los derechos de sus trabajadores, aquella carece de legitimación en la causa por activa.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

Consejera ponente: LUCY JEANNETTE BERMÚDEZ BERMÚDEZ

Bogotá, D.C., tres (3) de noviembre de dos mil diecisiete (2017)

Radicación número: 25000-23-42-000-2017-04339-01(AC)

Actor: COMERCIALIZADORA KAYSSER C.K. - S.A.S.

Demandado: CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA, CAR

Decide la Sala la impugnación presentada por la COMERCIALIZADORA KAYSSER C.K. - S.A.S. contra la providencia judicial de 19 de septiembre de 2017, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Segunda Subsección “A”, por medio del cual declaró la improcedencia de la acción constitucional.

ANTECEDENTES

1.1. La tutela

La COMERCIALIZADORA KAYSSER C.K. - S.A.S., por medio de apoderado, presentó acción de tutela el 5 de septiembre de 2017, en la que solicitó el amparo de los derechos fundamentales a la protección a la niñez, a la estabilidad laboral reforzada de la mujer durante el periodo de lactancia, a la libre empresa, al trabajo y al debido proceso, que consideró vulnerados por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR - Dirección Regional Bogotá D.C. – La Calera (en adelante CAR)[1] al embargar las cuentas de la empresa.

1.2. Hechos

El libelista los narró, en síntesis, así:

  1. Mediante Resolución DRBC No. 423 de 26 de diciembre de 2016, la CAR sancionó a su poderdante por violación de la normatividad ambiental.[2]

  2. Esta decisión fue recurrida por la empresa, y luego confirmada por la CAR a través de la Resolución No. 0151 del 24 de mayo de 2017.[3]

  3. Con fundamento en tales actos, dicha autoridad inició el proceso de cobro coactivo y ordenó el embargo de las cuentas bancarias y de otros bienes de la COMERCIALIZADORA KAYSSER C.K. S.A.S., mediante el Auto DAF – COBRO COACTIVO No. 5397 de 17 de Agosto de 2017.[4]

  4. Fundamentos de la solicitud

    Su apoderado sostiene que la sociedad quedó imposibilitada para desarrollar su objeto social y para atender el cumplimiento de sus obligaciones, entre ellas, las contraídas con sus empleados, lo cual califica como un perjuicio irremediable, dado que varios de ellos, tienen hijos menores de edad o se encuentran en estado de gravidez o en periodo de lactancia.

    Adicionalmente, afirma que le fueron violados los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, ya que está siendo obligada a demoler un inmueble de su propiedad.[5]

  5. Pretensiones

    En la demanda se plasmaron las siguientes:

    “PRIMERA. TUTELAR el derecho fundamental a la protección especial de la niñez vulnerado con la decisión contenida en el Auto DAF – COBRO COACTIVO No. 5397 de 17 de Agosto de 2017 […] claro como el agua resulta establecer de qué manera se están vulnerando los derechos de los niños y de tales madres que hoy represento en esta súplica de amparo constitucional. Como ya se afirmó el embargo de las cuentas de la empresa pone en riesgo latente y actual, la protección que el mismo Estado se impone de manera especial, primordial y por encima de otros derechos.

SEGUNDA

TUTELAR el derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada de mujer embarazada y durante el periodo de lactancia vulnerado con la decisión contenida en el Auto DAF – COBRO COACTIVO No. 5397 de 17 de Agosto de 2017 […] son cinco (5) madres lactantes y cinco (5) madres gestantes las que hoy son abocadas a la situación de vulneración de su estabilidad laboral especial, como consecuencia del embargo decretado por la CAR a la empresa para la que prestan su labor.

TERCERA

[…] se ordene suspender, durante el término que la autoridad judicial competente utilice para decidir de fondo sobre la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, que será instaurada por el afectado, la aplicación de la Resolución DRBC No. 423 de 26 de diciembre de 2016 de la CAR y de la Resolución No. 0151 del 24 de mayo de 2017 emanada de la CAR, mediante...

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