Auto nº 11001-03-25-000-2018-01773-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 30 de Mayo de 2019 (caso AUTO nº 11001-03-25-000-2018-01773-00 de Consejo de Estado (SECCION SEGUNDA) del 30-05-2019)
Sentido del fallo | ACCEDE |
Normativa aplicada | LEY 1564 DE 2012 – ARTÍCULO 141 ORDINAL 1 |
Fecha | 30 Mayo 2019 |
Emisor | SECCIÓN SEGUNDA |
Número de expediente | 11001-03-25-000-2018-01773-00 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
SOLICITUD DE EXTENSIÓN DE JURISPRUENCIA / IMPEDIMENTO POR INTERÉS DIRECTO DE LOS CONSEJEROS DE ESTADO DE LA SECCIÓN SEGUNDA / RELIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES / BONIFICACIÓN POR COMPENSACIÓN
Se precisa que el reconocimiento y pago de la bonificación por compensación creada en virtud del Decreto 610 de 1998, beneficia a los Magistrados de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, Contencioso Administrativo, Nacional y Superior Militar; a los Magistrados Auxiliares de la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, y el Consejo Superior de la Judicatura; a los Abogados Auxiliares del Consejo de Estado; a los Fiscales y Jefes de Unidad ante el Tribunal Nacional; a los Fiscales del Tribunal Superior Militar, los Fiscales ante el Tribunal de Distrito, y a los jefes de Unidad de Fiscalía ante Tribunal de Distrito. En consecuencia, los suscritos Consejeros se declaran impedidos para conocer del presente asunto, toda vez que los mismos fungieron como Magistrados de los Tribunales Contencioso Administrativos, Magistrados Auxiliares del Consejo de Estado y/o Procuradores Judiciales, configurándose de esta manera un interés en la actuación procesal.
FUENTE FORMAL: LEY 1564 DE 2012 ARTÍCULO 141 ORDINAL 1
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN B
Consejera ponente: SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ
Bogotá, D.C., treinta (30) de mayo de dos mil diecinueve (2019).
Radicación número: 11001-03-25-000-2018-01773-00(6418-18)
Actor: G.B.Z.
Demandado: RAMA JUDICIAL DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Trámite: Extensión de jurisprudencia
Asunto: Impedimento de la Sección Segunda Decreto 610 de 1998
En ejercicio del mecanismo establecido en el artículo 269 de la Ley 1437 de 2011, G.B.Z. presentó solicitud ante esta Corporación[1] con el objeto de obtener la extensión de los efectos de la sentencia de unificación del Consejo de Estado Sección Segunda Sala de Conjueces, proferida el 18 de mayo de 2016, con radicación 250002325000201000246-02 (0845-2015)[2], y en tal virtud, se ordene el reconocimiento y pago de la bonificación por compensación creada por disposición del Decreto 610 de 1998[3], sobre los salarios devengados por el solicitante en forma proporcional al tiempo en que se ha desempeñado, así como la reliquidación y pago de las prestaciones sociales.
Al respecto, se precisa que el reconocimiento y pago de la bonificación por compensación creada en virtud del...
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